En resumen
- En Colombia, un empleado público con sueldo base de $ 3.500.000 puede recibir hasta $ 288.347 de viáticos por día; en 5 días, $ 1.441.735.
- Si la tarea no exige pernoctar, se reconoce hasta el 50 %: $ 144.174 por día.
- Fuera del país el máximo va en dólares: con $ 6.000.000 de sueldo y zona 2, 240 dólares por día.
- Si la comisión es en la misma ciudad o otra entidad paga todos los gastos, no hay viáticos.
¿Cuánto se paga de viáticos en una comisión de servicios?
Se paga hasta el valor diario que marca la escala del Decreto 314 de 2026 para tu sueldo, multiplicado por los días de la comisión. Para un sueldo base de $ 3.500.000, el máximo es de $ 288.347 por día. Esta página es solo para Colombia y para empleados públicos.
Una comisión de servicios es el encargo de trabajar en un lugar distinto a tu sede: cumplir funciones, asistir a reuniones o hacer visitas. El Decreto 1083 de 2015 dice que, además de tu sueldo, tienes derecho a viáticos y, si el gasto se causa fuera del perímetro urbano, a gastos de transporte.
Cómo usar la calculadora
- Sueldo base mensual: tu asignación básica más los gastos de representación y los incrementos por antigüedad. Con ese valor se busca tu tramo.
- Destino: dentro de Colombia o fuera. En el exterior eliges una de las tres zonas del decreto.
- Días y pernoctar: los días de la comisión y si pasas la noche fuera.
- Opciones avanzadas: el porcentaje del máximo que fija tu entidad, un máximo propio, la tasa en pesos por dólar, los gastos de transporte y los casos en que no hay viáticos.
Fórmula
Viático por día = máximo de la escala × % de la entidad × (0,5 si no pernoctas) Viáticos = viático por día × días Total = viáticos + gastos de transporte
El máximo sale de la escala según tu base de liquidación. En el exterior es la cifra en dólares de tu tramo y tu zona, pasada a pesos.
Escala dentro del país
| Base de liquidación mensual | Viáticos diarios hasta |
|---|---|
| 0 a 1.917.184 | $ 173.886 |
| 1.917.185 a 3.012.670 | $ 237.646 |
| 3.012.671 a 4.022.982 | $ 288.347 |
| 4.022.983 a 5.102.609 | $ 335.520 |
| 5.102.610 a 6.162.456 | $ 385.283 |
| 6.162.457 a 9.293.915 | $ 434.866 |
| 9.293.916 a 12.989.690 | $ 528.210 |
| 12.989.691 a 15.423.452 | $ 712.557 |
| 15.423.453 a 18.986.843 | $ 926.311 |
| 18.986.844 a 22.958.733 | $ 1.120.464 |
| 22.958.734 en adelante | $ 1.319.516 |
Ejemplo
Una funcionaria con sueldo base de $ 3.500.000 va 5 días a otra ciudad y pernocta.
| Paso | Valor |
|---|---|
| Tramo | 3 (de 3.012.671 a 4.022.982) |
| Viático por día | $ 288.347 |
| Días | 5 |
| Viáticos | $ 1.441.735 |
Si la tarea no exige pernoctar, se reconoce hasta el 50 %: $ 144.174 por día. En 4 días serían $ 576.696.
Comisiones fuera del país
En el exterior el decreto fija el máximo en dólares por día, según tu tramo y la zona. Con $ 6.000.000 de sueldo y destino en la zona 2 (EE. UU., Canadá, Chile, Brasil, África y Puerto Rico), son 240 dólares por día. Con una tasa de ejemplo de $ 4.000 por dólar, salen $ 960.000 por día y $ 2.880.000 en 3 días. Escribe la tasa que use tu entidad.
Cuándo no hay viáticos
- La comisión se confiere dentro de la misma ciudad.
- Otro organismo o entidad asume todos los gastos. Si asume solo una parte, se reconoce la diferencia.
- No existe el acto administrativo que confiere la comisión: el pago no puede autorizarse sin él.
Duración de la comisión
Dentro del país se otorga hasta por 30 días hábiles, prorrogable una sola vez por otros 30. Hay excepciones, como las funciones de inspección o vigilancia. Queda prohibida la comisión de servicios de carácter permanente (Decreto 1083 de 2015, art. 2.2.5.5.26).
Fuentes oficiales
- Decreto 314 de 2026, escala de viáticos (Función Pública)
- Decreto 1083 de 2015, arts. 2.2.5.5.24 a 2.2.5.5.27
La escala sale del Decreto 314 de 2026; si tu entidad aplica otro máximo, escríbelo en «Máximo diario propio» y el cálculo lo usará. Los resultados son estimaciones: la cifra final la fija el acto administrativo de tu entidad. Si quieres ver cuánto es el mínimo del país, usa el salario mínimo en Colombia.
Preguntas frecuentes
¿Los viáticos se calculan con mi sueldo?
Sí. Se usa la base de liquidación mensual: asignación básica, gastos de representación e incrementos por antigüedad. Esa cifra decide el tramo de la escala.
¿Qué pasa si no pernocto en el lugar de la comisión?
Solo se reconoce hasta el 50 % del valor fijado. Con $ 3.500.000 de sueldo, el máximo baja de $ 288.347 a $ 144.174 por día.
¿Los viáticos incluyen el transporte?
No. El Decreto 1083 reconoce los gastos de transporte además de los viáticos, cuando se causan fuera del perímetro urbano. Por eso la calculadora los suma aparte, en las opciones avanzadas.
¿Los viáticos cuentan para las cesantías?
Solo cuando se cumplen las condiciones del literal i) del artículo 45 del Decreto Ley 1045 de 1978, según el Decreto 314 de 2026. Mira tu caso con cesantías.
¿Esta escala sirve para trabajadores del sector privado?
No. El decreto fija viáticos para empleados públicos y, según lo contratado, trabajadores oficiales. En el sector privado lo acordado en el contrato manda.
¿Cuánto es el máximo si gano más de 22 millones?
Dentro del país, hasta $ 1.319.516 por día. Fuera, entre 440 y 640 dólares por día según la zona.
