En resumen
- Con una base de cotización media de 2.000 € al mes, la base reguladora es de 1.714,29 € y cada hijo cobra 342,86 € al mes de pensión de orfandad, el 20 %, en 14 pagas.
- Con 3 hijos y el otro progenitor cobrando viudedad, el límite del 48 % deja a cada uno en el 16 %: 274,29 € que se completan hasta la mínima de 286,50 €.
- En la orfandad absoluta, con un solo hijo, la pensión sube al 72 % de la base: 1.234,29 € al mes.
- La pensión de orfandad se cobra hasta los 21 años, o hasta los 25 si el hijo no trabaja o gana menos que el salario mínimo anual.
¿Cuánto se cobra de pensión de orfandad?
La pensión de orfandad es el 20 % de la base reguladora de la persona fallecida, para cada hijo, y se cobra en 14 pagas al año. Con una base de cotización media de 2.000 € al mes, la base reguladora es de 1.714,29 € y cada hijo cobra 342,86 € al mes (4.800,04 € al año). Si hay varios hijos, cada uno cobra su pensión, con un límite para la suma.
Esta calculadora es solo para España, régimen general de la Seguridad Social. Es una estimación: la cifra definitiva la fija el INSS al reconocer la pensión.
Tienen derecho los hijos, también los adoptados, de una persona que cotizaba o cobraba una pensión. Se cobra desde que fallece el progenitor, si se pide a tiempo. La pensión de orfandad es compatible con el trabajo del huérfano y con la viudedad del otro progenitor, y está exenta de IRPF.
Cómo usar la calculadora
- Elige qué dato tienes: la base de cotización media de la persona fallecida o su base reguladora (sale en la carta de la pensión si cobraba jubilación o incapacidad).
- Indica cuántos hijos tienen derecho a la pensión.
- Marca qué pasa con el otro progenitor: vive y cobra viudedad, vive y no la cobra, o ha fallecido.
- En Opciones avanzadas puedes poner discapacidad, los ingresos del huérfano y las cifras de 2026, que puedes cambiar si la norma las actualiza.
Fórmula
Base reguladora = base media × 24 ÷ 28 Pensión de cada hijo = base reguladora × % ÷ 100 % = 20 + incremento ÷ número de hijos
La base reguladora de una muerte por enfermedad común son 24 bases seguidas, las mejores de los últimos 15 años, entre 28 (artículo 7 de la Orden de 13 de febrero de 1967). La base máxima de cotización es de 5.101,20 € al mes. El incremento solo existe en la orfandad absoluta.
Ejemplo
Una persona fallecida con base media de 2.000 € al mes, un hijo, y el otro progenitor vivo cobrando viudedad:
| Paso | Resultado |
|---|---|
| Base reguladora | 1.714,29 € |
| Porcentaje del hijo | 20 % |
| Pensión al mes | 342,86 € |
| Pensión al año (14 pagas) | 4.800,04 € |
Está por encima de la mínima de 286,50 € al mes, así que no hace falta complemento.
Límites cuando hay varios hijos
Cada hijo cobra el 20 %, pero todos juntos no pueden pasar del 48 % de la base si el otro progenitor cobra viudedad. Si no la cobra, la suma de las pensiones de muerte y supervivencia no pasa del 100 %. Con la base del ejemplo y viudedad del otro progenitor:
| Hijos | Porcentaje de cada uno | Cada hijo al mes | Total al mes |
|---|---|---|---|
| 1 | 20 % | 342,86 € | 342,86 € |
| 2 | 20 % | 342,86 € | 685,72 € |
| 3 | 16 % | 274,29 € | 822,87 € |
Con 3 hijos, el 16 % queda por debajo de la mínima, así que se completa hasta 286,50 € por hijo. Fuente: Seguridad Social, pensión de orfandad.
Orfandad absoluta: la pensión sube
Hay orfandad absoluta cuando han fallecido los dos progenitores, o solo se conoce uno. Entonces se suma al 20 % un incremento del 52 % de la base, repartido a partes iguales entre los hijos (artículo 38 del Decreto 3158/1966). Si el otro progenitor cobraba viudedad al 60 o al 70 %, el incremento es ese porcentaje. Con la base del ejemplo:
| Hijos | Porcentaje de cada uno | Cada hijo al mes | Total al mes |
|---|---|---|---|
| 1 | 72 % | 1.234,29 € | 1.234,29 € |
| 2 | 46 % | 788,57 € | 1.577,14 € |
| 3 | 33,33 % | 571,43 € | 1.714,29 € |
Con 3 hijos, 20 × 3 + 52 = 112 % pasa del 100 %, y se recorta. La pensión nunca supera la máxima, 3.359,60 € al mes en 2026.
Pensión mínima de orfandad
Si la pensión sale baja, la Seguridad Social la completa. Según el Real Decreto 241/2026, la mínima es de 4.011,00 € al año por hijo (286,50 € al mes), 7.882,00 € al año (563,00 € al mes) si es menor de 18 años con discapacidad del 65 % o más, y en la orfandad absoluta se suman 9.931,60 € al año repartidos entre los hijos. El complemento exige vivir en España y que los ingresos del huérfano no pasen de 9.442 € más la mínima. Más detalle en la calculadora de complementos a mínimos.
Hasta qué edad se cobra
Se cobra hasta los 21 años. Entre los 21 y los 24 años se sigue cobrando si el hijo tenía menos de 25 cuando murió su progenitor y no trabaja o gana menos que el salario mínimo anual. Si el hijo tiene una incapacidad para trabajar, se cobra mientras dure. Hasta los 18 años la recibe quien lo tiene a su cargo (artículo 224 de la Ley General de la Seguridad Social).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra un huérfano al mes?
El 20 % de la base reguladora de su progenitor fallecido. Con una base de cotización media de 2.000 € son 342,86 € al mes, en 14 pagas. Si sale por debajo de la mínima, de 286,50 € al mes, se completa hasta esa cantidad.
¿Qué pasa si hay tres hijos y cobra la viudedad el otro progenitor?
Todas las orfandades juntas no pueden pasar del 48 % de la base. Con tres hijos, a cada uno le toca el 16 %. En el ejemplo son 274,29 € cada uno, que se completan hasta la mínima.
¿Qué es la orfandad absoluta y cuánto cambia?
Es cuando faltan los dos progenitores. Cada hijo cobra el 20 % más su parte de un incremento del 52 % de la base. Con un solo hijo y la base del ejemplo, la pensión pasa de 342,86 € a 1.234,29 € al mes.
¿Puedo cobrar la orfandad si trabajo?
Sí. La pensión de orfandad es compatible con el trabajo. Entre los 21 y los 24 años, eso sí, solo se cobra si no trabajas o ganas menos que el salario mínimo anual.
¿Se paga IRPF por la pensión de orfandad?
No. Está exenta de IRPF, a diferencia de la viudedad, que tributa como un sueldo. Mira la calculadora del IRPF de pensiones para otras pensiones.
¿Y si el otro progenitor cobra viudedad?
Es compatible. Cobra él su pensión de viudedad y los hijos la suya, con el límite conjunto del 48 %.
