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Calculadora de pensión de jubilación de la Rama Judicial en Colombia

Calculadora de pensión para funcionarios y empleados de la Rama Judicial y del Ministerio Público de Colombia. Escribe tu edad, tus años de servicio y tu asignación más alta del último año, y verás si cumples y cuánto cobrarías.

Solo Colombia · Gratis y sin registro
Tus datos Importes en pesos colombianos (COP)
Eres

La edad mínima es 55 años para hombres y 50 para mujeres.

años
años

Continuos o discontinuos, en cualquier entidad oficial.

años
Opciones avanzadas
$

La mayor asignación mensual que devengaste en tu último año de servicio.

%

El decreto fija el 75 %.

años
años
años
años
años
%
%
Pensión al mes $ 6.000.000 cumples los requisitos
Porcentaje de tu asignación 75 %
Asignación más alta del último año $ 8.000.000

Cumples el artículo 6. Tu pensión sería el 75 % de tu asignación más alta: de cada $ 100 que ganabas, cobras $ 75.

Edad
55 de 55 años
Servicio oficial
22 de 20 años
En la rama
12 de 10 años
Diferencia con tu asignación
$ 2.000.000
Pensión al mes según la asignación
  • Pensión al mes
Ver la pensión con otras asignaciones
Asignación más alta del último año Pensión al mes
$ 4.000.000 $ 3.000.000
$ 6.000.000 $ 4.500.000
$ 8.000.000 $ 6.000.000
$ 10.000.000 $ 7.500.000
$ 14.000.000 $ 10.500.000
$ 20.000.000 $ 15.000.000

Solo para Colombia y para funcionarios y empleados de la Rama Judicial y del Ministerio Público con este régimen.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Si tu caso es distinto, mira la pensión por la Ley 33.
  • Los viáticos no cuentan en la base, salvo los permanentes recibidos 6 meses seguidos o más (artículo 9). Qué pagos suman lo confirma la entidad.
  • Es una estimación. El valor oficial lo fija la entidad de previsión al reconocer la pensión.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: normativa.colpensiones.gov.co · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de pensión de jubilación de la Rama Judicial en Colombia · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • La pensión de jubilación de la Rama Judicial en Colombia es el 75 % de la asignación mensual más alta del último año: con $ 8.000.000, son $ 6.000.000 al mes.
  • Se exigen 55 años de edad los hombres y 50 las mujeres, 20 años de servicio y al menos 10 en la Rama Judicial o el Ministerio Público.
  • Con $ 4.000.000 de asignación, la pensión sería de $ 3.000.000, y con $ 10.000.000, de $ 7.500.000.
  • Quien llega al retiro forzoso a los 65 años sin esos requisitos, pero con 5 años en la rama, recibe una pensión de vejez del 25 % más 2 % por cada año servido.

¿Qué es la pensión del Decreto 546?

Es una pensión vitalicia para funcionarios y empleados de la Rama Judicial y del Ministerio Público de Colombia. Se calcula como el 75 % de la asignación mensual más alta del último año de servicio. Con $ 8.000.000, la pensión es de $ 6.000.000: de cada $ 100 que ganabas, cobras $ 75.

La fija el Decreto 546 de 1971. Esta calculadora es solo para Colombia y es una estimación: la entidad de previsión fija el valor al reconocer la pensión. Para otros casos mira la calculadora de pensión por la Ley 33 o la de pensión de Colpensiones.

Requisitos para pensionarte

VíaQué se pidePensión
Artículo 655 años (hombres) o 50 (mujeres), 20 años de servicio y 10 como mínimo en la rama75 %
Artículo 8Retiro forzoso, 20 años de servicio y los últimos 3 en la rama75 %
Artículo 10Retiro forzoso y al menos 5 años continuos en la rama25 % más 2 % por año

Los años de servicio pueden ser continuos o discontinuos. La edad de retiro forzoso es de 65 años, según el artículo 5. Si tienes menos de 10 años en la rama, el artículo 7 manda liquidar la pensión por el régimen ordinario de la rama administrativa: la calculadora te lo avisa. Para entender la edad de retiro, mira la calculadora de edad de retiro forzoso.

¿Cómo se calcula?

pensión = asignación más alta del último año × 75 %
pensión de vejez = último sueldo × (25 + 2 × años en la rama) %

La base es la mayor asignación mensual de tu último año. Los viáticos no cuentan, salvo los permanentes recibidos seis meses seguidos o más (artículo 9). No hay límite de cuantía en el artículo 8.

Cómo usar la calculadora

  • Eres hombre o mujer: cambia la edad mínima.
  • Edad y años de servicio: los de hoy, o los que tendrás al cumplir.
  • Años en la rama: los que serviste en la Rama Judicial o el Ministerio Público.
  • Asignación más alta: la mayor del último año.

En Opciones avanzadas indicas si tus últimos 3 años fueron en la rama y puedes cambiar los porcentajes, las edades y los años mínimos.

Ejemplo: funcionario con $ 8.000.000

Un hombre de 55 años, con 22 años de servicio, 12 de ellos en la Rama Judicial, y $ 8.000.000 de asignación más alta:

DatoResultado
Asignación del último año$ 8.000.000
Porcentaje75 %
Pensión al mes$ 6.000.000
Diferencia con la asignación$ 2.000.000

Cobra $ 2.000.000 menos al mes que trabajando. Con otras asignaciones, la pensión siempre es el 75 %:

Asignación más altaPensión al mes
$ 4.000.000$ 3.000.000
$ 6.000.000$ 4.500.000
$ 10.000.000$ 7.500.000
$ 14.000.000$ 10.500.000
$ 20.000.000$ 15.000.000

Con 65 años, 8 años de servicio y 8 en la rama, el porcentaje sería 25 % más 16 %, es decir, 41 %: con $ 8.000.000, serían $ 3.280.000.

Qué puede cambiar tu resultado

  • El régimen que te toca. Este decreto se aplica a quien lo conserva; la entidad de previsión confirma si es tu caso. Mira el régimen de transición.
  • Los años en la rama. Con menos de 10 años cambia la forma de liquidar.
  • La base. Cuenta lo devengado en el último año, no toda tu carrera.
  • Otros regímenes. Los congresistas tienen el suyo: mira la pensión de congresistas. Los docentes pueden tener la pensión gracia.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años necesito para pensionarme en la Rama Judicial?

20 años de servicio oficial, continuos o no, y al menos 10 en la Rama Judicial o el Ministerio Público, además de la edad: 55 años los hombres y 50 las mujeres.

¿Cuánto es la pensión de un funcionario judicial?

El 75 % de la asignación mensual más alta del último año. Con $ 10.000.000, son $ 7.500.000 al mes.

¿Qué pasa si llego a los 65 años sin cumplir los 20 años?

Con 5 años continuos en la rama, el artículo 10 da una pensión de vejez: 25 % del último sueldo más 2 % por cada año servido.

¿Cuentan los viáticos para la base?

No, salvo los permanentes que hayas recibido seis meses seguidos o más.

¿Se puede pedir la pensión mientras sigo en el cargo?

Sí, el derecho se puede pedir en cualquier momento, pero el pago empieza con el retiro del servicio (artículo 15).

¿Sirve esta calculadora fuera de Colombia?

No. Es solo para Colombia y para el régimen del Decreto 546. Es una estimación y no sustituye a la entidad de previsión.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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