En resumen
- En Venezuela, el monto de la obligación de manutención puede prorratearse entre varios obligados si no pueden pagarlo solos (LOPNNA, art. 372).
- Si Bs. 4.800,00 al mes se reparten según ingresos de Bs. 3.000,00, Bs. 2.000,00 y Bs. 1.000,00, pagan Bs. 2.400,00, Bs. 1.600,00 y Bs. 800,00.
- De cada 100 bolívares de la manutención, el primer obligado paga 50, el segundo 33,33 y el tercero 16,67.
- La ley no da una fórmula de reparto: lo acuerdan los obligados con homologación del juez o, sin acuerdo, lo fija el juez.
¿Cómo se reparte la manutención entre varios obligados en Venezuela?
La ley venezolana permite repartir el monto de la manutención entre varias personas, pero no dice con qué fórmula. El artículo 372 de la LOPNNA dice que el monto «puede ser prorrateado entre quienes deben cumplirla, cuando éstos se encuentran materialmente impedidos de hacerlo en forma singular». Esta calculadora, solo para Venezuela, usa el criterio más natural: cada uno paga según lo que gana.
Si los obligados llegan a un acuerdo, lo hacen del conocimiento del juez, que debe homologarlo. Si no hay acuerdo, el juez decide la proporción en que contribuye cada uno. También puede hacerse la conciliación con ayuda de una Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes.
¿Quiénes pueden ser obligados?
Primero, el padre y la madre. El artículo 368 dice que, si han fallecido, no tienen medios o están impedidos, la obligación recae en:
- los hermanos o hermanas mayores del niño, niña o adolescente;
- los ascendientes (abuelos, por ejemplo), por orden de proximidad;
- los parientes colaterales hasta el tercer grado (tíos, por ejemplo).
También puede recaer en quien represente al niño o en quien tenga su Responsabilidad de Crianza. La obligación cubre sustento, vestido, habitación, educación, cultura, asistencia médica, medicinas, recreación y deportes (art. 365).
Cómo usar la calculadora
- Monto mensual: el total de la manutención que se fijó o se acordó.
- Cuántas personas se lo reparten: de 2 a 4.
- Ingresos de cada obligado: lo que gana cada uno al mes. Si alguien no tiene ingresos, pon 0 y no paga nada.
- Opciones avanzadas: puedes elegir partes iguales en lugar de reparto según ingresos.
Verás la cuota de cada obligado, qué parte del total es y qué porcentaje de sus ingresos supone.
Fórmula
cuota del obligado = monto × ingresos del obligado ÷ suma de ingresos de todos parte del total (%) = cuota ÷ monto × 100 carga sobre sus ingresos (%) = cuota ÷ ingresos del obligado × 100
En partes iguales, la cuota es el monto dividido entre el número de obligados. Las cuotas se redondean a dos decimales; si queda una diferencia de centavos, se suma al obligado de mayores ingresos para que el total sea exacto.
Ejemplo con tres obligados
Una manutención de Bs. 4.800,00 al mes se reparte entre el padre y dos abuelos. El padre gana Bs. 3.000,00, un abuelo Bs. 2.000,00 y el otro Bs. 1.000,00. La suma de ingresos es Bs. 6.000,00.
| Obligado | Ingresos | Parte del total | Cuota mensual |
|---|---|---|---|
| 1 | Bs. 3.000,00 | 50 % | Bs. 2.400,00 |
| 2 | Bs. 2.000,00 | 33,33 % | Bs. 1.600,00 |
| 3 | Bs. 1.000,00 | 16,67 % | Bs. 800,00 |
Cada uno aporta el 80 % de sus ingresos, porque el reparto es proporcional. Con solo dos obligados de Bs. 3.000,00 y Bs. 2.000,00, las cuotas serían Bs. 2.880,00 y Bs. 1.920,00.
Si el reparto fuera en partes iguales, cada uno de los tres pagaría Bs. 1.600,00. Para el obligado 3 eso sería el 160 % de sus ingresos: la calculadora lo avisa.
Qué tiene en cuenta el juez
El artículo 369 pide valorar la necesidad e interés del niño, niña o adolescente y la capacidad económica del obligado. Por eso el reparto según ingresos es un buen punto de partida, pero no el único posible. El artículo 371 añade que, cuando hay varias personas con derecho a manutención, se atiende al interés superior de los niños, la condición económica de todos y el número de solicitantes.
El monto se fija en una suma de dinero de curso legal, con el salario mínimo mensual como referencia al dictarse la decisión (art. 369). Puedes consultar el salario mínimo en Venezuela y, si ya existe una orden de descuento, la pensión de manutención sobre el sueldo.
Errores comunes
- Repartir en partes iguales sin mirar los ingresos: alguien puede quedar pagando más de lo que gana.
- Olvidar que los abuelos y demás parientes son obligados subsidiarios: entran cuando el padre o la madre no pueden.
- Tratar este cálculo como una sentencia: solo vale lo que homologue o decida el juez.
- Incluir ingresos que no son regulares sin avisarlo: usa un promedio mensual razonable.
Preguntas frecuentes
¿Los abuelos tienen que pagar la manutención en Venezuela?
Solo de forma subsidiaria. Según el artículo 368 de la LOPNNA, si el padre o la madre faltan, no tienen medios o están impedidos, la obligación pasa a los ascendientes por orden de proximidad, entre otros parientes.
¿Quién decide cuánto paga cada obligado?
Los propios obligados pueden acordarlo por conciliación, que se pone en conocimiento del juez para que la homologue. Si no hay acuerdo, el juez fija la proporción de cada uno (art. 372).
¿El reparto tiene que ser proporcional a los ingresos?
La ley no lo dice así. Pide tener en cuenta la capacidad económica del obligado (art. 369), por eso el reparto según ingresos es el criterio de esta calculadora. El juez puede usar otro.
¿Qué pasa si un obligado no tiene ingresos?
En el reparto según ingresos, su cuota es 0 y los demás cubren el total. Si nadie tiene ingresos, la calculadora te pide elegir partes iguales o corregir los datos.
¿Sirve para varios hijos?
Esta página reparte un monto entre quienes pagan. Para repartir lo que recibe cada hijo, es otro cálculo, pues el artículo 371 mira el interés superior de todos los niños con derecho.
¿Este reparto es el que fijaría el tribunal venezolano?
No. Es una estimación para preparar un acuerdo. Lo que valen son el convenio homologado o la decisión del juez.
