En resumen
- En Argentina, la comisión médica jurisdiccional debe expedirse en 60 días hábiles administrativos desde la primera presentación debidamente cumplimentada (Ley 27.348, art. 3).
- Sin feriados, 60 días hábiles son 12 semanas completas: 84 días de calendario, unos 3 meses.
- Cada feriado entre semana suma un día hábil: con uno, el plazo llega a 85 días de calendario.
- El plazo puede prorrogarse por cuestiones de hecho fundadas; vencido, queda abierta la vía judicial. Es una estimación.
¿Cuánto tarda la comisión médica en resolver un accidente de trabajo?
En Argentina, la comisión médica jurisdiccional debe expedirse en 60 días hábiles administrativos. Se cuentan desde la primera presentación debidamente cumplimentada, es decir, completa. Así lo dice el artículo 3 de la Ley 27.348.
Sin feriados, 60 días hábiles son 12 semanas: 84 días de calendario, casi 3 meses. Esta página es solo para Argentina.
Cómo se cuentan los días hábiles
Los días hábiles son de lunes a viernes. No cuentan los sábados, los domingos ni los feriados. Además:
- El día de la presentación no se cuenta. El primer día es el siguiente día hábil.
- Si presentas en sábado o domingo, el conteo empieza el lunes siguiente (o el primer día hábil).
- Cada feriado entre semana alarga el plazo un día hábil.
- Un feriado que cae en fin de semana no cambia nada.
Una regla rápida: de cada 7 días de calendario, 5 son hábiles. Por eso 60 días hábiles equivalen a unos 84 días de calendario.
Cómo usar la calculadora
- Escribe el día de la presentación completa. Es la fecha en que quedó toda la documentación presentada.
- Mira el último día del plazo, con los días hábiles y los días de calendario.
- En las opciones avanzadas puedes añadir hasta 6 feriados o días inhábiles, una prórroga en días hábiles y el día de la resolución si ya la tienes.
Con la resolución, la calculadora te dice si llegó dentro del plazo o después.
Fórmula
último día = día hábil n.º (60 + prórroga) después de la presentación días de calendario = último día − día de la presentación
La prórroga vale 0 si no la hay. La ley no fija cuántos días puede durar, por eso es un dato que escribes tú.
Ejemplo
Presentas toda la documentación el lunes 2 de noviembre de 2026. No hay feriados en el plazo.
| Dato | Resultado |
|---|---|
| Días hábiles | 60 días hábiles |
| Último día del plazo | lunes 25 de enero de 2027 |
| Días de calendario | 84 días de calendario |
Si el miércoles 4 de noviembre fuera un día no hábil, el plazo se alarga un día hábil: acaba el martes 26 de enero de 2027, a 85 días de calendario.
Con una prórroga de 10 días hábiles, el último día pasa al lunes 8 de febrero de 2027, a 98 días de calendario.
La prórroga del plazo
El plazo es prorrogable "por cuestiones de hecho relacionadas con la acreditación del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional, debidamente fundadas". Es decir, solo cuando falta probar algo sobre los hechos y la prórroga está motivada. La ley no dice cuántos días son. Si en tu expediente consta una prórroga, escríbela en la calculadora.
Qué pasa cuando vence el plazo
Los plazos son perentorios: no se pueden dejar pasar sin consecuencia. Al vencer, queda abierta la vía del artículo 2. Esa vía permite pedir la revisión ante la Comisión Médica Central o recurrir ante la justicia ordinaria del fuero laboral que corresponda al domicilio de la comisión médica. Qué paso dar en tu caso es una decisión tuya, con la información de tu expediente. Esta página solo cuenta los días.
Si te interesa saber cuánto cobras durante la baja, mira la calculadora de incapacidad laboral temporaria. Para el límite de tiempo de la acción, tienes la de prescripción.
Cosas que conviene tener claras
- El plazo empieza con la presentación completa. Si falta documentación, el reloj puede no haber empezado.
- Los feriados nacionales y los días inhábiles los pones tú, porque cambian cada año.
- Esta cuenta no sustituye a la notificación oficial ni a lo que conste en tu expediente.
- Es una estimación: confirma siempre las fechas con la comisión médica o con la aseguradora.
Preguntas frecuentes
¿Los 60 días son hábiles o corridos?
Son hábiles administrativos. Eso excluye sábados, domingos y feriados. En días corridos, sin feriados, son unos 84.
¿Desde cuándo se cuentan los 60 días?
Desde la primera presentación debidamente cumplimentada. El día de la presentación no se cuenta; empieza el siguiente día hábil.
¿Qué pasa si la comisión médica no se expide en 60 días hábiles?
El plazo vence y queda abierta la vía del artículo 2 de la Ley 27.348: revisión ante la Comisión Médica Central o recurso ante la justicia laboral. Además, el artículo 3 dice que la demora injustificada hace incurrir en falta grave a los responsables.
¿Se puede ampliar el plazo de la comisión médica?
Sí, por cuestiones de hecho sobre la acreditación del accidente o la enfermedad, siempre que estén fundadas. La ley no indica cuántos días.
¿Cuentan los feriados provinciales?
Si ese día no es hábil en la jurisdicción de tu comisión médica, añádelo como día no hábil extra. La calculadora lo tratará como un día más sin atención.
¿Esta fecha es exacta?
No: es una estimación con la ley. La fecha que figure en tu expediente es la que vale.
