En resumen
- Un hijo de 45 años que hereda 480.000 €, con 150.000 € en la vivienda habitual del fallecido, paga 12.255,35 € de sucesiones en Asturias.
- Hijos, cónyuge y padres tienen 300.000 € de reducción y una tarifa propia que empieza en el 21,25 %.
- En Asturias, un hijo menor de 21 años con un patrimonio de hasta 402.678,11 € no paga nada: su coeficiente es 0.
- Un hermano que hereda 250.000 € paga 64.531,22 €, y quien no tiene parentesco paga 24.820 € por 100.000 €.
¿Cuánto se paga de sucesiones en Asturias?
Depende de qué eras de la persona fallecida, de tu edad y de lo que ya tenías. Un hijo, un cónyuge o un padre empieza con 300.000 € fuera del impuesto, y con menos de 21 años y poco patrimonio no paga nada. Un hermano, un sobrino o un primo pagan bastante más, porque casi no tienen reducción y la cuota se multiplica. Esta calculadora es solo para España y para herencias de personas que vivían en Asturias.
Lo que cambia en Asturias: 300.000 €, tarifa propia y coeficiente
El Decreto Legislativo 2/2014 del Principado mejora lo que dice la ley del Estado en cuatro puntos:
- Reducción de 300.000 € para los grupos I y II: hijos, nietos, cónyuge, pareja estable y padres o abuelos. La ley del Estado solo da 15.956,87 € (o algo más a los menores de 21).
- Tarifa propia para esos grupos: el primer tramo, hasta 56.000 €, paga el 21,25 %, y el último tipo es del 36,5 %.
- Coeficiente según tu patrimonio: para un hijo o nieto menor de 21 años es 0, 0,02, 0,03 o 0,04.
- Vivienda habitual con una rebaja del 99 % al 95 %, según lo que valga la casa.
Hermanos, tíos, sobrinos y el resto usan la tarifa general, del 7,65 % al 36,5 %.
Cómo usar la calculadora
- Valor de lo que heredas: todo lo que recibes, menos deudas y gastos del entierro.
- Vivienda habitual: tu parte de la casa donde vivía el fallecido. Si no hay, pon 0.
- Qué eras y tu edad: deciden tu grupo. Un hijo o nieto de 21 años o más va al grupo II.
- Tu patrimonio antes de heredar: lo que ya tenías, menos deudas.
- En opciones avanzadas hay seguro de vida y discapacidad.
Cómo se calcula paso a paso
base imponible = herencia + seguro de vida base liquidable = base imponible - reducciones cuota íntegra = tarifa(base liquidable) cuota tributaria = cuota íntegra x coeficiente a pagar = cuota tributaria - bonificación
Las reducciones se restan en este orden: parentesco, discapacidad, vivienda y seguro de vida, sin dejar la base por debajo de cero.
Ejemplo: un hijo de 45 años hereda 480.000 €
Hereda 480.000 €, de los que 150.000 € son la vivienda habitual del fallecido, y no tenía patrimonio previo.
| Paso | Importe |
|---|---|
| Base imponible | 480.000,00 € |
| Reducción por parentesco | 300.000,00 € |
| Vivienda (97 % de 150.000 €, con tope) | 122.606,47 € |
| Base liquidable | 57.393,53 € |
| Cuota por la tarifa (11.900 € + 25,5 % del exceso sobre 56.000 €) | 12.255,35 € |
| Coeficiente | 1 |
| Impuesto a pagar | 12.255,35 € |
Si su patrimonio previo fuese de 500.000 €, el coeficiente subiría a 1,05 y pagaría 12.868,12 €.
Menores de 21 años y discapacidad
Un hijo o nieto menor de 21 años va al grupo I. Si su patrimonio es de hasta 402.678,11 €, el coeficiente es 0 y no paga nada, aunque la cuota antes del coeficiente fuese alta. Con 600.000 € de herencia saldrían 78.950 € de cuota, y el coeficiente la deja en 0 €. Con 402.678,12 € de patrimonio el coeficiente pasa a 0,02, pero una regla de la ley impide que la cuota suba más que ese exceso de patrimonio: pagaría 0,01 €.
