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Calculadora del aporte al SENATI en Perú: cuánto paga tu empresa

Solo para Perú. Indica tu tipo de empresa, la planilla y los trabajadores del año anterior y verás cuánto paga al SENATI al mes y al año. Es una estimación con la Ley 26272.

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Tus datos Importes en soles (PEN)

Si no es solo industrial, el aporte se calcula solo sobre una parte de la planilla.

S/

Remuneraciones de todos los trabajadores.

trabajadores

Los dedicados a esas actividades. Con 20 o menos no se paga.

Opciones avanzadas
%

Es el 0.75 % de la planilla según la Ley 26272.

Aporte al SENATI al mes S/ 450.00 sobre S/ 60,000.00 de remuneraciones
Aporte al año S/ 5,400.00 12 meses con la misma planilla

Con 25 trabajadores en esas actividades, tu empresa está obligada y paga S/ 450.00 al mes.

Base de cálculo al mes
S/ 60,000.00
Aporte si estuvieras obligado
S/ 450.00
Obligada a pagar
Sí

Cómo sale el aporte

Paso Valor
Base de remuneraciones S/ 60,000.00
Tasa 0.75 %
Aporte teórico S/ 450.00
Trabajadores promedio 25
Aporte que se paga S/ 450.00
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación. La base real son las remuneraciones pagadas en el mes; confirma la forma de declarar y pagar con SUNAT y el SENATI.
  • Solo para Perú.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Congreso del Perú · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora del aporte al SENATI en Perú: cuánto paga tu empresa · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Perú, una empresa industrial con una planilla de S/ 60,000.00 al mes paga al SENATI el 0,75 %, es decir, S/ 450.00 al mes y S/ 5,400.00 al año.
  • Solo paga si en el año anterior tuvo un promedio de más de 20 trabajadores en esas actividades; con 20 o menos no está obligada.
  • Si la empresa no es solo industrial, el 0,75 % se aplica solo a las remuneraciones del personal cubierto: con S/ 40,000.00 de ese personal, el aporte es de S/ 300.00 al mes.

¿Cuánto se paga al SENATI sobre la planilla?

Las empresas obligadas pagan al SENATI el 0,75 % del total de remuneraciones que pagan a sus trabajadores. Es decir, de cada 100 soles de planilla, la empresa paga 0,75 soles. Solo se aplica en Perú. La regla está en la Ley 26272, artículo 11. El SENATI es el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial.

Quién está obligado a pagar

  • Empresas industriales (Categoría D de la clasificación internacional de actividades, CIIU): pagan sobre la planilla del personal dedicado a la actividad industrial y a instalación, reparación y mantenimiento (art. 11).
  • Empresas no industriales: pagan solo sobre las remuneraciones del personal de instalación, reparación y mantenimiento, sea para la propia empresa o para terceros (art. 12).
  • Excepción: si el año anterior tuvieron un promedio de 20 trabajadores o menos en esas actividades, no pagan (art. 13).

Cómo usar la calculadora

  1. Elige la actividad de tu empresa.
  2. Escribe la planilla total al mes. Si la empresa no es solo industrial, escribe también lo que cobra el personal cubierto.
  3. Indica el promedio de trabajadores del año anterior en esas actividades.
  4. Mira el aporte al mes y al año. El campo avanzado de la tasa viene con el 0,75 % de la ley.

Fórmula

base = planilla total (empresa industrial) o personal cubierto (resto)
aporte mensual = base × 0,75 %   (solo si hay más de 20 trabajadores)
aporte anual = aporte mensual × 12

Ejemplo

Una fábrica con S/ 60,000.00 de planilla al mes y 25 trabajadores en el año anterior:

DatoValor
Base de remuneracionesS/ 60,000.00
Tasa0,75 %
Aporte al mesS/ 450.00
Aporte al añoS/ 5,400.00

Otra empresa con S/ 100,000.00 de planilla, de los que S/ 40,000.00 son del personal cubierto y 30 trabajadores, paga S/ 300.00 al mes. Con una base de S/ 12,345.67, el aporte sería de S/ 92.59.

Qué remuneraciones cuentan

La ley habla del total de remuneraciones pagadas. Si tienes dudas sobre qué conceptos entran, confirma con SUNAT o con el SENATI. La calculadora usa la cifra mensual que escribas y la multiplica por 12.

Un ejemplo paso a paso para empezar

Si es la primera vez que miras este aporte, sigue este orden. Primero mira si tu empresa es industrial o no: eso decide sobre qué parte de la planilla se paga. Después cuenta cuántos trabajadores tuvo, de promedio, el año anterior en las actividades cubiertas. Si fueron 20 o menos, no hay aporte y el resultado sale en cero. Si fueron 21 o más, multiplica la base por 0,75 %. Con una base de S/ 10,000.00, el aporte sería de S/ 75.00 al mes, y la calculadora te lo muestra también al año.

Qué no hace esta calculadora

No decide por ti en qué categoría de actividad está tu empresa ni qué puestos cuentan como instalación, reparación o mantenimiento. Tampoco calcula recargos. Úsala para tener una cifra de referencia y confirma los casos dudosos con SUNAT o con el SENATI.

Declaración, pago y atrasos

Los plazos y la forma de declarar los fija un decreto supremo (art. 14). Si se paga tarde, se aplican los intereses y multas del Código Tributario (art. 15). Puedes estimar los intereses con la calculadora de interés moratorio de SUNAT. Para el costo total de un trabajador, mira el costo de un trabajador. Para el sueldo mínimo vigente, mira la remuneración mínima vital.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el porcentaje del aporte al SENATI?

Es el 0,75 % de las remuneraciones pagadas, según el artículo 11 de la Ley 26272.

¿Mi empresa de 20 trabajadores paga al SENATI?

No. Solo paga si el promedio del año anterior fue de más de 20 trabajadores en esas actividades.

¿Se descuenta al trabajador?

La ley habla de una contribución de la empresa sobre las remuneraciones; no es un descuento al sueldo del trabajador.

¿Paga una empresa que no es industrial?

Sí, si tiene más de 20 trabajadores en instalación, reparación y mantenimiento, y solo sobre sus remuneraciones.

¿Cuánto aporte al SENATI sale si cambia la planilla de un mes?

Cambia en proporción: cada 1,000 soles más de base suman 7.50 soles de aporte. Es una estimación con la cifra mensual que escribes.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula está en su apartado. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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