En resumen
- En Argentina, los hijos tienen una legítima de dos tercios de la herencia; con $ 120.000.000, la ley protege $ 80.000.000 y quedan libres $ 40.000.000.
- Con 2 hijos y cónyuge, la legítima de $ 80.000.000 se reparte en 3 partes iguales de $ 26.666.666,67 cada una.
- Los padres o ascendientes tienen una legítima de la mitad: con $ 50.000.000 son $ 25.000.000, a $ 12.500.000 cada uno si viven los dos.
- El cónyuge, si es el único heredero, tiene una legítima de la mitad de la herencia.
¿Qué es la herencia legítima en Argentina?
La herencia legítima es la parte de los bienes que la ley reserva a hijos, padres y cónyuge, y que el testamento no puede quitar. En Argentina es de dos tercios para los hijos (descendientes), de la mitad para los padres (ascendientes) y de la mitad para el cónyuge. El resto se llama porción disponible y se deja a quien se quiera.
Esta calculadora es solo para Argentina y sigue los artículos 2444 a 2448 del Código Civil y Comercial. Es una estimación: el reparto final lo fija la sucesión.
Cuánto le corresponde a cada heredero
Estas son las fracciones de la ley (art. 2445):
| Heredero | Legítima | Porción disponible |
|---|---|---|
| Hijos y demás descendientes | 2/3 (de cada 3 pesos, 2 son suyos) | 1/3 |
| Padres y demás ascendientes | 1/2 | 1/2 |
| Cónyuge | 1/2 | 1/2 |
Si hay hijos y cónyuge, la porción disponible se calcula con la legítima mayor, la de los hijos (art. 2446). Los hijos heredan por partes iguales y el cónyuge recibe la misma parte que un hijo (arts. 2426 y 2433). Si hay padres y cónyuge, la legítima es de la mitad: una mitad para los padres y otra para el cónyuge.
Cómo usar la calculadora
- Valor de la herencia: lo que deja la persona fallecida, ya sin deudas ni gastos. Incluye sus bienes propios y la mitad de los gananciales.
- Quiénes heredan: solo hijos, hijos y cónyuge, solo padres, padres y cónyuge, o solo cónyuge.
- Número de hijos o ascendientes vivos, según tu elección.
- En opciones avanzadas, las donaciones hechas en vida y si hay un heredero con discapacidad.
Verás la legítima total, la porción disponible y la parte de cada heredero.
Fórmula
base = herencia + donaciones en vida legítima = base × 2/3 (hijos) o base × 1/2 (padres o cónyuge) porción disponible = base − legítima parte de cada heredero = legítima ÷ número de partes
Con hijos y cónyuge, el número de partes es el de hijos más uno. Con padres y cónyuge, cada grupo recibe la mitad de la legítima.
Ejemplo
Una persona deja una herencia de $ 120.000.000 y la sobreviven 2 hijos y su cónyuge:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Valor de la herencia | $ 120.000.000,00 |
| Legítima (2/3) | $ 80.000.000,00 |
| Porción disponible (1/3) | $ 40.000.000,00 |
| Parte de cada hijo | $ 26.666.666,67 |
| Parte del cónyuge | $ 26.666.666,67 |
De cada 3 pesos de la herencia, 2 están protegidos. Si el testamento deja los $ 40.000.000 libres a un amigo, los hijos y el cónyuge siguen recibiendo sus $ 80.000.000.
Qué cuentan las donaciones
Las donaciones en vida se suman a la herencia para calcular la legítima (art. 2445). Por ejemplo, con $ 100.000.000 de herencia y $ 20.000.000 donados, la base es de $ 120.000.000. Si hay 4 hijos, la legítima es de $ 80.000.000, a $ 20.000.000 cada uno.
Para cada hijo solo cuentan las donaciones hechas desde 300 días antes de su nacimiento. Para el cónyuge, las hechas después del casamiento.
Mejora por discapacidad
La persona fallecida puede dejar, además de la porción disponible, un tercio de las legítimas a un hijo o ascendiente con discapacidad (art. 2448). Es una mejora extra: se resta de la parte de los demás herederos, nunca de la del cónyuge. Marca la opción en avanzadas para ver cuánto sería.
Qué no cubre esta calculadora
- Hermanos, sobrinos y otros parientes no tienen legítima: heredan solo si no hay hijos, padres ni cónyuge.
- No calcula impuestos ni costos. Para eso, mira el costo de la sucesión y los honorarios del escribano.
- Si heredan abuelos, el reparto por líneas es distinto.
- Si hay una donación que supera la porción disponible, puede reducirse. El resultado de aquí es la parte mínima protegida.
Preguntas frecuentes
¿Puedo dejar toda mi herencia a una sola persona por testamento?
No, si tienes hijos, padres o cónyuge. Solo puedes dejar libre la porción disponible: un tercio con hijos y la mitad con padres o cónyuge.
¿Cuánto le toca al cónyuge cuando hay hijos?
Le toca la misma parte que a un hijo, dentro de la legítima de dos tercios. Con 2 hijos son 3 partes iguales.
¿Los nietos tienen legítima?
Sí, si su padre o madre murió antes. Ocupan su lugar y entre todos reciben lo que le habría tocado a él o ella (art. 2427).
¿Los hermanos tienen legítima en Argentina?
No. Los hermanos no son herederos protegidos: heredan solo si no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge.
¿Se puede renunciar a la legítima antes de que muera la persona?
No. La legítima de una sucesión que todavía no se abrió es irrenunciable (art. 2449).
¿Por qué mi reparto final puede ser distinto del resultado?
Porque aquí solo se aplican las fracciones del Código. El reparto real depende del inventario de bienes, las deudas, las donaciones y la partición.
