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Calculadora del impuesto de sucesiones en Madrid: cuánto pagas

Escribe lo que heredas, qué eras de la persona fallecida y cuánto es la vivienda habitual. Verás cuánto impuesto pagas en Madrid, qué reducciones te quitan y cómo sale la cuenta paso a paso. Solo sirve para España.

Solo España · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en euros (€)
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Todo lo que recibes (casa, ahorros, coche…), ya restadas las deudas y los gastos del entierro.

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Es la casa donde vivía la persona fallecida. Si no hay, pon 0. Ya está incluida en el valor de arriba.

años

Los descendientes menores de 21 años van al grupo I y tienen más reducción.

Opciones avanzadas
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Lo que ya tenías: vivienda, ahorros, inversiones. Si pasa de 403.000 €, la cuota sube un poco.

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Si eres beneficiario de un seguro de vida de la persona fallecida. Paga este impuesto, no el IRPF.

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Empresa individual, negocio profesional o participaciones que cumplan los requisitos. Ya incluido en el valor de arriba.

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Madrid reduce el 95 % de la vivienda, pero con este tope por heredero.

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Impuesto de sucesiones a pagar 454,86 € Grupo II
Te queda de la herencia 399.545,14 €
Reducciones aplicadas 139.000,00 €

De cada 100 € que heredas, pagas 0,11 €: el impuesto sale en 454,86 € porque la bonificación quita el 99,00 % de la cuota de 45.485,98 €.

Base imponible
400.000,00 €
Base liquidable (lo que tributa)
261.000,00 €
Cuota según la tarifa
45.485,98 €
Cuota antes de bonificar
45.485,98 €
Bonificación
45.031,12 €
Qué parte de lo que heredas es impuesto
Heredas400.000 €
  • Te queda 399.545,14 € 99,9 %
  • Impuesto 454,86 € 0,1 %
Ver el cálculo paso a paso
Paso Importe
Valor de lo que heredas 400.000,00 €
= Base imponible 400.000,00 €
Reducción por parentesco (grupo II) -16.000,00 €
Vivienda habitual del fallecido (95 %, hasta 123.000 €) -123.000,00 €
= Base liquidable 261.000,00 €
Cuota según la tarifa de Madrid 45.485,98 €
- Bonificación del 99 % de la cuota -45.031,12 €
= Impuesto a pagar 454,86 €
Lo que pagaría otro heredero con la misma herencia
Parentesco Grupo Antes de bonificar A pagar
Hijo o hija Grupo II 45.485,98 € 454,86 €
Cónyuge o pareja de hecho Grupo II 45.485,98 € 454,86 €
Hermano o hermana Grupo III 125.294,65 € 62.647,32 €
Tío o sobrino Grupo III 125.294,65 € 62.647,32 €
Primo Grupo IV 161.912,22 € 161.912,22 €
Sin parentesco Grupo IV 161.912,22 € 161.912,22 €

Solo para España y para personas fallecidas que vivían en la Comunidad de Madrid.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación con el Decreto Legislativo 1/2010 de Madrid y la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • La reducción por vivienda exige conservarla 5 años después del fallecimiento. Si la vendes antes, tienes que pagar la diferencia en 30 días hábiles.
  • La reducción de la vivienda se queda en 123.000 € por heredero, aunque el 95 % sería 142.500,00 €.
  • No incluye donaciones que te hiciera la misma persona en los 4 años anteriores, que pueden sumarse a la herencia.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Boletín Oficial del Estado · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora del impuesto de sucesiones en Madrid: cuánto pagas · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • Un hijo de 30 años que hereda 400.000 €, con 150.000 € en la vivienda habitual del fallecido, paga 454,86 € de sucesiones en Madrid.
  • En Madrid, hijos, cónyuge y padres tienen una bonificación del 99 % de la cuota; hermanos, tíos y sobrinos, del 50 %.
  • Un sobrino que hereda 150.000 € paga 15.685,35 € en Madrid: solo 8.000 € de reducción, cuota multiplicada por 1,5882 y la mitad bonificada.
  • Sin parentesco, heredar 100.000 € cuesta 24.814,06 € en Madrid: no hay reducción ni bonificación y la cuota se multiplica por 2.

