En resumen
- Tienes régimen de transición si al empezar la Ley 100 eras mujer de 35 años o más, hombre de 40 o más, o tenías 15 años de servicios cotizados (unas 750 semanas).
- Una mujer de 36 años con 300 semanas al empezar la Ley 100 entra en la transición por edad; con 800 semanas en la fecha de corte, se le mantuvo hasta el año 2014.
- La transición se mantuvo más allá de 2010 solo para quien, estando en ella, tenía 750 semanas o más al entrar en vigencia el Acto Legislativo 01.
- Con transición, la edad, las semanas y el monto son los del régimen anterior: 55 años las mujeres y 60 los hombres, en lugar de 57 y 62.
Qué es el régimen de transición pensional
El régimen de transición es una regla de la Ley 100 de 1993 (art. 36) que protegió a quienes ya estaban cerca de pensionarse cuando empezó el sistema actual. Si estás en él, la edad, el tiempo de servicio o las semanas y el monto de tu pensión de vejez son los del régimen anterior al que estabas afiliado, no los de la Ley 100.
Esta calculadora es solo para Colombia. Te dice si entras, hasta cuándo se mantuvo y en qué fecha cumples la edad del régimen anterior. No calcula el valor de la pensión: para eso está la calculadora de pensión de Colpensiones.
Quién entra en la transición
Entras si, el día que empezó a regir el sistema (1 de abril de 1994), cumplías una de estas dos condiciones:
- Tenías 35 años o más si eres mujer, o 40 años o más si eres hombre.
- Tenías 15 años o más de servicios cotizados. La calculadora los cuenta como 750 semanas.
Basta una de las dos. Para los servidores públicos de departamentos, municipios y distritos el sistema empezó en la fecha que fijó su entidad, a más tardar el 30 de junio de 1995 (art. 151 de la Ley 100). Puedes cambiar esa fecha en las opciones avanzadas.
El corte de 2005 y de 2010
El Acto Legislativo 01 de 2005 (parágrafo transitorio 4 del artículo 48 de la Constitución) puso un límite. La transición no podía extenderse más allá del 31 de julio de 2010, salvo para quien, estando en ella, tuviera 750 semanas o más cotizadas al entrar en vigencia el Acto Legislativo, el 25 de julio de 2005. A esas personas se les mantuvo hasta el año 2014.
En la práctica, hay tres resultados:
| Tu caso | Resultado |
|---|---|
| No cumples edad ni 15 años a la entrada de la Ley 100 | No tienes transición |
| Cumples una de las dos y tenías menos de 750 semanas en julio de 2005 | Tuviste transición, pero terminó el 31 de julio de 2010 |
| Cumples una de las dos y tenías 750 semanas o más en julio de 2005 | Se te mantuvo hasta el año 2014 |
Cómo usar la calculadora
- Elige si eres mujer u hombre.
- Escribe tu fecha de nacimiento.
- Escribe las semanas que tenías al empezar la Ley 100 y las que tenías al 25 de julio de 2005. Las encuentras en tu historia laboral, que puedes pedir en Colpensiones. Si no sabes cuántas son, la calculadora de semanas cotizadas te ayuda a pasar años y meses a semanas.
El resultado sale al momento con los valores de ejemplo. En las opciones avanzadas puedes cambiar la fecha de entrada en vigencia o marcar que tu historia dice 15 años o más de servicios.
Ejemplo
Una mujer nació el 20 de mayo de 1957. Al 1 de abril de 1994 tenía 36 años y 300 semanas cotizadas. Entra en la transición por edad, porque tenía más de 35 años. Su tiempo cotizado no llegaba a 750 semanas, así que no entraba por ese camino: le faltaban 450 semanas.
Al 25 de julio de 2005 tenía 800 semanas, más de las 750 que se piden. Por eso la transición se le mantuvo hasta el año 2014. Cumple los 55 años del régimen anterior el 20 de mayo de 2012. Con la regla general tendría que esperar a los 57 años.
Qué cambia si estás en la transición
La Ley 100 dice que, para quienes están en ella, la edad, el tiempo de servicio o las semanas y el monto se rigen por el régimen anterior. Ese régimen pedía 55 años a las mujeres y 60 a los hombres, y la regla general sube a 57 y 62 desde 2014. Las demás condiciones se rigen por la Ley 100.
El ingreso base para liquidar la pensión también tiene una regla propia en el art. 36. Puedes verlo en la calculadora de ingreso base de liquidación.
Y si te trasladaste a un fondo privado
El art. 36 dice que la transición no se aplica a quien se acoge voluntariamente al régimen de ahorro individual. La Corte Constitucional (Sentencia C-789 de 2002) aclaró que esto no vale para quienes ya tenían 15 años o más de servicios cotizados cuando empezó la Ley 100. Si estás en esta situación, confirma tu caso con tu historia laboral.
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Todavía existe el régimen de transición?
No como beneficio nuevo: quien no lo tenía en esas fechas no puede entrar. La calculadora te dice si lo tenías y hasta cuándo se te mantuvo, que es lo que importa para saber con qué reglas te pensionas.
¿Cuántas semanas necesito para tener transición?
Depende de la vía. Por edad no hacen falta semanas. Por tiempo, 15 años de servicios, que aquí son 750 semanas. Para que se mantuviera hasta 2014, además, hacían falta 750 semanas al 25 de julio de 2005.
Soy hombre y tenía 39 años al empezar la Ley 100. ¿Entro?
Solo si tenías 15 años de servicios o 750 semanas. Con 39 años no entras por edad: el mínimo para hombres es 40. Se cuenta la edad cumplida ese día. Con 40 años exactos, sí entras.
¿La transición me da más dinero de pensión?
Te aplica el monto del régimen anterior, que puede ser distinto. Esta calculadora solo dice si tienes la transición. Para el valor, usa la calculadora de pensión de Colpensiones y confirma tu caso con tu historia laboral.
¿Qué hago si mi resultado no coincide con lo que dice Colpensiones?
Revisa las semanas de tu historia laboral. Un periodo sin registrar cambia el resultado. Es una estimación para orientarte, no una resolución oficial.
¿Sirve para servidores públicos?
Sí. Cambia la fecha de entrada en vigencia del sistema, que para el nivel territorial pudo ser hasta el 30 de junio de 1995. Cámbiala en las opciones avanzadas.
