En resumen
- En Nicaragua, si vendes acciones de una empresa extranjera, el IR es del 10 % de la ganancia: con C$90,528 de ganancia, pagas C$9,052.80.
- El costo en dólares se actualiza con el tipo de cambio oficial del córdoba (artículo 83): 50 acciones compradas en US$5,020 pasan a costar C$184,736 con un dólar a C$36.80.
- Si no actualizaras el costo, la ganancia sería C$94,544 y el IR C$9,454.40; la diferencia es el efecto del tipo de cambio.
- Sin documentos del costo, el 10 % se aplica al 60 % de lo recibido: sobre C$276,000 son C$16,560.
Cómo se calcula el impuesto por vender acciones extranjeras en Nicaragua
Para saber cuánto IR pagas en Nicaragua al vender acciones de una empresa extranjera, pasa todo a córdobas, resta el costo y los gastos, y multiplica la ganancia por 0.10. La Ley 822 de Concertación Tributaria considera de fuente nicaragüense las ganancias de capital de un residente por acciones emitidas por no residentes (artículo 16). Por eso se gravan con la tarifa del 10 % del artículo 87.
valor de venta = acciones × precio de venta en US$ × tipo de cambio de la venta costo = (acciones × precio de compra + gastos de compra) en US$ × tipo de cambio ganancia = valor de venta − costo − gastos de la venta IR = ganancia × 10 %
Si la ganancia es cero o negativa, el IR es cero. El IR no se resta de la base (artículo 83).
Esta calculadora es solo para Nicaragua y da una estimación. Antes de pagar, confirma el trámite con la DGI.
Por qué cuenta el tipo de cambio
Compraste en dólares, pero el impuesto se calcula en córdobas. Como el córdoba se devalúa poco a poco frente al dólar, el costo en córdobas de hace meses es menor que el de hoy. El artículo 83 lo corrige: el costo de adquisición se actualiza con la variación del tipo de cambio oficial que publica el Banco Central de Nicaragua.
En la práctica, el costo en dólares se convierte con el tipo de cambio de la venta. Así, la subida del dólar no se cuenta como ganancia: tu ganancia en córdobas es tu ganancia en dólares por el tipo de cambio de la venta.
La calculadora te enseña también cuánto saldría sin actualizar el costo, para que veas el efecto. Para ver los tipos de cambio por fecha, usa la calculadora del dólar en Nicaragua.
Qué cuenta como costo y como gasto
El costo es lo que pagaste por las acciones más los gastos de la compra, como comisiones. No entran los intereses de un préstamo para comprarlas. Los gastos de la venta son los que corren a tu cargo, como la comisión al vender. Guarda las confirmaciones de compra y venta: sin ellas no puedes probar el costo.
Si no tienes documentos
Si no puedes documentar costos y gastos, el artículo 83 permite aplicar la tarifa al 60 % del monto recibido. El IR queda en el 6 % de la venta:
IR sin documentos = valor de venta × 60 % × 10 %
Pulsa «No» en la calculadora para ver ese caso y compararlo.
Ejemplo
Compras 50 acciones a US$100, con US$20 de gastos, cuando el dólar está a C$36.00. Las vendes a US$150, con US$20 de gastos, cuando el dólar está a C$36.80.
| Concepto | Dólares | Córdobas |
|---|---|---|
| Valor de venta | US$7,500 | C$276,000 |
| Costo con gastos de compra | US$5,020 | C$184,736 |
| Gastos de la venta | US$20 | C$736 |
| Ganancia | US$2,460 | C$90,528 |
| IR del 10 % | C$9,052.80 | |
| Ganancia después de IR | C$81,475.20 |
De cada 100 de ganancia, 10 van al impuesto. Si no actualizaras el costo (US$5,020 × 36.00 = C$180,720), la ganancia sería C$94,544 y el IR C$9,454.40. Sin documentos, el IR sería C$16,560.
Pérdidas
Si vendes por menos de lo que te costó, no hay ganancia y el IR es cero. Con un precio de venta de US$50, la pérdida sería de C$93,472. El artículo 86 permite compensarla con ganancias del período siguiente, pero con autorización de la DGI. Si no alcanza, se difiere a los tres períodos siguientes.
Retención definitiva
La ley dice que estas rentas se gravan con retenciones definitivas y no tienen período fiscal propio (artículos 85 y 89). Como la venta ocurre en el exterior, cómo y cuándo se paga lo marca la DGI; consúltalo antes de vender.
Qué no cubre esta calculadora
- Los dividendos de acciones extranjeras: mira la calculadora de dividendos extranjeros.
- Fondos y ETF: mira venta de fondos y ETF.
- El impuesto pagado en otro país: no se descuenta aquí.
- Las acciones de empresas nicaragüenses en córdobas: usa la calculadora de IR por venta de acciones.
- Pueden existir reformas posteriores a la ley: revisa el texto vigente en la DGI.
Preguntas frecuentes
¿Pago impuesto en Nicaragua si vendo acciones de una empresa de Estados Unidos?
Sí, si eres residente en Nicaragua. El artículo 16 de la Ley 822 incluye las ganancias por acciones emitidas por no residentes. La tarifa es del 10 % de la ganancia.
¿Qué tipo de cambio del córdoba pongo en cada fecha?
El oficial del Banco Central de Nicaragua. Escribe el del día de la compra y el del día de la venta; el de la compra solo sirve para comparar.
¿La subida del dólar cuenta como ganancia?
No con el criterio del artículo 83: el costo se actualiza por la variación del tipo de cambio. Solo cuenta la ganancia en dólares, pasada a córdobas.
¿Qué pasa si vendo en varias partes?
Calcula cada venta por separado, con su número de acciones y su costo. Si las compraste en fechas distintas, usa el costo medio.
¿Puedo restar una pérdida de otra venta?
Solo con autorización de la DGI y con ganancias del período siguiente (artículo 86).
¿Los gastos de comisión se restan?
Sí, los de la compra se suman al costo y los de la venta se restan del valor recibido, si puedes documentarlos.
