En resumen
- En Perú, el servidor público que cesa sin gozar sus vacaciones cobra una remuneración mensual total por cada ciclo laboral acumulado.
- Si el ciclo no está completo, se paga por dozavas partes: con S/ 3,000, cada mes completo suma S/ 250.00.
- Con S/ 3,000, un ciclo completo y 7 meses del siguiente, la compensación bruta es de S/ 4,750.00.
- Si el servidor fallece, cobran sus familiares en orden excluyente: cónyuge, hijos, padres o hermanos.
Cómo se calcula la compensación vacacional al cesar
Si cesas como servidor público en Perú sin haber gozado tus vacaciones, cobras una remuneración mensual total por cada ciclo laboral acumulado. Lo dice el artículo 104 del Reglamento de la Carrera Administrativa (D. S. 005-90-PCM). Si el ciclo no está completo, el pago es proporcional al tiempo trabajado, por dozavas partes.
Un ciclo laboral son doce meses de trabajo efectivo. Cuentan las licencias remuneradas y el mes de vacaciones (artículo 102).
Esta página es solo para servidores públicos del régimen del Decreto Legislativo 276. Si trabajas en una empresa privada, mira vacaciones en Perú o las vacaciones truncas.
Cómo usar la calculadora
- Remuneración mensual total: el monto mensual de tu boleta, antes de descuentos.
- Ciclos completos sin gozar: cuántos períodos de doce meses cumpliste sin tomar las vacaciones.
- Meses completos del ciclo en curso: de 0 a 11, desde tu último ciclo completo.
- Opción avanzada: marca si el cese es por fallecimiento del servidor.
Fórmula
total = remuneración × ciclos + remuneración × meses / 12
- ciclos: ciclos laborales completos sin gozar.
- meses: meses completos del ciclo incompleto.
- remuneración / 12: una dozava parte.
Ejemplo
Un servidor con una remuneración de S/ 3,000.00, un ciclo completo sin gozar y 7 meses del ciclo siguiente:
| Concepto | Cuenta | Resultado |
|---|---|---|
| Un ciclo completo | 3,000.00 × 1 | S/ 3,000.00 |
| Una dozava parte | 3,000.00 / 12 | S/ 250.00 |
| 7 meses del ciclo en curso | 3,000.00 × 7 / 12 | S/ 1,750.00 |
| Compensación total | S/ 4,750.00 |
De cada 100 soles de compensación, unos 63 vienen del ciclo completo y 37 de las dozavas.
Ejemplo con más de un ciclo
Si dejaste pasar dos años sin tomar vacaciones y cesas con 3 meses del tercer año, ingresas 2 ciclos y 3 meses. Con una remuneración de S/ 3,000.00 el pago por ciclos es S/ 6,000.00 y las dozavas suman S/ 750.00, es decir, S/ 6,750.00 en total. Si el cese llega justo al cumplir el ciclo, esos 12 meses cuentan ya como un ciclo completo y no como dozavas.
Si el servidor fallece
La compensación no se pierde: se entrega a los familiares directos, en un orden excluyente. Primero el cónyuge; si no hay, los hijos; después los padres y, por último, los hermanos. Cobra el primer grupo que exista (artículo 104).
Qué no incluye este cálculo
- Es un importe bruto: no resta descuentos de ley.
- No incluye otros beneficios del cese, como la compensación por tiempo de servicios.
- Parte de la remuneración que escribes: confirma con tu entidad qué conceptos la componen.
- Es una estimación. El pago real lo fija tu entidad.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me pagan por vacaciones no gozadas si dejo el Estado?
Una remuneración mensual total por cada ciclo laboral acumulado. Con S/ 3,000.00 y dos ciclos, serían S/ 6,000.00.
¿Qué son las dozavas partes?
Es la remuneración dividida entre 12. Se paga una por cada mes completo del ciclo que no llegó a cumplirse. Con S/ 3,000.00, cada mes vale S/ 250.00.
¿Cuántos ciclos puedo acumular?
El reglamento permite acumular hasta dos períodos de vacaciones de común acuerdo con la entidad, preferentemente por razones del servicio. La calculadora no limita ese número para que puedas revisar cualquier caso.
¿Cuenta el mes en que cesé si no lo trabajé entero?
No. La calculadora usa solo meses completos del ciclo en curso. Una fracción de mes no se suma: si dudas, consulta con la oficina de personal de tu entidad cómo la cuenta.
¿Qué remuneración de servidor público peruano debo escribir al cesar?
La remuneración mensual total que figura en tu boleta al momento de cesar, antes de descuentos. Si tu entidad usa otro criterio para algún concepto, el resultado real puede variar.
¿Quién cobra si el servidor fallece?
Sus familiares directos, en orden excluyente: cónyuge, hijos, padres o hermanos.
¿Se paga si cesé antes de cumplir un año?
Sí, por dozavas partes: pones 0 ciclos y los meses completos trabajados. Con S/ 3,000.00 y 5 meses salen S/ 1,250.00.