Con una discapacidad del 65 % o más, hay dos ventajas: una reducción de 150.253,03 € (47.858,59 € del 33 % al 64 %) y una bonificación del 100 % de la cuota si tu patrimonio es de hasta 402.678,11 €. Un hijo adulto con un 65 % que hereda 480.000 € tendría una cuota de 6.321,23 €, y la bonificación la deja en 0 €. Con un patrimonio de 402.678,12 € pagaría 6.321,24 €.
La vivienda habitual: el porcentaje según su valor
La reducción por la casa donde vivía el fallecido solo la tienen el cónyuge, los hijos, los nietos, los padres y los abuelos, y los hermanos, tíos, sobrinos o primos de 65 años o más que vivieron con él los 2 años anteriores a su muerte. El porcentaje depende del valor de toda la casa:
| Valor de la vivienda | Reducción |
|---|---|
| Hasta 90.000 € | 99 % |
| Más de 90.000 € y hasta 120.000 € | 98 % |
| Más de 120.000 € y hasta 180.000 € | 97 % |
| Más de 180.000 € y hasta 240.000 € | 96 % |
| Más de 240.000 € | 95 % |
La ley del Estado pone un tope de 122.606,47 € por heredero. Si la heredan varias personas, escribe en avanzadas el valor de toda la casa. Hay que mantener lo heredado 3 años; si no, se devuelve lo no pagado.
Hermanos, sobrinos y otros herederos
Un hermano o un sobrino tiene 7.993,46 € de reducción. Un hermano que hereda 250.000 € tiene una base de 242.006,54 €, una cuota de 40.631,67 € y, con coeficiente 1,5882, paga 64.531,22 €. Sin parentesco, la reducción es 0 y el coeficiente es 2: heredar 100.000 € cuesta 24.820 €.
Plazo y qué no incluye
El plazo general para presentar la declaración es de 6 meses desde el fallecimiento, ampliable otros 6 si lo pides antes de que pasen 5 meses; con la prórroga se pagan intereses de demora (Reglamento del impuesto, artículos 67 y 68, BOE). Es una estimación. No incluye las reducciones por empresa familiar ni explotación agraria (del 95 % al 99 %), ni donaciones anteriores del fallecido. Si hay inmuebles, el impuesto parte de su valor de referencia.
Preguntas frecuentes
¿Un hijo paga impuesto de sucesiones en Asturias?
Si es menor de 21 años y su patrimonio es de hasta 402.678,11 €, no. Si tiene 21 o más, tiene 300.000 € de reducción y paga solo por lo que pase de ahí, con una tarifa que empieza en el 21,25 %.
¿Qué es el patrimonio previo y por qué importa?
Es lo que ya tenías al fallecer la persona, menos tus deudas. En Asturias decide el coeficiente de la cuota. Por encima de 402.678,11 €, un heredero del grupo II pasa de coeficiente 1 a 1,05.
¿Cuánto paga un hermano por heredar en Asturias?
Bastante: solo tiene 7.993,46 € de reducción y la cuota se multiplica por 1,5882 con poco patrimonio. Con 250.000 € de herencia, son 64.531,22 €.
¿La pareja que no está casada se equipara a un cónyuge?
Sí, si es una pareja estable según la Ley asturiana 4/2002. Entonces cuenta como cónyuge.
¿Se paga sucesiones por el seguro de vida?
Sí, el seguro de vida se suma a la herencia. Cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos tienen una reducción del 100 % hasta 9.195,49 €.
¿Esta calculadora sirve si el fallecido vivía fuera de Asturias?
No. Aquí se aplican las normas de Asturias. Si el fallecido residía en otra comunidad, usa la calculadora de las 20 regiones.