¿Se paga impuesto de sucesiones en Madrid?

Depende de qué eras de la persona fallecida. Un hijo, un cónyuge o un padre paga muy poco: Madrid perdona el 99 % de la cuota. Un hermano, un sobrino o un suegro sí pagan, porque solo se les perdona la mitad. Y quien no es familiar paga el impuesto entero. La norma es de la Comunidad de Madrid y se aplica cuando la persona fallecida vivía allí, aunque tú vivas en otra comunidad. Esta calculadora es solo para España.

Qué rebaja Madrid y qué no

El texto refundido de tributos cedidos de Madrid tiene pocas reducciones, pero una bonificación muy fuerte:

  • Reducción por parentesco, pequeña: 16.000 € para hijos de 21 años o más, cónyuge y padres; 8.000 € para hermanos, tíos, sobrinos y parientes políticos; nada para primos ni para quien no es familiar. Los hijos menores de 21 años suman 4.000 € por cada año que les falte, hasta 48.000 €.
  • Bonificación del 99 % de la cuota para hijos, nietos, cónyuge, pareja de hecho inscrita, padres y abuelos. De cada 100 € de impuesto, pagas 1 €.
  • Bonificación del 50 % para hermanos, tíos, sobrinos, suegros, yernos y nueras. De cada 100 €, pagas 50 €.
  • Vivienda habitual del fallecido: se reduce el 95 % de su valor, con un tope de 123.000 € por heredero.
  • Seguro de vida: 100 % de lo que cobras, hasta 9.200 €, si eres cónyuge, hijo, nieto, padre o abuelo del asegurado.
  • Discapacidad: 55.000 € desde el 33 % y 153.000 € desde el 65 %, además de la reducción por parentesco.
  • Negocio familiar: 99 % de su valor si cumples los requisitos de la ley.

Cómo usar la calculadora

Escribe el valor de lo que heredas (ya sin deudas ni gastos del entierro), cuánto de eso es la vivienda habitual del fallecido, qué eras y tu edad, y tu patrimonio antes de heredar. En opciones avanzadas están el seguro de vida, la discapacidad, el negocio familiar y las cifras de la ley, por si Madrid las cambia.

Cómo se calcula paso a paso

base imponible = herencia + seguro de vida
base liquidable = base imponible - reducciones
cuota íntegra = tarifa de Madrid (de 7,65 % a 34 %) sobre la base liquidable
cuota tributaria = cuota íntegra x coeficiente
a pagar = cuota tributaria - bonificación

El coeficiente depende del grupo y del patrimonio que ya tenías. En los grupos I y II va de 1 a 1,20. En el III, de 1,5882 a 1,9059. En el IV, de 2 a 2,4. Hasta 403.000 € de patrimonio se usa el más bajo. Si pasas por poco de un límite, la ley recorta la subida para que el salto no sea brusco.

Ejemplo: un hijo hereda 400.000 € con la vivienda

Un hijo de 30 años, con 50.000 € de patrimonio, hereda 400.000 €. Dentro hay 150.000 € de la vivienda habitual del fallecido.

PasoImporte
Lo que hereda400.000,00 €
Reducción por parentesco-16.000,00 €
Reducción por vivienda (95 % de 150.000 € son 142.500 €, con tope)-123.000,00 €
Base liquidable261.000,00 €
Cuota según la tarifa45.485,98 €
Bonificación del 99 %-45.031,12 €
Impuesto a pagar454,86 €

De cada 100 € que hereda, paga unos 0,11 €. Sin la bonificación serían 45.485,98 €.

