En resumen
- En Colombia, si confiesas o aceptas cargos en la investigación, la suspensión, la multa o la inhabilidad se disminuyen hasta la mitad; en el juzgamiento, una tercera parte.
- Una suspensión de 12 meses queda en 6 meses si aceptas los cargos en la investigación y en 8 meses si lo haces en el juzgamiento.
- Una multa de 60 días con salario de $ 3.000.000 baja de $ 6.000.000 a $ 3.000.000 en la investigación y a $ 4.000.000 en el juzgamiento.
- La rebaja no se aplica a las faltas gravísimas del artículo 52 del Código General Disciplinario.
¿Cuánto se reduce la sanción disciplinaria si confieso?
Si confiesas o aceptas los cargos en la investigación, la sanción baja hasta la mitad. Si lo haces en el juzgamiento, baja una tercera parte. Así lo dice el artículo 162 de la Ley 1952 de 2019 (Código General Disciplinario), con la reforma de la Ley 2094 de 2021.
Esta página es solo para Colombia. El resultado es una estimación: la autoridad disciplinaria fija la sanción y la rebaja exactas en el fallo.
De cada 12 meses de suspensión, quedan 6 si aceptas en la investigación y 8 si aceptas en el juzgamiento.
Cómo usar la calculadora
- Elige la etapa: investigación o juzgamiento.
- Elige la sanción: suspensión (en meses), multa (en días de salario) o inhabilidad (en años).
- Escribe la duración. Si es multa, escribe también el salario básico mensual de la fecha de los hechos.
- En opciones avanzadas puedes marcar si la falta es del artículo 52, o bajar el porcentaje de rebaja en la investigación.
Fórmula
Investigación: sanción reducida = sanción × (1 − r) con r hasta 50 % Juzgamiento: sanción reducida = sanción × (1 − 1/3) = sanción × 2/3 Multa en pesos = días de multa × (salario mensual ÷ 30)
- r: la rebaja en la investigación. La ley dice «hasta la mitad»; la calculadora usa el 50 % por defecto y puedes cambiarlo.
- Los meses se leen de 30 días para pasarlos a «meses y días».
Ejemplo
Una suspensión de 12 meses y una multa de 60 días con salario básico de $ 3.000.000 (cada día vale $ 100.000):
| Sanción | Sin rebaja | Investigación (mitad) | Juzgamiento (un tercio) |
|---|---|---|---|
| Suspensión | 12 meses | 6 meses | 8 meses |
| Multa en días | 60 días | 30 días | 40 días |
| Multa en pesos | $ 6.000.000 | $ 3.000.000 | $ 4.000.000 |
Qué sanciones se rebajan y cuáles no
El artículo 162 nombra tres sanciones: inhabilidad, suspensión y multa. Las tres se rebajan.
- Destitución: la calculadora no la rebaja, porque el artículo no la menciona.
- Faltas del artículo 52: son las que infringen el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. La ley dice que ahí no hay rebaja.
- Aceptación parcial: si solo aceptas una parte de los hechos, el proceso se separa y el beneficio se mide sobre lo aceptado.
Los límites de cada sanción están en el artículo 48. Por ejemplo, la multa va de 10 a 180 días del salario básico de la época de los hechos.
Cuándo se puede confesar
- Investigación: puede hacerse desde que se abre el proceso hasta antes de que quede firme el auto de cierre.
- Juzgamiento: hasta antes de que quede firme el auto que da traslado para alegar de conclusión.
- Al confesar o aceptar los cargos se deja constancia por escrito, y la autoridad evalúa lo manifestado antes de decidir.
- Si tienes defensor, conviene hablar con él antes de decidir, porque la manifestación queda por escrito. Después no hay retractación, salvo violación de derechos y garantías fundamentales.
Para otros pasos del proceso, mira el plazo de descargos, la prescripción de la acción disciplinaria y la multa por falta leve dolosa.
Preguntas frecuentes
¿La rebaja es automática?
No. La ley fija un tope: hasta la mitad en la investigación y una tercera parte en el juzgamiento. La calculadora usa esos topes como referencia.
¿Qué pasa si confieso solo una parte de los hechos?
Se rompe la unidad procesal: lo aceptado se decide aparte y lo demás sigue su camino.
¿Puedo retirar la confesión después?
No, salvo que se hayan violado derechos y garantías fundamentales. Por eso es importante decidir con tu defensor.
¿La rebaja se aplica a la destitución?
El artículo 162 solo habla de inhabilidad, suspensión y multa. La calculadora no rebaja la destitución.
¿Cuántos días tiene la autoridad para decidir tras la aceptación?
En la investigación, 10 días para el acta y 45 días para el fallo. En el juzgamiento, 15 días para decidir.
