En resumen
- La pensión del IPS prescribe a los 24 meses desde el fallecimiento del asegurado o jubilado.
- Los subsidios por reposo, los gastos fúnebres, la invalidez y las indemnizaciones prescriben a los 12 meses.
- Un reposo que terminó el 10 de marzo se puede pedir hasta el 10 de marzo del año siguiente.
- La jubilación ordinaria no prescribe nunca.
¿Hasta cuándo puedo cobrar un beneficio del IPS?
Depende del beneficio. La pensión se puede pedir hasta 24 meses después del fallecimiento. Los subsidios, los gastos fúnebres, la invalidez y las indemnizaciones se pueden pedir hasta 12 meses después de la fecha que marca la ley. La jubilación ordinaria no tiene plazo. Esta calculadora es solo para Paraguay.
Lo dice el artículo 84 de la Carta Orgánica del IPS. Pasado el plazo, el derecho prescribe: ya no se puede cobrar.
Qué plazo tiene cada beneficio
| Beneficio | Plazo | El plazo cuenta desde |
|---|---|---|
| Jubilación ordinaria | No prescribe | No aplica |
| Pensión | 24 meses | Fallecimiento del asegurado o jubilado |
| Jubilación por invalidez (enfermedad o accidente de trabajo) e indemnizaciones | 12 meses | Fin del último reposo médico o último aporte obrero patronal |
| Subsidio y gastos fúnebres | 12 meses | Fallecimiento del asegurado |
| Subsidio por reposo (enfermedad, accidente de trabajo, maternidad) | 12 meses | Fin del último reposo médico |
Cómo usar la calculadora
- Elige el beneficio.
- Escribe la fecha de inicio del plazo, la de la última columna de la tabla.
- Si quieres, en opciones avanzadas cambia la fecha de hoy.
En invalidez, si dudas entre el último reposo y el último aporte, pon la fecha más antigua: es la opción prudente.
Cómo se calcula la fecha límite
fecha límite = fecha de inicio + plazo en meses días que quedan = fecha límite − fecha de hoy
Se suman meses completos y se mantiene el mismo día. Si ese día no existe en el mes final, se toma el último día del mes: 29-02-2024 más 12 meses da 28-02-2025. Contamos el día límite como el último día para pedir el beneficio.
Ejemplo
Un reposo médico terminó el 10-03-2026 y hoy es el 06-11-2026.
| Dato | Resultado |
|---|---|
| Beneficio | Subsidio por reposo |
| Plazo | 12 meses |
| Fecha límite | 10-03-2027 |
| Días que quedan | 124 días |
Con el mismo reposo, si hoy fuera el 11-03-2027, el derecho ya habría prescrito.
Qué significa que un beneficio prescriba
Prescribir quiere decir que, pasado el plazo sin haber pedido el beneficio, el derecho se pierde. No importa que antes tuvieras todos los requisitos: si lo pides tarde, el IPS puede rechazarlo por haber prescrito. Por eso conviene saber cuál es tu fecha límite y no esperar al último día.
Otro ejemplo: una persona falleció el 06-11-2024. Su familia puede pedir la pensión hasta el 06-11-2026, porque el plazo es de 24 meses. En cambio, los gastos fúnebres de esa misma persona solo se podían pedir hasta el 06-11-2025, porque su plazo es de 12 meses. Cada beneficio tiene su propio reloj, aunque salgan del mismo hecho.
Qué hacer si queda poco tiempo
- Reúne cuanto antes los documentos del caso: cédula, certificado de reposo o acta de defunción.
- Pide el beneficio en el IPS dentro del plazo. Confirma allí qué documentos necesitas.
- Si tienes dudas sobre qué fecha cuenta, consulta en el IPS antes de que se acerque el límite.
- Guarda una copia de todo lo que entregues y anota la fecha en que lo presentaste, por si luego necesitas demostrar que lo pediste a tiempo.
Preguntas frecuentes
¿La jubilación ordinaria también prescribe?
No. El artículo 84 dice que el derecho a solicitarla es imprescriptible. Puedes pedirla cuando cumplas los requisitos.
¿Desde cuándo cuentan los 24 meses de la pensión?
Desde la fecha del fallecimiento del asegurado o jubilado. Si falleció el 06-11-2024, el último día es el 06-11-2026.
¿Los gastos fúnebres tienen el mismo plazo que la pensión?
No. Los gastos fúnebres y los subsidios por fallecimiento prescriben a los 12 meses, no a los 24 de la pensión.
¿Qué pasa si el último día del plazo del IPS cae en fin de semana?
La Carta Orgánica del IPS no dice nada al respecto. Por prudencia, la calculadora no mueve la fecha: pide el beneficio antes.
¿La fecha límite que da la calculadora es oficial?
No. Es una estimación con el artículo 84 de la Carta Orgánica del IPS de Paraguay. El IPS decide cada caso.
Fuente: Carta Orgánica del Seguro Social del IPS, artículo 84 (Ley 98/92).
