Saltar al contenido

Calculadora de compensación por maternidad en Argentina: el 25 % por año

Solo para Argentina. Escribe tu mejor sueldo y tus fechas de ingreso y de egreso. Verás cuánto te corresponde si decides no volver al trabajo después de tener un hijo, según el artículo 183 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Solo Argentina · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en pesos argentinos (ARS)
$

El sueldo bruto más alto de los últimos 12 meses, sin aguinaldo ni vacaciones.

El último día que trabajas, tras la licencia por maternidad.

Opciones avanzadas
$

Salario mínimo, vital y móvil de noviembre, según la Resolución 4/2026. Cámbialo si el Consejo del Salario fija otro.

Compensación por maternidad $ 1.200.000 bruta, si rescindes tu contrato
Años que cuentan 4 años o fracción mayor de 3 meses
Por cada año $ 300.000 25 % de tu sueldo

Con 4 años, 1 mes y 15 días de servicio te corresponden unos $ 1.200.000: 4 años por $ 300.000 (el 25 % de tu sueldo).

Antigüedad
4 años, 1 mes y 15 días
25 % de tu sueldo
$ 300.000
Salario mínimo (tope por año)
$ 398.800
Total
$ 1.200.000

Ver el cálculo

Concepto Cómo se calcula Importe
25 % de tu sueldo por año 25 % × $ 1.200.000,00 $ 300.000
Tope por año No se alcanza el salario mínimo $ 300.000
Total 4 años × $ 300.000,00 $ 1.200.000

Solo para Argentina, con el artículo 183 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación bruta: tu convenio o estatuto puede dar más.
  • Si eliges la excedencia (de 3 a 6 meses) no hay compensación: es un tiempo sin sueldo, con derecho a volver a tu puesto.
  • No incluye el aguinaldo, las vacaciones ni los días trabajados del mes, que se pagan aparte en la liquidación final.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: InfoLEG y Gobierno de Argentina · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de compensación por maternidad en Argentina: el 25 % por año · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Argentina, si no vuelves al trabajo tras tener un hijo, te corresponde el 25 % de tu sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de 3 meses (art. 183 de la LCT).
  • Cada año no puede pasar de un salario mínimo: en noviembre de 2026 son $ 398.800, así que el 25 % de un sueldo mayor de $ 1.595.200 se recorta.
  • Con un sueldo de $ 1.200.000 y 4 años de servicio, la compensación es de $ 1.200.000: $ 300.000 por año.
  • La excedencia, en cambio, es un descanso sin pago de 3 a 6 meses con derecho a volver a tu puesto.

¿Cuánto te corresponde si no vuelves al trabajo tras la maternidad?

Si decides no volver después de tener un hijo y rescindes tu contrato, te corresponde el 25 % de tu sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de 3 meses. Es la compensación del inciso b) del artículo 183 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Cada año no puede pasar de un salario mínimo, vital y móvil.

Dicho fácil: de cada 100 pesos de tu sueldo, te pagan 25 por cada año trabajado, hasta el tope del salario mínimo.

Qué opciones da el artículo 183

Cuando una trabajadora tiene un hijo, la ley le deja elegir entre tres caminos:

OpciónQué pasa¿Hay pago?
Seguir trabajandoSigues en tu puesto con las mismas condicionesTu sueldo de siempre
Rescindir el contratoDejas el trabajoSí, la compensación de esta calculadora
ExcedenciaTe tomas de 3 a 6 meses y vuelves a tu puestoNo, es un tiempo sin sueldo

La calculadora resuelve la segunda opción. La excedencia se explica más abajo.

Cómo usar la calculadora

  1. Mejor sueldo mensual normal y habitual: el sueldo bruto más alto de los últimos 12 meses, sin aguinaldo ni vacaciones.
  2. Fecha de ingreso: el día que empezaste en la empresa.
  3. Fecha en que termina tu contrato: tu último día de trabajo.
  4. Salario mínimo (opciones avanzadas): ya viene con el de noviembre. Cámbialo si el Consejo del Salario fija otro.

El resultado sale al momento con los valores de ejemplo.

Fórmula

Por año = menor entre (25 % × sueldo) y (salario mínimo)
Compensación = años que cuentan × por año

Los años que cuentan son los años completos más uno si la fracción final es mayor de 3 meses. Con exactamente 3 meses, no suma. El artículo 185 pide un año de antigüedad como mínimo en la empresa: con menos, no hay compensación.

Ejemplo

Una trabajadora cobra $ 1.200.000 al mes. Entró el 1 de septiembre de 2022 y su contrato termina el 15 de octubre de 2026.

PasoCuentaResultado
Antigüedad4 años y 1 mes y 15 días4 años
25 % del sueldo25 % × 1.200.000$ 300.000
Tope (salario mínimo)300.000 es menos que 398.800$ 300.000
Compensación4 × 300.000$ 1.200.000

Con un sueldo de $ 2.000.000, el 25 % serían $ 500.000 por año. Pero el tope es $ 398.800, así que cobraría 4 × 398.800 = $ 1.595.200.

Qué es la excedencia

La excedencia es un permiso voluntario y sin sueldo de entre 3 y 6 meses. Al terminar, tienes derecho a volver a tu puesto o a otro de la misma categoría (artículo 184). No cobras compensación, porque no dejas el trabajo.

Ojo: si durante la excedencia firmas un contrato con otro empleador, pierdes el derecho a volver.

Qué no incluye este cálculo

  • El aguinaldo, las vacaciones y los días del mes que te deban se pagan aparte. Míralos en la liquidación final.
  • Tu convenio o estatuto puede dar más que la ley; la calculadora usa el mínimo legal.
  • No es la indemnización por despido: esa tiene otras reglas, que puedes ver en la calculadora de indemnización por despido.

Es una estimación en pesos brutos. Tu recibo final puede variar.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no vuelvo al trabajo después de la licencia por maternidad?

Depende de lo que elijas. Si rescindes el contrato, cobras la compensación del 25 % por año de servicio. Si pides la excedencia, vuelves a tu puesto después de 3 a 6 meses, sin sueldo.

¿El tope se aplica por el total o por cada año?

Por cada año. El 25 % de tu sueldo de un año no puede pasar de un salario mínimo. Después se multiplica por los años que cuentan.

¿Cuenta una fracción de menos de 3 meses?

No. Cuenta solo la fracción mayor de 3 meses. Con 4 años y 2 meses, cuentan 4. Con 4 años y 4 meses, cuentan 5.

¿Cuánta antigüedad hace falta para cobrar esta compensación?

Un año como mínimo en la empresa (artículo 185). Con menos, ni la compensación ni la excedencia corresponden.

¿Cuánto tiempo tengo para decidir?

La ley fija plazos para cada camino, que se explican en la licencia por maternidad. Esta calculadora no los calcula: solo estima el importe de la compensación.

¿Puedo pedir la excedencia si tengo un hijo enfermo?

Sí. Los incisos b) y c) del artículo 183 también valen para la madre que cuida a un hijo enfermo menor de edad a su cargo, con los límites que fije la reglamentación.

¿Esta compensación paga impuestos?

Es un importe bruto. Si te corresponden descuentos o impuestos depende de tu caso: confírmalo con tu empleador o con ARCA.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula está en su apartado. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

Otras calculadoras que te pueden interesar