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Calculadora del plazo para dejar la vivienda del trabajador residencial en Venezuela

Calculadora solo para Venezuela. Escribe el último día de trabajo y la fecha en que se pagó todo lo que se le debía. Verás el día hasta el que el trabajador residencial puede quedarse en la vivienda y cuántos días le quedan.

Solo Venezuela · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos
¿Ya se pagaron sus prestaciones y demás deudas laborales?

El plazo de 3 meses cuenta desde este día.

Opciones avanzadas

Sirve para saber cuántos días quedan. Cámbiala por la de hoy.

Puede quedarse en la vivienda hasta 15-2-2027 3 meses desde el pago (art. 40)

Con el pago total el 15-11-2026, puede quedarse en la vivienda hasta el 15-2-2027 (92 días de plazo). El 30-11-2026 le quedan 77 días.

Último día de trabajo
31-10-2026
Pago total de lo que se le debía
15-11-2026
Plazo de la ley
3 meses
Días del plazo
92 días
Días que quedan el 30-11-2026
77 días

Cómo sale la fecha

Paso Fecha
Último día de trabajo 31-10-2026
Pago total de prestaciones y deudas 15-11-2026
Se suman 3 meses 15-2-2027
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Si el día del pago no existe tres meses después (por ejemplo, 30 de noviembre), el límite es el último día de ese mes.
  • Si hay desacuerdo sobre el plazo, la ley manda primero a la mediación y a la vía administrativa; no permite un desalojo por la fuerza (art. 39).
  • La ley prevé que el reglamento fije un plazo mayor si el trabajo termina por una discapacidad por enfermedad o accidente (art. 40). Esta calculadora usa el mínimo de 3 meses.
  • Es una estimación con el texto de la ley. Para un caso concreto, consulta al Ministerio del Trabajo.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: mpppst.gob.ve · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora del plazo para dejar la vivienda del trabajador residencial en Venezuela · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Venezuela, un trabajador residencial (antes «conserje») tiene al menos 3 meses para dejar la vivienda del edificio cuando termina su trabajo, por cualquier causa (art. 40).
  • Esos 3 meses cuentan desde el día en que se paga el total de sus prestaciones sociales y demás deudas laborales, no desde el último día de trabajo.
  • Si el pago total es el 15 de noviembre, puede quedarse hasta el 15 de febrero: 92 días de plazo.
  • Mientras no se paguen sus prestaciones, puede seguir en la vivienda, y nunca se le puede sacar por la fuerza (arts. 39 y 41).

¿Cuánto tiempo tiene un conserje para dejar la vivienda?

Tiene como mínimo 3 meses, y empiezan a contar el día en que se le paga todo lo que se le debe. Esto vale para el trabajador residencial que vive en el edificio donde trabaja, sea cual sea la causa del fin del trabajo: renuncia, despido u otra. Es una calculadora solo para Venezuela.

La regla está en el Decreto 8.197, Ley Especial para la Dignificación de Trabajadoras y Trabajadores Residenciales, del Ministerio del Trabajo. El artículo 40 dice que el trabajador tiene derecho a un plazo mínimo de tres meses para desocupar el inmueble, «contado a partir de la fecha en que se haga efectivo el pago del total de las prestaciones sociales y demás deudas laborales».

Cómo se cuenta el plazo

Hay tres ideas sencillas:

  1. El plazo no cuenta desde el último día de trabajo. Cuenta desde el pago total de las prestaciones sociales y de las demás deudas laborales (vacaciones, utilidades y otras).
  2. Son 3 meses de calendario. Del 15 de noviembre al 15 de febrero. Si el día no existe tres meses después (por ejemplo, el 30 de noviembre), el límite es el último día de ese mes.
  3. Si no se ha pagado, el plazo no corre. El artículo 41 dice que el trabajador puede seguir en la vivienda hasta que se pague y pasen los tres meses. Nunca se puede pedir que la deje sin ese pago.

Además, el artículo 39 dice que, si hay desacuerdo sobre el plazo, primero se acude a la mediación y a la vía administrativa, y que nunca puede haber un desalojo por la fuerza o arbitrario.

Cómo usar la calculadora

  • Último día de trabajo: el día en que terminó la relación laboral. Sirve para revisar que el pago no sea anterior.
  • ¿Ya se pagaron sus prestaciones y demás deudas? Elige «Sí, todo» o «Aún no». Si falta algo por pagar, elige «Aún no».
  • Fecha en que se pagó el total: el día del pago completo. Desde ahí cuentan los 3 meses.
  • Fecha en que consultas (opciones avanzadas): cámbiala por la de hoy para ver cuántos días quedan.

Fórmula

Fecha límite = día del pago total + 3 meses de calendario
Días del plazo = fecha límite − día del pago total
Días que quedan = fecha límite − fecha en que consultas (mínimo 0)

Si no hay pago total, no hay fecha límite: el plazo aún no ha empezado.

Ejemplo

Un trabajador residencial termina el 31-10-2026. El 15-11-2026 se le paga todo lo que se le debe. Consulta el 30-11-2026.

PasoResultado
Último día de trabajo31-10-2026
Pago total15-11-2026
Se suman 3 meses15-2-2027
Días del plazo92 días
Días que quedan el 30-11-202677 días

Puede quedarse en la vivienda hasta el 15-2-2027. Si el pago hubiera sido el 30-11-2026, el límite sería el 28-2-2027, con 90 días de plazo.

Si no se han pagado las prestaciones

Es el caso más importante. Mientras el patrono no pague, el trabajador tiene derecho a seguir en la vivienda. Los 3 meses no han empezado. En la calculadora, elige «Aún no» y verás que no hay fecha límite.

Para saber cuánto debe cobrar, usa la liquidación del trabajador residencial. Para el detalle de la antigüedad, mira las prestaciones sociales y la liquidación laboral.

Qué no calcula esta página

  • No decide si el pago está completo: eso depende de las deudas reales. La liquidación te ayuda a estimarlas.
  • No incluye un plazo mayor. La ley prevé que el reglamento pueda ampliarlo si el trabajo termina por una discapacidad causada por enfermedad o accidente (art. 40). Aquí se usa el mínimo de 3 meses.
  • No sustituye el criterio del Ministerio del Trabajo. Es una estimación para orientarte.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos meses tiene un conserje para desocupar la vivienda?

Como mínimo 3 meses, contados desde que se le paga el total de sus prestaciones sociales y demás deudas laborales (art. 40 del Decreto 8.197). Hoy la ley llama a este trabajador «trabajador residencial».

¿El plazo empieza el día del despido?

No. Empieza el día del pago total. Si el pago llega 20 días después del último día de trabajo, los 3 meses empiezan a contar 20 días después.

¿Qué pasa si no me han pagado mis prestaciones?

Puedes seguir en la vivienda hasta que se paguen, y después tienes los 3 meses completos (art. 41). La ley dice que no se puede exigir desocupar sin ese pago.

¿Pueden sacarme de la vivienda por la fuerza?

No. El artículo 39 prohíbe el desalojo forzoso y arbitrario. Si hay un desacuerdo sobre el plazo, la ley indica primero la mediación y las vías administrativas.

¿Tengo que trabajar durante esos 3 meses?

No. El artículo 40 dice que no estás obligado a trabajar durante el plazo de desocupación. La junta de condominio debe prever un suplente.

¿En qué estado debo entregar la vivienda?

En las mismas condiciones en que la recibiste, sin pagar el deterioro causado por el paso de los años ni por terceros (art. 40).

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula está en su apartado. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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