En resumen
- En Colombia, por una empleada doméstica con el salario mínimo de $ 1.750.905, el hogar paga $ 438.400 al mes de seguridad social.
- A ella le descuentas $ 140.072 (4 % de salud y 4 % de pensión), y la planilla PILA suma $ 578.472.
- Con $ 3.000.000 de sueldo, el hogar paga $ 750.700 al mes; si tienes 2 o más trabajadores, no pagas el 8,5 % de salud y bajan a $ 495.700.
- Si trabaja 8 días al mes por $ 600.000, pensión y caja se pagan por 2 semanas y el hogar paga $ 149.400.
Cuánto se paga de seguridad social por una empleada doméstica
En Colombia, el hogar que emplea a una trabajadora doméstica paga cada mes salud, pensión, ARL (riesgos laborales) y caja de compensación. Con el salario mínimo de $ 1.750.905, el hogar paga $ 438.400 y a ella le descuentas $ 140.072. La planilla PILA suma $ 578.472.
Esta calculadora separa lo que pone cada parte, para que sepas cuánto te cuesta de verdad tener a una empleada con todos sus derechos. Solo sirve para Colombia.
Cómo usar la calculadora
Escribe el sueldo de tu empleada al mes, sin el auxilio de transporte. Con el sueldo de ejemplo ya ves el resultado.
En Opciones avanzadas puedes:
- Poner los días que trabaja al mes, si le pagas menos de un salario mínimo.
- Marcar que tienes 2 o más trabajadores a cargo, que quita el 8,5 % de salud del hogar.
- Cambiar la tarifa de la ARL o el salario mínimo.
Cómo se calcula cada aporte
| Aporte | Hogar | Trabajadora | Fuente |
|---|---|---|---|
| Salud | 8,5 % | 4 % | Ley 100 de 1993, art. 204, y Ley 1122 de 2007, art. 10 |
| Pensión | 12 % | 4 % | Ley 797 de 2003, art. 7 |
| ARL (riesgo I) | 0,522 % | 0 % | Decreto 1772 de 1994 |
| Caja de compensación | 4 % | 0 % | Ley 21 de 1982, art. 12, y Decreto 721 de 2013 |
Base (IBC) = sueldo, nunca menos de 1 salario mínimo ni más de 25 Hogar = base × (8,5 % + 12 % + tarifa ARL) + sueldo × 4 % (caja) Trabajadora = base × (4 % + 4 %)
Los aportes se redondean según la planilla: la base al peso superior y cada aporte del hogar a la centena superior, según el Decreto 780 de 2016. Por el servicio doméstico no se pagan SENA ni ICBF. El auxilio de transporte no entra en la base.
Desde 4 salarios mínimos, la trabajadora aporta además al Fondo de Solidaridad Pensional (1 % o más), según la Ley 100 de 1993 y la Ley 797 de 2003.
Ejemplo: sueldo mínimo y sueldo de $ 3.000.000
| Aporte | Mínimo ($ 1.750.905) | $ 3.000.000 |
|---|---|---|
| Salud del hogar (8,5 %) | $ 148.900 | $ 255.000 |
| Pensión del hogar (12 %) | $ 210.200 | $ 360.000 |
| ARL (0,522 %) | $ 9.200 | $ 15.700 |
| Caja (4 %) | $ 70.100 | $ 120.000 |
| Total del hogar | $ 438.400 | $ 750.700 |
| Descuento a la trabajadora (8 %) | $ 140.072 | $ 240.000 |
| Total de la PILA | $ 578.472 | $ 990.700 |
Con el mínimo, de cada $ 100 de sueldo el hogar paga unos $ 25 de aportes. Con $ 3.000.000 son unos $ 25 también.
Si tienes dos o más trabajadores
El hogar que emplea a dos o más personas, y cada una gana menos de 10 salarios mínimos, queda exonerado del 8,5 % de salud del empleador (Estatuto Tributario, art. 114-1). Con $ 3.000.000, el hogar paga entonces $ 495.700 en lugar de $ 750.700. A la trabajadora se le sigue descontando su 4 %.
Si trabaja por días
Si trabaja menos de 30 días al mes y le pagas menos de un salario mínimo, pensión y caja se pagan por semanas, según el Decreto 2616 de 2013. Cada semana cuenta como un cuarto del salario mínimo: de 1 a 7 días es 1 semana, de 8 a 14 son 2, de 15 a 21 son 3 y de 22 a 29 son 4. La ARL se paga sobre un salario mínimo entero. La salud sigue otras reglas y aquí no se calcula.
Por ejemplo, con $ 600.000 al mes y 8 días de trabajo son 2 semanas: la base es $ 875.453, el hogar paga $ 149.400 y a ella le descuentas $ 35.018.
Para calcular lo que le toca al terminar el contrato, usa la calculadora de liquidación de empleada doméstica. Para otros empleados, mira los aportes a seguridad social. El mínimo vigente está en la calculadora del salario mínimo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto pago de seguridad social por mi empleada doméstica?
Con el salario mínimo de $ 1.750.905, pagas $ 438.400 al mes: salud, pensión, ARL y caja. Además descuentas $ 140.072 a tu empleada y pagas todo junto en la PILA, que suma $ 578.472.
¿Qué parte paga la empleada y qué parte el hogar?
Ella aporta el 4 % de salud y el 4 % de pensión. El hogar paga el 8,5 % de salud, el 12 % de pensión, la ARL y la caja de compensación. Tú pagas la planilla completa y descuentas su parte del sueldo.
¿Tengo que afiliarla a una caja de compensación?
Sí. El Decreto 721 de 2013 obliga a afiliar a la trabajadora doméstica a una caja de compensación y pagar el 4 % del sueldo, nunca sobre menos de un salario mínimo. Con menos de 30 días al mes y menos de un mínimo, se paga por semanas.
¿Se paga SENA e ICBF por el servicio doméstico?
No. Por una empleada doméstica solo se pagan salud, pensión, ARL y caja. SENA e ICBF no se calculan.
¿Qué pasa si le pago menos del salario mínimo?
Con jornada completa debes pagarle al menos el mínimo, y los aportes se calculan sobre un mínimo completo. Si trabaja menos días al mes, la ley permite cotizar por semanas.
¿La empleada doméstica paga el Fondo de Solidaridad Pensional?
Solo si gana 4 salarios mínimos o más ($ 7.003.620 en 2026). Entonces aporta un 1 % adicional sobre la base, que sube hasta el 2 % en sueldos muy altos.
