En resumen
- El subsidio para emigrantes retornados dura 18 meses como máximo y se paga por tramos: 570 € al mes los 6 primeros, 540 € los 6 siguientes y 480 € los últimos 6, con el IPREM de 600 €.
- En total son 9.540 € si lo cobras entero y no tienes ningún otro ingreso.
- Hay que volver de un país fuera del Espacio Económico Europeo, haber trabajado allí 12 meses o más y no haber cobrado paro en ese país.
- Tus ingresos propios no pueden pasar de 915,75 € al mes, el 75 % del salario mínimo sin pagas extra.
Quién puede cobrar el subsidio de emigrantes retornados
Puedes cobrarlo si eres español, vuelves a vivir a España desde un país fuera del Espacio Económico Europeo y estás en paro. Lo regula la disposición adicional 57.ª de la Ley General de la Seguridad Social (texto consolidado vigente). Son siete condiciones:
- Tener el Certificado de Emigrante retornado, que da la Delegación o Subdelegación del Gobierno de tu provincia.
- Estar en paro y no tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo y firmar el acuerdo de actividad.
- Volver de un país fuera del Espacio Económico Europeo, o con el que España no tenga convenio de desempleo.
- Haber trabajado allí 12 meses como mínimo en los últimos 6 años desde tu última salida de España.
- No haber cobrado paro en el país del que vuelves.
- Carecer de rentas: tus ingresos propios del mes anterior no pueden pasar del 75 % del salario mínimo, sin contar las pagas extra.
Los hijos y nietos de emigrantes españoles que se instalan por primera vez en España también pueden, pero tuvieron que tener la nacionalidad española durante esos 12 meses de trabajo.
Cuánto se cobra y cuánto dura
El subsidio dura 18 meses como máximo y su importe baja con el tiempo. Se calcula con el IPREM, un índice del Estado que sirve para fijar ayudas: 600 € al mes según las cuantías del SEPE. El artículo 278 de la ley fija los porcentajes:
| Tramo | Porcentaje del IPREM | Al mes |
|---|---|---|
| Meses 1 a 6 | 95 % | 570,00 € |
| Meses 7 a 12 | 90 % | 540,00 € |
| Meses 13 a 18 | 80 % | 480,00 € |
Subsidio al mes = IPREM × porcentaje del tramo Total = suma de los meses de cada tramo × su importe
La calculadora cuenta cada mes como 30 días, que es como cuenta el SEPE. Se reconoce por periodos de 3 meses, que se prorrogan hasta llegar a los 18. Cada vez que se prorroga, se vuelve a mirar que tus ingresos no pasen del límite.
Cómo usar la calculadora
- Vuelves de un país fuera del Espacio Económico Europeo. Déjalo marcado si es así. Si no, te dice que este subsidio no es el tuyo.
- Meses que has trabajado fuera. Los de los últimos 6 años desde tu última salida. Vienen 18 como ejemplo; escribe los tuyos.
- Si has cobrado paro en ese país. Si es que sí, no hay derecho.
- Lo que ingresas al mes. Solo lo tuyo: un alquiler, intereses, una pensión. Viene en 0 €.
En Opciones avanzadas puedes poner los meses de subsidio que ya has cobrado, para ver lo que te queda, y el IPREM y el salario mínimo por si cambian.
Ejemplo
Una persona vuelve de Argentina tras trabajar allí 18 meses, no cobró paro y no tiene ingresos:
| Dato | Resultado |
|---|---|
| Meses 1 a 6 | 570,00 € al mes |
| Meses 7 a 12 | 540,00 € al mes |
| Meses 13 a 18 | 480,00 € al mes |
| Total en 18 meses | 9.540,00 € |
| Límite de ingresos | 915,75 € al mes |
Si ya ha cobrado 6 meses, le quedan 12: 6 meses a 540,00 € y 6 a 480,00 €, es decir, 6.120,00 € en total.
Cómo se pide
Se pide al SEPE en los 15 días hábiles siguientes a quedarte sin trabajo o, en este caso, desde que llegas a España para vivir aquí. El día de tu regreso es el que cuenta como inicio del derecho. Lleva el certificado de emigrante retornado, el DNI y los papeles que acrediten tu trabajo fuera. Pide cita en tu oficina de empleo y apúntate como demandante.
Qué pasa si trabajas
Este subsidio es incompatible con trabajar por cuenta propia. Si trabajas por cuenta ajena, puedes seguir cobrándolo con el complemento de apoyo al empleo (artículo 282.3 de la ley). Si dejas de cumplir los requisitos, se suspende o se extingue según el artículo 279 de la ley.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra un emigrante retornado en España?
Con el IPREM de 600 €, cobra 570 € al mes los 6 primeros meses, 540 € los 6 siguientes y 480 € los últimos 6. Suma 9.540 € en 18 meses. Es un importe fijo: no depende de lo que cobraras fuera.
¿Puedo cobrarlo si vuelvo de un país de la Unión Europea?
No. Este subsidio es para quien vuelve de países fuera del Espacio Económico Europeo o sin convenio de desempleo. Si vuelves de la Unión Europea, tus periodos trabajados se suman a los de España; mira la calculadora de totalización de periodos.
¿Qué pasa si cobré paro en el país donde trabajaba?
Pierdes el derecho a este subsidio. La ley exige no haber obtenido prestaciones por desempleo en el país de emigración.
¿Cuántos meses tengo que haber trabajado fuera?
Al menos 12 meses, dentro de los últimos 6 años desde tu última salida de España. No hace falta que sean seguidos.
¿Cuenta lo que gane mi pareja?
No. En este subsidio solo cuentan tus ingresos propios, que no pueden pasar de 915,75 € al mes.
¿Se puede renovar cuando termina?
No: 18 meses es la duración máxima. Después puedes mirar otros subsidios, como el subsidio por desempleo, si cumples sus requisitos.
