En resumen
- Si quien falleció cobraba $ 900.000 y dejó un cónyuge separado y un conviviente con 6 años de convivencia, cada uno cobra $ 315.000 (35 % del haber) si había alimentos.
- La pareja sin hijos con derecho cobra el 70 % del haber en total: con $ 900.000, son $ 630.000 al mes, que se reparten por partes iguales.
- El conviviente necesita 5 años de convivencia, o 2 si hay hijos reconocidos por los dos; si el cónyuge fue declarado culpable, el conviviente cobra todo.
- El ex cónyuge ya divorciado no figura entre los beneficiarios del artículo 53 de la Ley 24.241, que nombra a la viuda y al viudo.
¿Cobra pensión el ex cónyuge?
Depende de si seguían casados. Si estaban separados (de hecho o por sentencia, sin divorcio), el cónyuge sigue siendo viudo o viuda y puede cobrar la pensión de ANSES. Si estaban divorciados, el artículo 53 de la Ley 24.241 no lo nombra: solo habla de viuda, viudo, conviviente e hijos.
Esta calculadora es solo para Argentina. Es una estimación: ANSES decide con el haber exacto, la documentación y lo que haya resuelto el juzgado.
Cuándo se reparte con el conviviente
Si la persona fallecida tenía pareja conviviente, el o la conviviente solo cobra si cumple estos requisitos del artículo 53:
- Convivieron en forma pública, como matrimonio, al menos 5 años seguidos antes del fallecimiento.
- El plazo baja a 2 años si tuvieron hijos reconocidos por los dos.
- El fallecido estaba separado, soltero, viudo o divorciado.
Cuando hay cónyuge separado y conviviente con derecho, la ley distingue:
- Cónyuge declarado culpable de la separación o del divorcio: el conviviente lo excluye y cobra todo.
- Alimentos o culpa del fallecido: si el fallecido pagaba alimentos al cónyuge, se habían pedido ante un juzgado, o él dio causa a la separación o al divorcio, la pensión se reparte por partes iguales.
- Ninguna de esas situaciones: el artículo no fija el reparto. La calculadora toma el criterio más prudente, que cobre solo el cónyuge, pero ANSES puede resolver distinto.
Cuánto cobra cada uno
El artículo 98 fija el porcentaje del haber que cobraba la persona fallecida. De cada 10 pesos del haber, 7 van a la pareja si no hay hijos con derecho, y 5 si los hay. Cada hijo suma el 20 %. Todo junto nunca pasa del 100 %.
| Quién | Porcentaje |
|---|---|
| Pareja (cónyuge, conviviente o ambos), sin hijos | 70 % |
| Pareja (cónyuge, conviviente o ambos), con hijos | 50 % |
| Cada hijo con derecho | 20 % |
Si hay dos en la pareja, cada uno cobra la mitad del porcentaje. Si la suma pasa del 100 %, se recorta todo en proporción. Si hay una sola persona con derecho y le sale menos que el haber mínimo, se le paga el mínimo (art. 125).
Cómo usar la calculadora
- Escribe el haber que cobraba la persona fallecida, en pesos.
- Elige si estaban separados o divorciados.
- Marca si había conviviente. Entonces aparecen los años de convivencia, los hijos de ambos y la situación del cónyuge (alimentos o culpa).
- Indica los hijos con derecho: solteros hasta los 18 años, o sin límite si no pueden trabajar.
- En las opciones avanzadas puedes cambiar el haber mínimo, que ANSES actualiza cada mes.
Fórmula
pareja = 70 % (sin hijos) o 50 % (con hijos), dividido entre las personas de la pareja hijo = 20 % cada uno (si no hay pareja: 20 % + 50 % ÷ hijos) si la suma pasa del 100 %: cada porcentaje × 100 ÷ suma pensión = haber × porcentaje ÷ 100
Ejemplo
Una persona cobraba $ 900.000 al mes. Dejó un cónyuge separado y un conviviente con 6 años de convivencia, sin hijos con derecho. Pagaba alimentos a su cónyuge.
| Quién | % del haber | Al mes |
|---|---|---|
| Cónyuge | 35 % | $ 315.000,00 |
| Conviviente | 35 % | $ 315.000,00 |
| Total | 70 % | $ 630.000,00 |
Si el cónyuge hubiera sido declarado culpable, el conviviente cobraría los $ 630.000 completos. Si hubiera 2 hijos con derecho, la pareja pasa al 50 % (25 % cada uno, $ 225.000) y cada hijo cobra $ 180.000.
Casos que la calculadora no cubre
- Sentencias que reconocen pensión a un ex cónyuge divorciado: son decisiones de cada caso.
- Cuando no hay acuerdo sobre la convivencia, la decide ANSES o el juzgado con las pruebas.
- El bono previsional y el aguinaldo no están incluidos.
Para el caso sin conviviente, mira también la calculadora de pensión por fallecimiento. Si los alimentos son parte del caso, revisa la cuota alimentaria.
Preguntas frecuentes
¿Una persona divorciada cobra la pensión de su ex pareja?
Según el texto del artículo 53, no: nombra a la viuda y al viudo, y quien se divorció dejó de serlo. Si estaban solo separados, sí puede cobrar. La calculadora pone en 0 al ex cónyuge divorciado, pero cada caso puede resolverse distinto.
¿Cuántos años de convivencia hacen falta?
Para el o la conviviente, 5 años seguidos antes del fallecimiento. Con hijos reconocidos por los dos, bastan 2 años.
¿Qué pasa si el cónyuge separado y el conviviente piden la pensión a la vez?
Si el cónyuge fue declarado culpable, cobra el conviviente. Si el fallecido pagaba alimentos o dio causa a la separación, se reparte por partes iguales. En otro caso, la ley no lo aclara.
¿Se reparte también el haber mínimo?
La calculadora lo aplica solo cuando hay una única persona con derecho. Con varias, no pudimos confirmar en fuente oficial cómo lo reparte ANSES, y la página lo dice.
¿Cobran también los hijos?
Sí. Cada hijo soltero hasta los 18 años, o sin límite de edad si no puede trabajar, cobra el 20 % del haber, y con ello la pareja pasa del 70 % al 50 %.
¿El resultado es el que pagará ANSES?
Es una estimación. ANSES usa el haber exacto y revisa la documentación de cada persona.
