En resumen
- En Guatemala, la retención sobre un dividendo es del 5 % del monto distribuido, sin restar gastos (Ley de Actualización Tributaria, art. 93).
- Con 1,000 acciones que pagan Q2.50 cada una, el dividendo bruto es de Q2,500.00; se retienen Q125.00 y te quedan Q2,375.00.
- Si ese dividendo se paga 4 veces al año, el bruto anual es de Q10,000.00, la retención de Q500.00 y el neto de Q9,500.00.
- De cada 100 de dividendo bruto, 5 son retención y 95 son para ti.
¿Cuánto me queda de un dividendo en Guatemala?
En Guatemala, la retención sobre un dividendo es del 5 %. De cada 100 de dividendo, 5 van al impuesto y te quedan 95. Con 1,000 acciones que pagan Q2.50 cada una, el bruto es de Q2,500.00, la retención de Q125.00 y el neto de Q2,375.00.
Lo fija el artículo 93 de la Ley de Actualización Tributaria (Decreto 10-2012). Esta página es solo para Guatemala y es una estimación.
Cómo se calcula
Dividendo bruto = dividendo por acción × número de acciones Retención = dividendo bruto × 0.05 Dividendo neto = dividendo bruto − retención
- 0.05 es el 5 % en tanto por uno.
- Al año, multiplica por los pagos que haga la empresa.
La base es el importe total pagado o acreditado (artículo 88). No se restan gastos ni comisiones.
Cómo usar la calculadora
- Escribe el dividendo bruto por acción, en quetzales.
- Escribe el número de acciones.
- Elige cuántas veces al año se paga.
En opciones avanzadas puedes cambiar el tipo si la ley cambia. Verás el neto por pago, por acción y al año.
Ejemplo: 1,000 acciones con Q2.50 por acción
| Concepto | Por pago | Al año (4 pagos) |
|---|---|---|
| Dividendo bruto | Q2,500.00 | Q10,000.00 |
| Retención (5 %) | Q125.00 | Q500.00 |
| Dividendo neto | Q2,375.00 | Q9,500.00 |
El neto por acción es de Q2.38 por pago (Q2.375 sin redondear).
Quién retiene y cuándo se paga
Quien paga el dividendo debe retener el ISR y entregarlo a la SAT en los primeros 10 días del mes siguiente (artículo 94). Si nadie retiene, el contribuyente lo paga en ese plazo (artículo 95). La cifra del impuesto es la misma.
Para qué sirve el resultado
Si inviertes en acciones de sociedades guatemaltecas, el dividendo que anuncia la empresa es el bruto, y lo que cobras es el neto. Con esta calculadora puedes saber de antemano cuánto entrará en tu cuenta en cada pago y en el año, y comparar la cifra bruta que ves en un comunicado con la neta que te queda. El resultado es una estimación: la retención real la practica quien paga el dividendo.
Errores comunes
- Mirar solo el bruto. Lo que llega a tu cuenta es el neto, un 5 % menos.
- Restar gastos. El 5 % va sobre el dividendo completo.
- Mezclarlo con el ISR de la empresa. La sociedad ya pagó el suyo sobre sus utilidades; la retención es otro impuesto, sobre lo que reparte. Mira el ISR sobre utilidades.
- Olvidar que el dividendo cambia. La empresa decide cada año si reparte y cuánto. Esta página supone el mismo dividendo en cada pago; si el tuyo varía, calcula cada pago por separado.
- Usar otro tipo. Intereses y ganancias de capital tienen otras reglas: mira el ISR sobre intereses y el ISR sobre ganancias de capital.
Qué no calcula esta página
No calcula casos de no residentes, dividendos de empresas extranjeras ni exenciones por leyes especiales. Tampoco las ganancias por vender tus acciones, que son otro impuesto. Para tu caso, consulta el portal de la SAT o a tu contador. Si prefieres partir de un solo monto, usa el ISR sobre dividendos.
La fuente es la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 10-2012, publicada por la SAT.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje me retienen por mis acciones en Guatemala?
El 5 % del dividendo que paga cada acción, según el artículo 93 de la Ley de Actualización Tributaria. Se aplica al dividendo completo.
¿Cuánto me queda de un dividendo de Q100?
Q95. El impuesto es de Q5.
¿Quién retiene el ISR de mis dividendos en Guatemala?
Quien paga el dividendo lo retiene y lo entrega a la SAT en los primeros 10 días del mes siguiente (artículo 94).
¿La comisión de mi corredor baja la retención?
No. La retención se calcula sobre el dividendo completo, sin restar comisiones. La base es el importe total pagado o acreditado (artículo 88).
¿Qué pasa si nadie retiene?
Lo paga el contribuyente en ese mismo plazo (artículo 95).
¿Sirve para dividendos de empresas extranjeras?
No. Esta página calcula dividendos de sociedades guatemaltecas con la ley general. Consulta a la SAT para otros casos.
