En resumen
- En Bolivia, si el fallecido tenía un promedio de Bs 5.000 en sus últimos 60 sueldos y murió por causa común, la pensión base es el 70 %: Bs 3.500.
- Con cónyuge y un hijo, el cónyuge cobra el 60 % de esa base (Bs 2.100) y el hijo el 20 % (Bs 700).
- El grupo cobra en total Bs 2.800 al mes.
- Con cónyuge y dos hijos, el cónyuge recibe el 50 % y cada hijo el 25 % (Bs 875).
¿Cuánto cobra la viuda o el viudo en Bolivia?
Depende de la pensión base del fallecido y de cuántas personas tienen derecho. Si solo hay cónyuge o conviviente, cobra el 80 % de la pensión base en caso de muerte por riesgo común o de trabajo. Si el fallecido ya cobraba una pensión de vejez, cobra el 90 %.
La pensión por muerte se paga desde la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Las reglas están en la Ley 065 de Pensiones y en el Decreto Supremo 0822, art. 7.
Esta calculadora es solo para Bolivia y da una estimación.
Cómo usar la calculadora
- Elige el origen: muerte por enfermedad o accidente común, muerte por accidente o enfermedad del trabajo, o fallecido que ya cobraba pensión de vejez.
- Escribe el promedio de los últimos 60 sueldos del fallecido. Si cobraba una pensión de vejez, escribe esa pensión mensual.
- Marca si hay cónyuge o conviviente.
- Indica cuántos hijos o hijas tienen derecho.
- En lo avanzado, indica cuántos progenitores o hermanos menores de 18 años hay.
El resultado aparece al momento con los valores de ejemplo.
Quién tiene derecho
La ley llama derechohabientes a quienes pueden cobrar. Se ordenan por grados:
- Primer grado: el cónyuge o conviviente y los hijos. Los hijos cobran si son menores de 18 años, si estudian hasta los 25 o si tienen invalidez total antes de los 25.
- Segundo grado: los progenitores y los hermanos menores de 18 años. Solo cobran si no hay nadie de primer grado.
Si hay alguien de primer grado, el segundo grado no cobra. La calculadora lo aplica sola.
La pensión base
Es el monto sobre el que se aplican los porcentajes:
| Origen | Pensión base |
|---|---|
| Muerte por riesgo común | 70 % del promedio de los últimos 60 sueldos |
| Muerte por riesgo de trabajo | 100 % del promedio de los últimos 60 sueldos |
| Ya cobraba pensión de vejez | La pensión que cobraba, 100 % |
Los artículos 39 y 43 de la Ley 065 fijan los dos primeros casos. El artículo 168 del Decreto Supremo 0822 fija el tercero.
Porcentajes de reparto
Se aplican sobre la pensión base, según el decreto:
| Quién tiene derecho | Pensión de vejez | Riesgo común o de trabajo |
|---|---|---|
| Solo cónyuge | 90 % | 80 % |
| Cónyuge y 1 hijo | Cónyuge 70 %, hijo 20 % | Cónyuge 60 %, hijo 20 % |
| Cónyuge y 2 o más hijos | Cónyuge 50 %, hijos 50 % entre todos | Cónyuge 50 %, hijos 50 % entre todos |
| Solo hijos | 100 % entre todos | 100 % entre todos |
| Solo segundo grado | 60 % entre todos | 60 % entre todos |
Cuando se reparte "entre todos", las partes son iguales. Con tres hijos y sin cónyuge, a cada uno le toca la tercera parte.
Ejemplo con cónyuge y un hijo
Un asegurado fallece por causa común. El promedio de sus últimos 60 sueldos fue de Bs 5.000. Deja cónyuge y un hijo menor de edad.
- Pensión base: 70 % de Bs 5.000 = Bs 3.500.
- Cónyuge: 60 % de Bs 3.500 = Bs 2.100 al mes.
- Hijo: 20 % de Bs 3.500 = Bs 700 al mes.
- Total del grupo: 80 % de Bs 3.500 = Bs 2.800 al mes.
Con dos hijos en lugar de uno, el cónyuge cobra el 50 % (Bs 1.750) y cada hijo el 25 % (Bs 875). El total sube a Bs 3.500.
Si el mismo fallecido ya cobraba una pensión de vejez de Bs 4.000 y solo deja cónyuge, ella o él cobra el 90 %: Bs 3.600 al mes.
Qué no calcula esta página
- Los requisitos de cobertura del fallecido, como la edad o las cotizaciones mínimas.
- La parte que sale del saldo acumulado ni la compensación de cotizaciones.
- Los derechohabientes de tercer grado.
- Los gastos funerarios.
- La actualización anual de la pensión.
Para saber si tu caso cumple los requisitos y cuál es el monto exacto, pregunta en la Gestora. Esta página sirve para tener una idea antes de ir.
Preguntas frecuentes
¿Una pareja sin matrimonio cobra la pensión de viudez?
La ley habla de cónyuge o conviviente, así que incluye a la pareja que convivía con la persona fallecida. La Gestora pide documentos que lo acrediten. En la calculadora basta marcar la casilla de cónyuge o conviviente.
¿Qué pasa si no hay cónyuge y hay varios hijos?
Los hijos se reparten el 100 % de la pensión base en partes iguales. Con dos hijos, cada uno cobra el 50 %. Con cuatro, cada uno el 25 %.
¿Los padres del fallecido pueden cobrar si hay hijos?
No. Los progenitores y los hermanos menores de 18 años son de segundo grado. Solo cobran cuando no hay cónyuge ni hijos con derecho. En ese caso se reparten el 60 % de la pensión base.
¿Por qué la pensión por muerte común es menor que por muerte de trabajo?
Porque la base cambia. En riesgo común la base es el 70 % del promedio de los últimos 60 sueldos. En riesgo de trabajo es el 100 %. Con el mismo sueldo y los mismos familiares, la pensión de trabajo es mayor.
¿Qué sueldo pongo si el fallecido tenía menos de 60 meses de aportes?
Escribe el promedio de los meses que tenga. La Gestora calcula el referente oficial con sus registros, así que el monto final puede variar un poco. Considera el resultado una estimación.
¿Cuánto cobra un hijo cuando hay cónyuge y un solo hijo?
El hijo cobra el 20 % de la pensión base, sea cual sea el origen. Con la base de Bs 3.500 del ejemplo, son Bs 700 al mes.
