En resumen
- Tienes 15 días hábiles desde el día siguiente al hecho causante para pedir el subsidio sin perder días; sábados, domingos y festivos no cuentan.
- Pasados los 15 días, pero dentro de los 6 meses, cobras desde el día de la solicitud: con paro agotado el 30 de junio y solicitud el 28 de julio, pierdes 27 días.
- La prórroga se pide cada tres meses, también en 15 días hábiles tras acabar el trimestre, con el mismo límite de seis meses.
- Pasados los seis meses la solicitud se deniega, salvo que ese último día trabajases o cobrases una baja o prestación por nacimiento.
¿Cuánto tiempo tengo para pedir el subsidio de desempleo?
Tienes 15 días hábiles desde el día siguiente al hecho causante para pedir el subsidio sin perder ni un día de cobro. Si lo pides después, pero antes de seis meses, lo cobras desde el día de la solicitud. Está en el artículo 276 de la Ley General de la Seguridad Social, en su texto vigente.
Esta calculadora es solo para España. Es distinta del plazo para pedir el paro, que es la prestación contributiva y tiene otra regla. Si quieres ver quién puede cobrarlo, mira el subsidio por desempleo.
¿Qué es el hecho causante?
Es la fecha desde la que cuentas:
- Si pasas del paro al subsidio, el día en que se agota la prestación contributiva.
- Si pides el subsidio porque no cotizaste lo suficiente para el paro, el día de tu última situación legal de desempleo.
El derecho nace el día siguiente. Ese es el primer día de los quince.
¿Cómo se cuentan los 15 días hábiles?
Cuentan de lunes a viernes. No cuentan sábados, domingos ni festivos. Se aplica el artículo 30 de la Ley 39/2015. Los festivos cambian según la comunidad y el municipio, así que puedes indicarlos en opciones avanzadas. Para contar otros plazos, usa días entre fechas.
¿Y si pido el subsidio tarde?
Hay tres casos:
- Dentro de los 15 días hábiles: el subsidio empieza el día siguiente al hecho causante.
- Fuera de los 15 días, pero dentro de los 6 meses: empieza el día de la solicitud. Pierdes los días que pasan entre el día siguiente al hecho causante y esa fecha.
- Pasados los 6 meses: la solicitud se deniega.
Hay una excepción. Si el último día de los seis meses estabas trabajando, por cuenta propia o ajena, o cobrabas incapacidad temporal o la prestación por nacimiento y cuidado de menor, el plazo se amplía hasta 15 días hábiles después de que acabe ese trabajo o prestación. Si trabajaste después del hecho causante, además hace falta que ese último cese fuera involuntario.
¿Cuándo se pide la prórroga del subsidio?
El subsidio se cobra por trimestres. Cada vez que se cumplen tres meses de cobro, tienes que pedir la prórroga con los documentos que prueben que mantienes los requisitos. La regla es la misma:
- En los 15 días hábiles siguientes al fin del trimestre: la prórroga sigue desde el día siguiente, sin cortes.
- Dentro de 6 meses pero fuera de esos 15 días: empieza el día de la solicitud.
- Pasados los 6 meses: se deniega, salvo que ese último día trabajaras. Entonces tienes hasta 15 días hábiles tras acabar el trabajo, y el último cese debe ser involuntario o dar situación legal de desempleo.
En la prórroga la ampliación vale solo por trabajo, no por baja ni por la prestación por nacimiento.
Ejemplo
El paro se agota el martes 30 de junio de 2026 y pides el subsidio el 28 de julio.
| Paso | Resultado |
|---|---|
| Nace el derecho | miércoles 1 de julio de 2026 |
| Último día en plazo | martes 21 de julio de 2026 |
| Último día de los seis meses | miércoles 30 de diciembre de 2026 |
| Pides | martes 28 de julio de 2026 |
| Empieza el subsidio | martes 28 de julio de 2026 |
| Días sin cobrar | 27 |
Cuenta: del 1 al 28 de julio hay 27 días. Si hubieras pedido el 21 de julio, no habrías perdido ninguno. Hasta el 30 de diciembre aún podrías pedirlo, pero perderías 182 días.
Errores frecuentes
- Contar desde el último día cobrado en vez de desde el día siguiente.
- Contar sábados o festivos como hábiles.
- Creer que se pierden solo los días que te pasas: se pierden todos desde que nació el derecho.
- Olvidar la prórroga de cada trimestre.
- Dejar pasar los seis meses: ya no hay vuelta atrás, salvo la excepción del trabajo o la baja.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días tengo para pedir el subsidio de desempleo?
Quince días hábiles desde el día siguiente al hecho causante. Con paro agotado un martes, cuentas desde el miércoles.
¿Se puede pedir el subsidio pasados los 15 días?
Sí, hasta los seis meses. Cobras desde el día en que lo pides y pierdes los días intermedios.
¿Cada cuánto hay que renovar el subsidio?
Cada tres meses de cobro presentas la solicitud de prórroga, con la documentación que acredite que sigues cumpliendo los requisitos.
¿Qué pasa si se me pasa el plazo de la prórroga?
Si pides antes de seis meses desde que acabó el trimestre, la prórroga empieza el día de la solicitud. Después, se deniega, salvo que trabajases ese último día.
¿Cuentan los sábados en los 15 días hábiles?
No. Los sábados, domingos y festivos de tu zona no cuentan.
¿Esta fecha es la que fijará el SEPE?
Es una estimación con el artículo 276 de la Ley General de la Seguridad Social. La fecha definitiva la fija el SEPE en su resolución.
