En resumen
- En Costa Rica, con un despido sin causa justa la cesantía va de 7 días (de 3 a 6 meses de trabajo) a 14 días (hasta el año) y, después, a la tabla del artículo 29.
- Con ₡600 000 al mes y 3 años y medio, te tocan 20,5 días × 3 años = 61,5 días: ₡1 230 000 de cesantía.
- Solo cuentan los últimos 8 años: con 12 años trabajados, son 20,5 días × 8 = 164 días de salario, ₡3 280 000 con ese sueldo.
- Si te sobran más de 6 meses, cuenta un año más: con 3 años y 7 meses son 20,5 × 4 = 82 días, ₡1 640 000.
¿Cuántos días de cesantía te tocan en Costa Rica?
Con un despido sin causa justa te tocan entre 7 y 176 días de salario, según el tiempo que trabajaste. Con menos de 3 meses no hay cesantía. De 3 a 6 meses son 7 días; de 6 meses a menos de un año, 14 días; y con más de un año se usa la tabla del artículo 29 del Código de Trabajo.
Esta calculadora es solo para Costa Rica y para contratos por tiempo indefinido. La cesantía se paga cuando te despiden sin causa justa o por una razón ajena a tu voluntad. Si renuncias, no se paga.
La tabla del artículo 29
Mira en la tabla los días de la fila de tus años completos y multiplícalos por los años que cuentan. No se suman las filas anteriores.
| Años completos | Días por año | Días de cesantía |
|---|---|---|
| 1 | 19,5 | 19,5 |
| 2 | 20 | 40 |
| 3 | 20,5 | 61,5 |
| 4 | 21 | 84 |
| 5 | 21,24 | 106,2 |
| 6 | 21,5 | 129 |
| 7 | 22 | 154 |
| 8 | 22 | 176 |
| 9 | 22 | 176 (tope de 8 años) |
| 10 | 21,5 | 172 (tope de 8 años) |
| 11 | 21 | 168 (tope de 8 años) |
| 12 | 20,5 | 164 (tope de 8 años) |
| 13 o más | 20 | 160 (tope de 8 años) |
Cómo usar la calculadora
- Tu sueldo bruto mensual. Es el de antes de las rebajas de la CCSS y del impuesto. Si cambió en los últimos 6 meses, marca esa opción en Opciones avanzadas y escribe cada sueldo.
- La fecha en que entraste.
- Tu último día de trabajo.
Si tu patrono aportó cesantía a una asociación solidarista, escribe en Opciones avanzadas lo que ya tienes allí: se resta del resultado.
Fórmula de la cesantía
Salario diario = promedio de los últimos 6 meses / 30 Días = días de la fila de tus años completos × años que cuentan (8 como mucho) Cesantía = días × salario diario
El salario diario sale del promedio de tus sueldos de los últimos 6 meses (artículo 30). Los años que cuentan son tus años completos y uno más si te sobra una fracción de más de 6 meses. Seis meses justos no cuentan.
Ejemplo: 3 años y medio con ₡600 000
Entraste el 1 de mayo de 2023 y te despiden sin causa el 31 de octubre de 2026. Ganas ₡600 000 al mes.
| Paso | Cálculo | Resultado |
|---|---|---|
| Salario diario | ₡600 000 / 30 | ₡20 000,00 |
| Días de cesantía | 20,5 días × 3 años | 61,5 días |
| Cesantía | 61,5 × ₡20 000 | ₡1 230 000,00 |
La fracción es de 6 meses justos, no de más de 6 meses. Por eso cuentan 3 años y no 4.
El tope de ocho años y la fracción de más de seis meses
Solo cuentan los últimos 8 años (artículo 29, inciso 4). Con 12 años y el mismo sueldo, la fila es la del año 12: 20,5 días × 8 = 164 días, ₡3 280 000,00. Trabajar más años no sube la cifra de años, aunque la fila sí cambia.
Si te sobra más de medio año, cuenta un año más, pero con los días de la fila de tus años completos. Con 3 años y 7 meses son 20,5 × 4 = 82 días: ₡1 640 000,00. Con 5 años y 8 meses y ₡850 000 al mes son 21,24 × 6 = 127,44 días: ₡3 610 800,00.
Qué más se paga al terminar el trabajo
La cesantía es solo una parte de lo que te corresponde. Aparte van el preaviso, el aguinaldo y las vacaciones que no disfrutaste. Los tienes en la calculadora de aguinaldo, la de vacaciones y, todo junto, en la liquidación laboral. Los resultados son estimaciones: el monto final depende de tu contrato y de tus sueldos reales.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la cesantía por cada año en Costa Rica?
Depende del año: va de 19,5 días el primer año a 22 días entre el séptimo y el noveno, y baja hasta 20 desde el año 13. Es decir, cada año de trabajo vale entre 19,5 y 22 días de sueldo. La tabla de arriba da la cifra exacta.
¿Se paga cesantía si renuncio?
No. El artículo 29 la reserva para el despido sin causa justa o por una causa ajena a tu voluntad. Con una renuncia te pagan aguinaldo, vacaciones y los días pendientes.
¿Qué sueldo se usa para calcular la cesantía?
El promedio de tus sueldos brutos de los últimos 6 meses, incluidas horas extra y comisiones. Se divide entre 30 para sacar el día. Es la regla del artículo 30.
¿Por qué mi cesantía no sube después de 8 años?
Porque la ley cuenta como máximo los últimos 8 años. Con 8 años o con 20, se multiplican los días de la fila por 8.
¿Qué pasa con los aportes a la asociación solidarista?
Si tu patrono aportó cesantía a una asociación solidarista, lo que ya está depositado se rebaja de la cesantía y te lo entrega la asociación. Anótalo en Opciones avanzadas. Puedes revisar la norma en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
¿Hay cesantía con menos de 3 meses de trabajo?
No. La ley empieza a darla a los 3 meses: con 3 meses cumplidos son 7 días de salario.
