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Calculadora de cuándo volver a proponer un juicio laboral tras la perención en Venezuela

Calculadora solo para Venezuela. Escribe el día en que el tribunal declaró la perención y verás el último día de espera y el primer día en que puedes volver a proponer el juicio.

Solo Venezuela · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos

La fecha del auto del tribunal que declara la perención de la instancia.

Opciones avanzadas

El artículo 204 no lo precisa; la regla general del artículo 66 cuenta los días por días hábiles.

Primer día para volver a proponer el juicio martes 9 de marzo de 2027 127 días de calendario desde la perención
Último día de espera (día 90) lunes 8 de marzo de 2027 126 días de calendario desde la perención

Si la perención se declaró el lunes 2 de noviembre de 2026, no puedes volver a proponer el juicio antes del martes 9 de marzo de 2027.

Día de la declaración de perención
lunes 2 de noviembre de 2026
Último día del lapso de 90 días
lunes 8 de marzo de 2027
Primer día para volver a proponer (art. 204)
martes 9 de marzo de 2027
Días de calendario hasta el último día del lapso
126
Días de calendario hasta el primer día
127
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación con la LOPTRA. Manda el tribunal: confirma las fechas en el expediente.
  • La perención no te quita el derecho: solo extingue el proceso. Tienes que esperar 90 días para volver a proponerlo (arts. 203 y 204).
  • El artículo 204 no dice si son días hábiles. Aquí se cuentan hábiles por la regla general del artículo 66; en las opciones avanzadas puedes contarlos continuos.
  • Los feriados no están incluidos: añádelos en las opciones avanzadas. El día de la declaración no cuenta.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: mpppst.gob.ve · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de cuándo volver a proponer un juicio laboral tras la perención en Venezuela · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Venezuela, tras declararse la perención de la instancia laboral no se puede volver a proponer el juicio hasta que pasen 90 días (LOPTRA, art. 204).
  • Si el tribunal la declara el lunes 2 de noviembre, el día 90 hábil es el lunes 8 de marzo, a 126 días de calendario.
  • El primer día para volver a proponer es el martes 9 de marzo, a 127 días de calendario.
  • La perención no borra el derecho: solo extingue el proceso (art. 203).

¿Cuándo se puede volver a proponer un juicio laboral tras la perención?

Cuando hayan pasado 90 días desde que el tribunal declaró la perención. Lo dice el artículo 204 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPTRA): en ningún caso se puede volver a proponer el juicio si no han transcurrido noventa días después de declarada. Esta calculadora es solo para Venezuela y da una estimación: la última palabra la tiene el tribunal.

Escribe el día de la declaración y la calculadora te da el último día de espera y el primer día para volver a proponer.

Qué es la perención y qué no quita

La perención es la extinción de la instancia por inactividad. El artículo 201 de la LOPTRA la prevé cuando pasa un año sin que las partes hagan ningún acto de procedimiento. También procede si, tras vista la causa, pasa más de un año sin actividad de las partes ni del juez.

Se produce de pleno derecho y el tribunal la declara de oficio (art. 202). Lo importante es el artículo 203: la perención no impide volver a proponer el juicio. Solo extingue el proceso. Además, mientras dura, no corren los lapsos de prescripción de la forma habitual.

Cómo se cuentan los 90 días

El artículo 204 no dice si son días hábiles o continuos. La regla general de la LOPTRA (art. 66) es que los lapsos por días se cuentan por días hábiles, salvo que la ley diga que son continuos. Por eso la calculadora usa hábiles por defecto, que es la opción más prudente.

  1. El día de la declaración no cuenta. El día 1 es el siguiente día hábil.
  2. Hábil es el día en que el tribunal despacha. No lo son sábados, domingos, jueves y viernes santos, feriados, vacaciones judiciales ni días sin despacho (art. 67).
  3. El día 90 es el último de espera. El primer día para volver a proponer es el siguiente.
  4. Si ese día siguiente no es hábil, pasa al primer día hábil posterior (art. 66).

Los feriados no vienen incluidos porque cambian: añádelos tú en las opciones avanzadas. También puedes contar 90 días continuos de calendario.

Cómo usar la calculadora

  • Día en que se declaró la perención: la fecha del auto del tribunal. Es el único dato necesario.
  • Cómo contar los 90 días (avanzado): días hábiles, por defecto, o días continuos.
  • Días no hábiles extra (avanzado): hasta 4 fechas de feriados o días sin despacho.

Ejemplo

Perención declarada el lunes 2 de noviembre de 2026, sin feriados extra:

PasoFechaDías de calendario
Declaración de la perenciónlunes 2 de noviembre de 20260
Día 90 (último de espera)lunes 8 de marzo de 2027126
Primer día para volver a proponermartes 9 de marzo de 2027127

Los 90 días hábiles son 18 semanas de lunes a viernes. En calendario suman unos 126 días, más si hay feriados: cada feriado entre semana alarga el lapso un día hábil. Si cuentas 90 días continuos desde esa misma fecha, el día 90 es el domingo 31 de enero de 2027 y el primer día hábil es el lunes 1 de febrero de 2027, 91 días de calendario después.

Qué conviene saber

Fuente oficial: Ley Orgánica Procesal del Trabajo, publicada por el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (arts. 66, 67 y 201 a 204).

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días hay que esperar tras la perención?

Noventa días después de declarada, según el artículo 204 de la LOPTRA. Con el criterio de días hábiles, son unas 18 semanas de lunes a viernes.

¿Desde qué día empiezan a contar los 90 días?

Desde el día siguiente a la declaración. El día en que el tribunal declara la perención no se cuenta.

¿Los 90 días son hábiles o de calendario?

El artículo no lo precisa. La regla general del artículo 66 dice que los lapsos por días son hábiles, y así lo calcula esta página. Puedes cambiar a continuos en las opciones avanzadas.

¿Qué pasa si el día 91 cae en fin de semana?

El primer día para volver a proponer pasa al primer día hábil siguiente, normalmente el lunes (art. 66).

¿La perención hace perder el derecho?

No. El artículo 203 dice que la perención solo extingue el proceso y no impide volver a proponerlo, una vez pasados los 90 días.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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