En resumen
- En Puerto Rico la licencia de maternidad es de 8 semanas, 4 antes y 4 después del parto, y tu patrono te paga el sueldo completo, no la mitad.
- Con un sueldo de $2,600 al mes ganas $600.00 por semana: tu patrono te paga $4,800.00 por las 8 semanas, casi 2 meses de sueldo.
- Si adoptas a un menor de 5 años o menos tienes las mismas 8 semanas; si el menor tiene 6 años o más, hasta 5 semanas, que con ese sueldo son $3,000.00.
- Si el parto se atrasa después de tus 4 semanas previas, esas semanas también se pagan completas; con una complicación puedes tener hasta 12 semanas más, sin pago y con tu empleo reservado.
¿Cuántas semanas dura la licencia de maternidad en Puerto Rico?
La licencia de maternidad en Puerto Rico dura 8 semanas: 4 antes del parto y 4 después. Tu patrono te paga el sueldo completo durante esas semanas, no la mitad. Con un sueldo de $2,600 al mes, son $4,800.00 en total.
La regula la Ley 3 de 1942, Ley de Protección a las Madres Obreras, y la aplica el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH). Puedes ver también el texto revisado en la Biblioteca Virtual de la OGP. Esta calculadora es solo para Puerto Rico y para empleadas de la empresa privada.
Cómo usar la calculadora
- Parto o adopción: elige tu caso. En adopción importa la edad del menor.
- Tu sueldo: el promedio de lo que ganaste en los últimos 6 meses, al mes o a la semana.
En Opciones avanzadas puedes cambiar cuántas semanas tomas antes del parto, añadir semanas de atraso del parto y las semanas extra por una complicación después de dar a luz.
Cuánto paga el patrono
Tu patrono paga la totalidad de tu sueldo durante el descanso. Para calcularlo usa el promedio de lo que ganaste en los 6 meses anteriores al descanso. Si llevas menos de 6 meses, usa tu sueldo al empezar la licencia. El pago se hace al comenzar el descanso.
La licencia cuenta también si estás de vacaciones o con licencia por enfermedad, mientras tu relación con el patrono siga vigente. Y el descanso aplica a las empleadas con contrato por tiempo determinado mientras dure el contrato.
Fórmula
sueldo por semana = sueldo mensual × 12 ÷ 52 pago de la licencia = sueldo por semana × semanas pagadas
Si tu sueldo ya es semanal, es directamente tu sueldo por semana.
Ejemplo: $2,600 al mes y parto
Con $2,600 al mes, tu sueldo por semana es de $600.00. Las 8 semanas de licencia suman $4,800.00, que son 1.85 meses de sueldo.
| Etapa | Semanas | Pago del patrono |
|---|---|---|
| Antes del parto | 4 | $2,400.00 |
| Después del parto | 4 | $2,400.00 |
| Total | 8 | $4,800.00 |
Con un sueldo de $2,500 al mes, el sueldo por semana es de $576.92 y las 8 semanas suman $4,615.38.
Puedes tomar solo 1 semana antes
Si tu médico certifica que puedes trabajar hasta una semana antes del parto, puedes tomar solo 1 semana antes y hasta 7 después. Siguen siendo 8 semanas en total y el pago es el mismo. Si el bebé nace antes de que termines tu descanso previo, las semanas que no usaste antes se suman a las de después, también a sueldo completo.
También puedes pedir volver al trabajo después de las primeras 2 semanas de descanso posterior al parto, con un certificado médico que diga que estás en condiciones de trabajar. En ese caso renuncias a las semanas que quedaban.
Si adoptas
La licencia por adopción depende de la edad del menor:
- 5 años o menos (que no esté matriculado en una escuela): las mismas 8 semanas que quien da a luz, con el mismo pago.
- 6 años o más: hasta 5 semanas.
La licencia empieza cuando recibes al menor en tu familia. Tienes que avisar a tu patrono 30 días antes de que quieras tomarla y darle la evidencia de la adopción. Con 8 semanas y $2,600 al mes son $4,800.00; con 5 semanas, $3,000.00. Puedes volver al trabajo antes si lo pides, pero renuncias a las semanas que te quedaban. La ampliación de hasta 12 semanas por complicación es solo después de un parto, no en la adopción.
Si el parto se atrasa o hay complicaciones
- Atraso del parto: si ya tomaste las 4 semanas antes y el bebé no ha nacido, el descanso sigue a sueldo completo hasta el parto. Con 2 semanas de atraso, son 10 semanas pagadas: $6,000.00.
- Complicación después del parto: si por una complicación no puedes trabajar más de 4 semanas después del parto, el descanso se amplía hasta 12 semanas más, con un certificado médico. En esas semanas tu patrono no paga, pero tiene que guardarte el empleo.
SINOT y licencia de maternidad
Como tu patrono paga el 100 % del sueldo, el SINOT no paga nada por el embarazo esas semanas: solo cubre la diferencia hasta el 75 % de tu sueldo semanal.
Preguntas frecuentes
¿La licencia de maternidad en Puerto Rico es con sueldo completo o con medio sueldo?
Con sueldo completo. La Ley 3 dice que el patrono paga "la totalidad del sueldo" durante el período de descanso, calculado con el promedio de tus últimos 6 meses.
¿Puede despedirme mi patrono si estoy embarazada?
No sin justa causa, y lo mismo si adoptas a un menor. Si te despiden estando embarazada, la ley presume que el despido fue injustificado y el patrono tiene que probar lo contrario. Rendir menos por el embarazo nunca es justa causa.
¿Necesito un certificado médico?
Sí, para tomar el descanso por embarazo necesitas un certificado médico que lo indique. Los médicos tienen que darlo sin costo. Para tomar solo 1 semana antes del parto, necesitas otro certificado que diga que estás en condiciones de trabajar.
¿Puedo tomar la licencia si me quedan pocos días de contrato?
La ley cubre también los contratos por tiempo determinado mientras dure el contrato. Si te crearon una expectativa real de seguir trabajando, la protección sigue más allá de la fecha en que terminaba.
¿Cuándo me pagan la licencia?
Al momento de empezar el descanso por embarazo o la licencia por adopción. La ley dice que el pago se hace efectivo en ese momento.
¿Esta calculadora sirve para la licencia del padre en Puerto Rico?
No. Solo cubre la licencia de la madre de la Ley 3, por parto o por adopción.
