En resumen
- En México, la multa del IMSS por no pagar cuotas va del 40 % al 100 % del importe omitido; sobre $20,000 son de $8,000.00 a $20,000.00.
- Con 6 meses de atraso y recargos del 2.07 % al mes (12.42 %), esos $20,000 suman $2,484.00 de recargos y un total de $30,484.00 con la multa mínima.
- Si el patrón paga por su cuenta, antes de que el IMSS descubra la omisión o le notifique algo, no se impone multa (art. 304 C).
- Los recargos se cobran hasta por 60 meses.
Cuánto es la multa del IMSS por no pagar cuotas
Si un patrón no paga las cuotas obrero patronales, el IMSS le impone una multa del 40 % al 100 % del importe omitido. Lo dice el artículo 304 de la Ley del Seguro Social. De cada $100 que dejaste de pagar, la multa es de entre $40 y $100.
Esta calculadora es solo para México. Es una estimación: el porcentaje exacto lo decide el IMSS según la gravedad del caso, y la cifra oficial la emite el Instituto.
Con los valores de ejemplo, unas cuotas omitidas de $20,000 llevan una multa de entre $8,000.00 y $20,000.00. Con el 40 %, la multa es de $8,000.00. A eso se suman los recargos por el atraso: con 6 meses, $2,484.00. El total es de $30,484.00.
Cómo usar la calculadora
- Cuotas que no pagaste: el importe omitido, sin multa. Si no lo tienes, calcúlalo con la calculadora de cuotas del IMSS.
- Porcentaje de multa: de 40 a 100. Si no sabes cuál te tocará, mira el rango que da el resultado.
- Meses de atraso: cada fracción de mes cuenta como mes completo.
- ¿Pagas por tu cuenta?: elige «Sí» si regularizas antes de que el IMSS descubra la omisión o te notifique algo.
En «Opciones avanzadas» puedes cambiar la tasa de recargos.
Cuándo no hay multa
El artículo 304 C dice que no se impone multa cuando se cumplen de forma espontánea las obligaciones fuera de plazo. El cumplimiento no es espontáneo si:
- El IMSS descubre la omisión.
- La corriges después de que el IMSS notificó una orden de visita, un requerimiento u otra gestión para comprobar tus obligaciones.
- La corriges más de 15 días después de presentar el dictamen de contador público autorizado que la señala.
También se exime la multa si hubo caso fortuito o fuerza mayor. En el caso espontáneo sigues pagando las cuotas y los recargos; lo que desaparece es la multa.
Multa y recargos no son lo mismo
Los recargos compensan el atraso: un porcentaje por cada mes o fracción, hasta 60 meses. En 2026 son del 2.07 % al mes (la prórroga de 1.38 % de la Ley de Ingresos, más un 50 %). La multa es una sanción aparte, un porcentaje del importe omitido.
Esta página calcula los recargos sobre la cuota sin actualizar. Si quieres sumar la actualización por inflación con el INPC, usa la calculadora de recargos de cuotas del IMSS.
Ejemplo paso a paso
- Cuotas omitidas: $20,000.
- Multa al 40 %: $20,000 × 0.40 = $8,000.00. Al 100 % sería $20,000.00.
- Recargos: 6 meses × 2.07 % = 12.42 %. Y $20,000 × 12.42 % = $2,484.00.
- Total: $20,000 + $2,484.00 + $8,000.00 = $30,484.00.
- Si pagas por tu cuenta antes de que el IMSS lo descubra: $20,000 + $2,484.00 = $22,484.00.
Qué conceptos cuentan como omitidos
El artículo 304 habla de los conceptos fiscales del artículo 287: las cuotas, los capitales constitutivos, su actualización y los recargos. Todos tienen el carácter de crédito fiscal. Si tu omisión es de cuotas bimestrales de retiro, cesantía y vejez o del Infonavit, suma ese importe en la primera casilla. Para estimar la aportación al Infonavit, mira la calculadora de aportaciones al Infonavit.
Si lo que buscas es la multa por infracciones como no inscribir a un trabajador a tiempo, esa se calcula en veces la UMA y no sobre la cuota: consulta la calculadora de multas por infracciones del patrón ante el IMSS.
Preguntas frecuentes
¿De cuánto es la multa del IMSS por omitir cuotas?
Del 40 % al 100 % del importe que dejaste de pagar. Sobre $10,000 omitidos, la multa va de $4,000 a $10,000.
¿Cómo evito la multa?
Pagando de forma espontánea: antes de que el IMSS descubra la omisión y antes de que notifique una visita o un requerimiento. Los recargos se pagan igual.
¿Se pueden pagar solo las cuotas sin la multa?
Las cuotas y los recargos se deben siempre. La multa solo se evita si el cumplimiento es espontáneo, o si el IMSS deja sin efecto la multa cuando se acredita que no hubo infracción (art. 304 D).
¿Qué pasa si el atraso es de más de cinco años?
Los recargos se cobran como máximo por 60 meses. La calculadora deja de sumarlos después del mes 60.
¿La multa incluye los recargos?
No. Son dos conceptos distintos. La calculadora los muestra por separado y luego los suma en el total.
¿Qué porcentaje de multa me pondrán?
La ley solo da el rango. El IMSS considera la gravedad, las condiciones del infractor y, en su caso, la reincidencia. Por eso la calculadora enseña el mínimo y el máximo.
Fuentes oficiales
- Ley del Seguro Social: artículos 40 A, 287, 304, 304 C y 304 D.
- Código Fiscal de la Federación: artículo 21.
- Ley de Ingresos de la Federación: tasa de prórroga de 2026.
