En resumen
- En Perú, si no gozas tus vacaciones dentro del año siguiente a cumplirlas, te corresponde el triple vacacional: tres remuneraciones por ese periodo.
- Una de las tres es el trabajo que ya hiciste y cobraste en tu sueldo; faltan por pagar dos: el descanso no gozado y una indemnización.
- Con un sueldo de S/ 2,500.00 y un periodo vencido, te corresponde cobrar S/ 5,000.00; con el trabajo ya cobrado, el triple suma S/ 7,500.00.
- La indemnización no lleva aportes ni impuestos; el descanso no gozado sí lleva descuento de pensión y renta de quinta categoría.
Qué es la indemnización vacacional
La indemnización vacacional es un pago extra que la ley pone cuando la empresa no te deja gozar tus vacaciones a tiempo. Se conoce como triple vacacional. Está en el artículo 23 del Decreto Legislativo 713: si no gozas el descanso «dentro del año siguiente» a aquel en que adquiriste el derecho, te corresponden tres remuneraciones por ese periodo.
Solo cuenta si el periodo ya venció. Un descanso recién cumplido todavía está en plazo y se paga como vacaciones normales.
Las tres remuneraciones
| Parte | Qué es | Cómo se paga |
|---|---|---|
| a) Trabajo realizado | Lo que ganaste por trabajar durante tus vacaciones | Ya la cobraste en tu sueldo de esos meses |
| b) Descanso no gozado | La remuneración vacacional que no tomaste | Una remuneración por periodo vencido, con descuento de pensión |
| c) Indemnización | Una remuneración más, por no haber descansado | Sin aportes ni impuestos |
Por eso, de las tres remuneraciones, lo que queda por pagar son dos: b y c. La calculadora te muestra ambos números: lo que te corresponde cobrar y el triple completo.
Cómo usar la calculadora
- Escribe tu sueldo bruto mensual: la ley usa el que percibes cuando te pagan.
- Elige la fecha en que empezaste y el día del cálculo (hoy, o el día que dejaste el trabajo).
- Indica cuántos años de vacaciones ya gozaste. Se cuentan de los más antiguos a los más nuevos.
- Si firmaste por escrito acumular dos descansos, márcalo en Opciones avanzadas: el plazo pasa a dos años.
Cómo se decide qué periodo está vencido
Cada vez que cumples un año de trabajo, ganas un periodo de vacaciones. Tienes hasta el día anterior al siguiente aniversario para gozarlo. Pasado ese día, el periodo vence y se activa el triple.
- Si empezaste el 1 de marzo de 2024, tu primer periodo se cumplió el 1 de marzo de 2025 y venció el 28 de febrero de 2026.
- El periodo cumplido el 1 de marzo de 2026 sigue en plazo hasta el 28 de febrero de 2027.
- Con un acuerdo escrito de acumular dos descansos, el plazo de cada periodo es de dos años.
Ejemplo: sueldo de S/ 2,500.00 y dos años sin gozar
Empezaste el 1 de marzo de 2024, ganas S/ 2,500.00, no gozaste ninguna vacación y haces el cálculo el 4 de noviembre de 2026. Tienes 2 periodos sin gozar: uno vencido y otro dentro del plazo.
| Parte | Importe |
|---|---|
| a) Trabajo realizado (ya cobrado) | S/ 2,500.00 |
| b) Descanso no gozado | S/ 2,500.00 |
| c) Indemnización | S/ 2,500.00 |
| Te corresponde cobrar (b + c) | S/ 5,000.00 |
| Triple vacacional (a + b + c) | S/ 7,500.00 |
El otro periodo, que sigue en plazo, vale S/ 2,500.00 y se paga como vacaciones, sin indemnización.
Con las mismas fechas, estos cambios mueven el resultado:
- Con asignación familiar (S/ 123.00 más al mes): te corresponde cobrar S/ 5,246.00.
- En la micro y pequeña empresa: las vacaciones son de 15 días por año (Ley 32353, artículo 49), así que la calculadora toma cada remuneración del triple como medio sueldo (S/ 1,250.00) y te corresponde cobrar S/ 2,500.00.
- Si ya gozaste un año: queda un solo periodo, todavía en plazo, y el resultado es S/ 0.00.
Qué pasa con los descuentos
La indemnización (c) no lleva aportes ni impuestos: la cobras entera. El descanso no gozado (b) es remuneración y lleva el descuento de tu AFP u ONP y, según lo que ganes en el año, la retención de renta de quinta categoría. La calculadora muestra importes brutos. Para ver cuánto queda de tu sueldo mensual usa la calculadora de sueldo neto.
Cómo se relaciona con tu liquidación
Si dejas el trabajo, la empresa también te paga las vacaciones del año en curso. Esa parte se calcula en la calculadora de vacaciones truncas, y todos los pagos de salida juntos están en la calculadora de liquidación de beneficios sociales. Los días de descanso que te tocan cada año están en la calculadora de vacaciones. Si saliste por un despido sin causa justa, esa indemnización es otra y se calcula en la calculadora de indemnización por despido arbitrario.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo corresponde el triple vacacional?
Cuando no gozas tus vacaciones dentro del año siguiente a aquel en que cumpliste el derecho. Si firmaste por escrito acumular dos descansos, el plazo es de dos años.
¿Cuánto es la indemnización vacacional?
Una remuneración mensual por cada periodo vencido. Con S/ 2,500.00 son S/ 2,500.00 por periodo. Junto con el descanso no gozado, son S/ 5,000.00 por periodo.
¿Por qué el triple si son solo dos pagos?
Porque la ley cuenta tres remuneraciones: la del trabajo realizado, que ya cobraste en tu sueldo, la del descanso no gozado y la indemnización. Por eso se pagan dos más.
¿Qué remuneración toma el triple vacacional en Perú?
Con la remuneración que percibes en el momento del pago, según el último párrafo del artículo 23. Si tu sueldo subió, el cálculo usa el nuevo.
¿Qué pasa con las vacaciones que todavía están en plazo?
Se gozan o se pagan como vacaciones normales, sin indemnización. En el ejemplo, el periodo en plazo vale S/ 2,500.00 y la calculadora lo muestra aparte.
¿Cuántos periodos puedo tener vencidos?
Todos los que haya, uno por año completo menos el último. Con S/ 2,500.00, cuatro periodos vencidos suman S/ 20,000.00 por descanso e indemnización.