Hermanos, sobrinos y otros: la bonificación del 50 %

Un sobrino que hereda 150.000 € solo tiene 8.000 € de reducción. La base es de 142.000 €, la cuota de la tarifa es de 19.752,36 € y se multiplica por 1,5882: sale una cuota de 31.370,70 €. Madrid perdona la mitad y el sobrino paga 15.685,35 €.

Dos detalles importantes:

  • La bonificación del 50 % solo cubre los bienes que declares completos y a tiempo. Lo que se descubra después, paga sin bonificar.
  • Sin parentesco, heredar 100.000 € cuesta 24.814,06 €: no hay reducción, no hay bonificación y la cuota se multiplica por 2.

Vivienda, seguro de vida, discapacidad y negocio familiar

Vivienda. Solo la reducen cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos. También un hermano, tío, sobrino o primo de 65 años o más que viviera con el fallecido los 2 años anteriores a su muerte. Tienes que conservarla 5 años; si la vendes antes, pagas la diferencia de impuesto con intereses en 30 días hábiles.

Seguro de vida. El dinero que cobras se suma a la herencia y paga este impuesto, no el IRPF. Con 100.000 € de seguro, un hijo se reduce 9.200 € y el resto tributa.

Discapacidad. Se suma a la reducción por parentesco. Con un grado del 65 %, un hijo que hereda 300.000 € tiene 169.000 € de reducción y paga 176,95 €.

Negocio familiar. La Ley 3/2026 de Apoyo a la Empresa Familiar cambió el artículo 22 del texto refundido desde el 1 de julio de 2026. Exige que el fallecido ejerciera la actividad de forma habitual y mantener lo heredado 5 años.

Plazo y cómo se presenta

Tienes 6 meses desde el fallecimiento para presentar la autoliquidación en la Comunidad de Madrid. Puedes pedir 6 meses más dentro de los 5 primeros, pero entonces pagas intereses de demora por el tiempo extra. Lo dice el Reglamento del impuesto, artículos 67 y 68. Hay que presentarla aunque salga 0 €, para que se apliquen las reducciones.

Si la herencia incluye una casa, la plusvalía municipal es otro impuesto distinto, que paga quien hereda al ayuntamiento. Si la persona fallecida dejó el usufructo de un bien a alguien, mira cómo se valora en la calculadora de usufructo. Para ver cómo se reparten los bienes entre los herederos, usa el reparto de herencia. Y el impuesto sobre el patrimonio es otro tributo aparte. Para comparar con otras comunidades, está la calculadora general de sucesiones.

Preguntas frecuentes

¿Por qué un sobrino paga tanto más que un hijo en Madrid?

Porque casi no tiene reducción (8.000 €), la cuota se multiplica por 1,5882 y la bonificación es del 50 %, no del 99 %. Con 150.000 €, el sobrino paga 15.685,35 € y un hijo, 182,56 €.

¿Tengo que presentar el impuesto si me sale 0 €?

Sí. Las reducciones y la bonificación se aplican al presentar la autoliquidación. Si no la presentas en plazo, puedes perderlas o pagar recargos.

¿Qué pasa si vendo la casa heredada antes de 5 años?

Pierdes la reducción del 95 % por vivienda. Tienes que avisar a la Comunidad de Madrid y pagar lo que habías dejado de pagar, más intereses, en 30 días hábiles.

¿Cuenta el patrimonio que ya tengo?

Sí, solo en el coeficiente que multiplica la cuota. Hasta 403.000 € de patrimonio, el coeficiente es el más bajo. Para un hijo con bonificación del 99 %, el cambio es de pocos euros.

¿Se aplica la norma de Madrid si yo vivo en otra comunidad?

Se aplica si la persona fallecida vivió en Madrid la mayor parte de los 5 últimos años. Tu residencia no cuenta.

¿Lo que pagaré en Madrid será justo esta cifra?

Es una estimación con las reglas de Madrid. En inmuebles cuenta el valor de referencia del Catastro si es mayor, y Hacienda puede comprobar los valores.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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