En resumen
- En Panamá el salario hasta el mínimo legal no se puede embargar, y el excedente solo hasta un 15 %, según los artículos 161 y 162 del Código de Trabajo.
- Con un salario de $1,000 y un mínimo de $700, el excedente es de $300.00 y el embargo máximo, de $45.00 al mes: te quedan $955.00.
- Todos los descuentos juntos, con el embargo, no pasan del 50 % del salario: con $1,000, el límite es de $500.00.
- Vacaciones, pensiones, jubilaciones e indemnizaciones del Código son inembargables por completo.
¿Cuánto te pueden embargar del sueldo en Panamá?
Te pueden embargar como máximo el 15 % de lo que tu salario pasa del mínimo legal. El mínimo legal no se toca. Lo dice el Código de Trabajo: el artículo 162 declara inembargable el salario hasta ese mínimo y el artículo 161 (número 7) deja embargable el excedente hasta un 15 %.
Esta calculadora solo sirve para Panamá. Es una estimación: el juez fija el embargo concreto y ningún empleador debe cumplir una orden que pase del límite (artículo 163).
Cómo se calcula el embargo
excedente = salario - salario mínimo legal embargo = 15 % × excedente límite = 50 % × salario - otros descuentos embargo final = el menor entre el embargo y el límite
- Excedente: lo que tu salario pasa del mínimo. Si no pasa, el embargo es cero.
- Límite del 50 %: el artículo 161 (número 13) dice que el total de retenciones y descuentos no pasa de la mitad del salario en dinero. Si ya tienes préstamos o cuotas descontadas, dejan menos margen al embargo.
- La pensión alimenticia tiene reglas propias y queda fuera de este tope.
Fuente: Código de Trabajo de Panamá, artículos 161 a 163.
Cómo usar la calculadora
- Escribe tu salario mensual en dinero, antes de descuentos.
- Escribe el salario mínimo legal de tu actividad y región. Lo fija un decreto del Ministerio de Trabajo y no es igual para todos: el valor de ejemplo es una estimación que debes cambiar.
- En Opciones avanzadas puedes añadir otros descuentos autorizados, quitar antes la CSS y el seguro educativo, o cambiar los porcentajes.
La ley no aclara si el 15 % se calcula sobre el salario bruto o sobre el que queda tras la CSS y el seguro educativo. Por prudencia, se usa el bruto, y la casilla avanzada te deja ver el otro caso. Para saber cuánto te llega cada mes, mira tu salario neto en Panamá.
Ejemplo
Un salario de $1,000 al mes con un mínimo legal de $700 y sin otros descuentos:
| Paso | Importe |
|---|---|
| Excedente sobre el mínimo | $300.00 |
| 15 % del excedente | $45.00 |
| Límite del 50 % del salario | $500.00 |
| Embargo máximo | $45.00 |
| Te queda del salario | $955.00 |
De cada 100 dólares de salario, el embargo se lleva como mucho unos 4.5. Con un salario de $5,000 el embargo máximo sube a $645.00. Si ya tuvieras $480 en otros descuentos, el límite del 50 % solo dejaría $20.00 al embargo.
Qué no se puede embargar
- El salario hasta el mínimo legal.
- Vacaciones, jubilaciones, pensiones e indemnizaciones que fija el Código, un convenio o tu contrato: son inembargables por completo (artículo 162).
- El salario tampoco puede compensarse con deudas con tu empleador por vía judicial ni extrajudicial (artículo 164).
Si el sueldo incluye pagos que no son dinero, mira el salario en especie. Para las sumas de una salida del trabajo, mira la indemnización en Panamá.
Preguntas frecuentes
¿Qué parte del sueldo es inembargable en Panamá?
Todo el salario hasta el mínimo legal, según el artículo 162 del Código de Trabajo. Solo el excedente puede embargarse.
¿Qué porcentaje del excedente se puede embargar?
Hasta el 15 %, según el artículo 161, número 7. Con $300 de excedente, son $45.
¿Los descuentos de préstamos cuentan para el límite?
Sí. Todos los descuentos autorizados, con el embargo, no pasan del 50 % del salario. Añádelos en Opciones avanzadas.
¿Cuál es el salario mínimo legal que debo escribir?
El de tu actividad y región, según el decreto vigente del Ministerio de Trabajo. Cambia el valor de ejemplo por el tuyo.
¿Se embarga también el décimo tercer mes?
La ley habla del salario y de sumas concretas como vacaciones o indemnizaciones. Esta calculadora trata un mes de salario normal; el caso de otros pagos lo decide el juez.
¿Esta calculadora sirve para una pensión alimenticia?
No. La pensión alimenticia tiene reglas propias y no entra en el tope del 50 %.
