En resumen
- En Colombia, la ley no fija cuántos días dura la licencia por grave calamidad doméstica: depende de la gravedad del caso y del reglamento de trabajo de tu empresa.
- La licencia es remunerada: sigues ganando tu salario esos días, sin descuento.
- Con un salario de $ 2.000.000, tres días de licencia equivalen a $ 200.000, que ya están dentro de tu sueldo del mes.
- Cuenta un suceso tuyo o de un familiar hasta el tercer grado de sangre, el segundo por matrimonio y el primero civil, si se comprueba.
¿Cuántos días da la calamidad doméstica?
La ley colombiana no fija un número de días para la licencia por grave calamidad doméstica. La obligación está en el numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, con el texto que dejó la Ley 2466 de 2025 en su artículo 15: tu empresa debe conceder las licencias remuneradas necesarias en caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada.
Por eso la duración depende de dos cosas: la gravedad del hecho y lo que diga el reglamento interno de trabajo o tu contrato. En la práctica suelen ser unos pocos días, pero no hay una cifra legal. Esta calculadora te deja poner los días que te dan o que vas a pedir.
Esta calculadora solo sirve para Colombia.
Qué se considera calamidad doméstica
La ley la define como todo suceso personal o familiar, caso fortuito o fuerza mayor, cuya gravedad afecte el normal desarrollo de tus actividades. Debe ser grave y debes poder comprobarla.
Algunos ejemplos habituales:
- Una enfermedad o un accidente grave de un familiar cercano.
- Un incendio, una inundación o un daño grave en tu vivienda.
- Un robo o un hecho violento que te afecta a ti o a tu familia.
- Un suceso grave que te ocurre a ti mismo.
Son ejemplos, no una lista cerrada. La muerte de un familiar tiene su propia licencia de cinco días hábiles, que puedes calcular en la licencia por luto.
Quién cuenta como familiar
El suceso puede ser tuyo o de un familiar hasta:
- el tercer grado de consanguinidad (parentesco de sangre): padres e hijos (1.º); hermanos, abuelos y nietos (2.º); tíos, sobrinos y bisabuelos (3.º);
- el segundo grado de afinidad (parentesco por matrimonio o unión): suegros y yernos (1.º); cuñados (2.º);
- el primer grado civil: hijos adoptivos y padres adoptantes.
| Parentesco | ¿Entra en la ley? |
|---|---|
| Tú mismo | Sí |
| Cónyuge o compañero(a) permanente | Sí |
| Padre, madre, hijo o hija | Sí |
| Hermano, abuelo o nieto | Sí |
| Suegro, yerno, nuera o cuñado | Sí |
| Tío, sobrino o bisabuelo | Sí |
| Primo o prima, amigos | No |
Si el suceso afecta a alguien que no está en la lista, tu empresa no está obligada, pero puedes pedir un permiso y ella decide.
¿Se paga la licencia por calamidad doméstica?
Sí. El texto vigente habla de licencias remuneradas, así que sigues ganando tu salario esos días. No es un pago extra: el valor ya está dentro de tu sueldo del mes y no se descuenta.
Antes de la reforma, el texto permitía a la empresa descontar el tiempo o compensarlo con horas de trabajo en otro momento. El texto vigente ya no lo menciona. Si tu empresa te pide compensar el tiempo, consulta tu contrato o el reglamento de trabajo.
valor del día = salario / 30 licencia = salario × días / 30
Cómo usar la calculadora
- Escribe tu salario mensual, el básico de tu contrato.
- Elige a quién le ocurrió el suceso.
- Pon los días de licencia, entre 0 y 30.
Verás cuánto sigues ganando esos días y el valor de un día de trabajo.
Ejemplo
Con un salario de $ 2.000.000, un día vale $ 66.667 (2.000.000 / 30). Si te dan 3 días de licencia por una enfermedad grave de tu padre, sigues ganando $ 200.000 por esos días. Es la parte de tu sueldo que corresponde a esos 3 días: no se resta de lo que cobras.
Con el salario mínimo de $ 1.750.905, tres días equivalen a $ 175.091.
Cómo pedirla y qué guardar
Avisa a tu empresa lo antes posible, por escrito si puedes. Guarda un documento que compruebe el hecho: un certificado médico, un informe de bomberos o de la autoridad, o el que corresponda a tu caso. La licencia exige que la calamidad sea comprobada, así que ese papel es tu respaldo. La empresa y tú pueden acordar cómo y cuándo se entrega, y lo normal es que figure en el reglamento de trabajo.
Preguntas frecuentes
¿Hay un máximo de días de calamidad doméstica?
No hay un máximo ni un mínimo en la ley. Depende de la gravedad del caso y del reglamento de trabajo. Si el suceso es muy largo, como una enfermedad de meses, se suele combinar con vacaciones, una licencia no remunerada u otra figura.
¿Me pueden descontar el día de la calamidad?
El texto vigente del artículo 57 habla de licencias remuneradas, así que no corresponde descontar el salario. Si tu empresa lo hace, revisa tu contrato y el reglamento de trabajo.
¿Cuenta la calamidad si le pasa a mi pareja sin casarnos?
Sí, si es tu compañero o compañera permanente. Cuenta igual que un cónyuge.
¿Se descuenta de mis vacaciones?
No. La licencia por calamidad es una figura distinta de las vacaciones y no resta días de ellas. Puedes calcular las tuyas en la calculadora de vacaciones.
¿Qué pasa si no puedo comprobar el hecho?
La ley pide que la calamidad esté debidamente comprobada. Sin ningún soporte, la empresa puede no aceptarla. Pide un documento a la entidad que atendió el caso lo antes posible.
¿Es lo mismo que una incapacidad médica?
No. La incapacidad la expide un médico por tu propia salud y la paga la EPS o la ARL según el caso. La calamidad es un permiso de la empresa por un suceso grave. Mira la incapacidad laboral.
Son estimaciones con la ley vigente. Si tu caso es especial, consulta a tu empresa o al Ministerio del Trabajo.
