En resumen
- En Honduras, la ley del ISR fija un impuesto único del 10 % sobre las ganancias de capital, sin pasar por la tarifa progresiva.
- Si vendes en L120,000.00 un fondo en el que aportaste L80,000.00 y pagaste L1,000.00 de comisiones, la ganancia es de L39,000.00 y el impuesto de L3,900.00.
- En ese ejemplo te quedan L115,100.00 tras la venta, es decir, L3.25 de impuesto por cada L100 que recibes.
- La ley no trae una regla propia para fondos ni ETF, así que aquí se aplica la regla general; si vendes con pérdida no hay impuesto, pero no se compensa con otras rentas.
¿Cuánto impuesto pagas por vender un fondo de inversión o ETF en Honduras?
Con la regla general, pagas un impuesto único del 10 % sobre la ganancia. La ganancia es lo que recibes menos lo que aportaste y los gastos. Si vendes en L120,000.00 un fondo en el que aportaste L80,000.00 y pagaste L1,000.00 de comisiones, la ganancia es de L39,000.00 y el impuesto de L3,900.00.
Esta calculadora es solo para Honduras. La base es el artículo 10 de la Ley del Impuesto sobre la Renta: las ganancias de capital de personas naturales o jurídicas, domiciliadas o no en Honduras, pagan un impuesto único del 10 %. No se suman a tu sueldo ni pasan por la tarifa progresiva del artículo 22. Es una estimación y el SAR (Servicio de Administración de Rentas) puede confirmar tu caso.
Qué dice la ley sobre fondos y ETF
El texto de la ley no menciona los fondos de inversión ni los ETF (fondos que cotizan en bolsa). Por eso aplicamos la regla general de ganancias de capital, que es la opción prudente. Sí hay una excepción que conviene conocer: el mismo artículo 10 deja fuera de la renta bruta la renta de inversiones de fondos de pensiones u otros planes de previsión social mantenidos en instituciones hondureñas. Si tu fondo es de ese tipo, consulta tu caso con el SAR.
Esta calculadora no incluye impuestos de otros países. Si tu ETF cotiza fuera, el cálculo es solo una referencia para Honduras.
Cómo usar la calculadora
- Valor de venta o reembolso: lo que recibes al vender tus participaciones o ETF.
- Total aportado: lo que pagaste por lo que vendes.
- Comisiones y gastos (opcional): comisiones de compra y venta. Déjalo en 0 si no estás seguro.
- Tipo del impuesto (opcional): viene en 10 %, el de la ley.
Fórmula
ganancia = valor de venta − aportado − gastos impuesto = ganancia × 10 % (si la ganancia es mayor que 0) te queda = valor de venta − gastos − impuesto
Ejemplo
Vendes tu fondo en L120,000.00. Aportaste L80,000.00 y pagaste L1,000.00 de comisiones.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Valor de venta o reembolso | L120,000.00 |
| Total aportado | L80,000.00 |
| Comisiones y gastos | L1,000.00 |
| Ganancia | L39,000.00 |
| Impuesto del 10 % | L3,900.00 |
| Te queda | L115,100.00 |
El impuesto equivale a L3.25 por cada L100 del valor de venta.
Qué pasa si el fondo baja
Si rescatas por menos de lo que pusiste, no hay ganancia y el impuesto es L0.00. Aquí esa pérdida no se resta de otras rentas, porque el artículo 10 no prevé esa compensación en el texto que usamos.
Errores comunes al vender un fondo
- Contar solo el primer pago y olvidar las aportaciones posteriores.
- Usar el valor actual de la participación en vez de lo que pagaste.
- Restar comisiones que no puedes documentar.
- Aplicar el 10 % a todo el reembolso: es solo sobre la diferencia.
- Rescatar solo una parte y usar el total aportado: usa el costo de lo que sacas.
Preguntas frecuentes
¿Qué impuesto se paga por vender un fondo de inversión en Honduras?
Con la regla general, el 10 % de la ganancia, como impuesto único según el artículo 10 de la Ley del ISR. Si la ganancia es L39,000.00, el impuesto es L3,900.00.
¿Los ETF pagan lo mismo que los fondos?
Para esta calculadora sí: la ley no distingue y se aplica el mismo 10 % a la ganancia.
¿La ganancia de mi fondo entra en la tarifa del ISR de mi sueldo?
No. Con la regla general paga el 10 % único y queda fuera de la tarifa progresiva del sueldo. Puedes ver esa tarifa en la calculadora de ISR del sueldo.
¿Pago impuesto si rescato mi fondo con pérdida?
No hay ganancia, así que el impuesto es L0.00. La pérdida no baja el impuesto de otras ventas.
¿Y si mi fondo es de pensiones?
El artículo 10 excluye la renta de inversiones de fondos de pensiones y planes de previsión social mantenidos en instituciones hondureñas. Consulta tu caso con el SAR.
¿El resultado coincide con lo que pide el SAR?
Es una estimación. El SAR puede pedir detalles que aquí no entran, como tus gastos documentados.
