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Indemnización por licencia anual no gozada de un empleado público en Mendoza

Si dejas la administración de Mendoza sin haber gozado tu licencia anual, la ley prevé una indemnización supletoria. Calcula cuánto sería con tu sueldo y tus días trabajados. Solo para Argentina (Mendoza).

Solo Argentina · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en pesos argentinos (ARS)
$

La remuneración mensual normal y habitual, con los adicionales fijos.

días

Días efectivamente trabajados desde el 1 de enero hasta tu baja.

Opciones avanzadas

La ley dice «la remuneración de un día» sin fijar el divisor. Se usa 30; cámbialo si tu repartición liquida con otro.

Indemnización supletoria $ 1.300.000 Estimación bruta, antes de descuentos

Por este año cobrarías 5 días de sueldo ($ 250.000) y por el año anterior 21 días ($ 1.050.000).

Valor de un día
$ 50.000
Días del año del cese
5
Importe del año del cese
$ 250.000
Importe del año anterior
$ 1.050.000

Desglose

Concepto Días Importe
Año del cese (1 día cada 20 trabajados) 5 $ 250.000
Año anterior sin gozar 21 $ 1.050.000
Total 26 $ 1.300.000
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación: tu repartición puede usar otro divisor o incluir otros adicionales.
  • Si el agente falleció, la cobran sus herederos forzosos sin declaratoria.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Cómo lo calculamos y de dónde salen los datos

Indemnización por licencia anual no gozada de un empleado público en Mendoza · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • Un agente público de Mendoza que cesa sin gozar la licencia cobra un día de sueldo por cada 20 días trabajados en el año.
  • Con $ 1.500.000 al mes y 100 días trabajados, son 5 días: $ 250.000, porque cada día vale $ 50.000.
  • Si el cese es antes del 31 de mayo y no gozaste la licencia anterior, se suma ese año: 21 días serían $ 1.050.000 y el total $ 1.300.000.
  • Fuera de estos casos la licencia anual no se paga en dinero y, vencido el plazo, se pierde.

¿Cuánto pagan por la licencia anual no gozada en Mendoza?

Si cesas en la administración pública de Mendoza sin haber gozado la licencia anual, cobras una indemnización supletoria de un día de remuneración por cada 20 días trabajados. Si el cese es antes del 31 de mayo y no gozaste la licencia del año anterior, se suma también esa licencia. Lo dice el artículo 39 de la Ley 5811. Solo para Argentina (Mendoza).

La regla vale para el cese «por cualquier causa»: renuncia, baja o fallecimiento. En caso de fallecimiento, cobran los herederos forzosos sin necesidad de declaratoria.

Cómo usar la calculadora

  1. Escribe tu sueldo mensual normal y habitual.
  2. Indica los días trabajados en el año del cese, desde el 1 de enero hasta tu baja.
  3. Marca la casilla si dejas el cargo antes del 31 de mayo y no gozaste la licencia del año anterior, y elige cuántos días te correspondían.
  4. En opciones avanzadas puedes cambiar el divisor del valor del día (30 por defecto).

Fórmula

valor del día = sueldo mensual / 30
días del año = días trabajados / 20
total = (días del año + días del año anterior) x valor del día

La ley habla de «la remuneración de un día» pero no fija el divisor. Usamos 30 y puedes cambiarlo. Los días del año anterior son los del artículo 37: 14 días hasta 5 años de antigüedad, 21 hasta 10, 28 hasta 20 y 35 con más de 20 años.

Ejemplo

Sueldo de $ 1.500.000, 100 días trabajados y cese antes del 31 de mayo con 21 días de licencia sin gozar del año anterior.

ConceptoDíasImporte
Valor de un día1$ 50.000,00
Año del cese (100 / 20)5$ 250.000,00
Año anterior21$ 1.050.000,00
Total26$ 1.300.000,00

De cada 100 pesos del total, unos 19 vienen del año del cese y 81 del anterior.

Cuándo se suma el año anterior

Solo si se juntan dos cosas: el cese es antes del 31 de mayo y no gozaste la licencia del año anterior. Esa licencia se podía tomar entre el 1 de diciembre y el 30 de abril, y el goce debía terminar antes del 31 de mayo. Con el cese después del 31 de mayo, solo cuenta el año en curso.

Qué sueldo conviene usar

La ley habla de «la remuneración de un día». Para una estimación sencilla, usa el sueldo mensual normal y habitual, con los adicionales fijos que cobras cada mes. Si tu sueldo tiene partes variables, como horas suplementarias, el artículo 38 indica que en la licencia se promedian las retribuciones del año; en esta calculadora puedes introducir ese promedio mensual si lo conoces. El resultado es un importe bruto: antes de cobrarlo se aplican los descuentos que correspondan.

Qué significa «trabajados efectivamente»

Cuentan los días que realmente trabajaste desde el 1 de enero hasta el cese. Si, por ejemplo, trabajaste 100 días, te corresponden 5 días de indemnización. Si trabajaste 19, el resultado es 0,95 días, porque la ley no redondea: la calculadora muestra la fracción. Si dejas el cargo antes del 31 de mayo, ese año no puede tener más de 151 días trabajados, y por eso la calculadora no admite una cifra mayor.

Cómo saber los días del año anterior

Elige en la lista la antigüedad que tenías. El artículo 37 fija 14 días corridos hasta 5 años de antigüedad, 21 días de más de 5 y hasta 10 años, 28 días de más de 10 y hasta 20 años, y 35 días con más de 20 años. Si ya gozaste la licencia del año anterior, desmarca la casilla y solo se calcula el año del cese.

Preguntas frecuentes

¿Se pueden cobrar las vacaciones en dinero en la administración de Mendoza?

No, como regla. La licencia anual no se compensa en dinero y, vencido el plazo, se pierde. La excepción es el cese del agente sin haberla gozado.

¿Cuántos días cuentan para la indemnización?

Un día por cada 20 días trabajados efectivamente en el año del cese. Con 19 días trabajados, son 0,95 días.

¿Qué pasa si fallece el agente?

La indemnización corresponde a sus herederos forzosos, sin necesidad de declaratoria.

¿Y si dejo el cargo en septiembre?

Cuenta solo el año en curso: un día por cada 20 trabajados. El año anterior no se suma pasado el 31 de mayo.

¿Es exacta la cifra para un agente de Mendoza?

Es una estimación bruta. Tu repartición puede usar otro divisor o incluir adicionales distintos.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Cuando un dato depende de una ley o de un organismo público, se contrasta en su fuente oficial. La fórmula está en su apartado. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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