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Calculadora de incapacidad en Colombia: cuánto te pagan y quién paga

Solo para Colombia. Escribe tu sueldo y los días que te dio el médico. Verás cuánto te pagan en total, cuánto pone tu empleador, cuánto tu EPS o tu ARL y qué pasa si pasas de 90 o de 180 días.

Solo Colombia · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en pesos colombianos (COP)
¿Cómo se originó la incapacidad?

Enfermedad general: una gripe, una cirugía, un accidente fuera del trabajo. Laboral: un accidente de trabajo o una enfermedad que la ARL reconoce como laboral.

$

El sueldo sobre el que cotizas a salud y pensión (el del mes anterior a la incapacidad). Si tu sueldo cambia cada mes, usa el que se reportó en tu planilla de seguridad social el mes anterior.

días

Cuenta días corridos, con sábados, domingos y festivos, como aparece en el certificado médico.

Opciones avanzadas
días

Si esta incapacidad es una prórroga de otra, pon los días de la anterior: el porcentaje baja del día 91 en adelante y cambia quién paga.

$

Valor de 2026. Ninguna incapacidad por enfermedad general se paga por debajo de un salario mínimo al mes (30 días). Consulta el vigente en el Ministerio del Trabajo.

Total de tu incapacidad $ 2.000.100 bruto, antes de aportes
Lo que paga tu empleador $ 133.340 los 2 primeros días
Lo que paga tu EPS $ 1.866.760 del día 3 en adelante

Con 30 días de incapacidad por enfermedad general recibirías $ 2.000.100: tu empleador paga 2 días ($ 133.340) y tu EPS paga 28 días ($ 1.866.760).

Valor de cada día (primer tramo)
$ 66.670
Tu sueldo de esos días
$ 3.000.000
Cobras menos que tu sueldo
$ 999.900
Parte de tu sueldo que cobras
66,7 %
Salario mínimo al día (el mínimo)
$ 58.364
Quién te paga
Total$ 2.000.100
  • Tu empleador $ 133.340 6,7 %
  • Tu EPS $ 1.866.760 93,3 %
Ver el cálculo por tramos
Días Quién paga Se paga Valor por día Total
Días 1 a 2 (2 días) Tu empleador 66,67 % $ 66.670,0000 $ 133.340
Días 3 a 30 (28 días) Tu EPS 66,67 % $ 66.670,0000 $ 1.866.760
Total $ 2.000.100
  • Solo para Colombia. Artículo 227 del Código Sustantivo del Trabajo y Sentencia C-543 de 2007: dos terceras partes del sueldo los primeros 90 días, la mitad después, y nunca menos de un salario mínimo al mes.
  • Es una estimación en pesos brutos. De la incapacidad se descuentan los aportes a salud y pensión que te corresponden como trabajador, y tu EPS o tu ARL hace la liquidación final.
  • Para que la EPS pague debes llevar al menos 4 semanas seguidas cotizando a salud antes de la incapacidad. Del día 181 al 540 paga el fondo de pensiones si hubo concepto favorable de rehabilitación; si no, la EPS.
  • Hay empresas que pagan más que la ley (por convención o por política interna): pregunta en tu empresa.

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En resumen

  • En Colombia, la incapacidad por enfermedad general paga el 66,67 % de tu sueldo hasta el día 90 y el 50 % del 91 al 540, sin bajar de un salario mínimo al día.
  • Los 2 primeros días los paga tu empleador, del día 3 al 180 la EPS y del 181 al 540 el fondo de pensiones, o la EPS si no hubo concepto de rehabilitación.
  • Con un sueldo de $ 3.000.000 y 30 días de incapacidad por enfermedad general recibes $ 2.000.100: $ 133.340 de tu empleador y $ 1.866.760 de tu EPS.
  • Si es un accidente de trabajo o una enfermedad laboral, la ARL paga el 100 % de tu sueldo desde el día siguiente.

¿Cómo se calcula una incapacidad en Colombia?

Una incapacidad por enfermedad general se paga con el 66,67 % de tu sueldo diario durante los primeros 90 días y con el 50 % del día 91 en adelante, sin bajar nunca de un salario mínimo al día. Lo dice el artículo 227 del Código Sustantivo del Trabajo: dos terceras partes del sueldo al principio y la mitad después.

Esta calculadora es solo para Colombia y para trabajadores con contrato. Si eres independiente, mira la de seguridad social de independientes y pregunta a tu EPS.

La EPS es la Entidad Promotora de Salud a la que estás afiliado. La ARL es la Administradora de Riesgos Laborales, la que cubre los accidentes de trabajo.

Cómo usar la calculadora

  1. Origen. Elige «Enfermedad general» (una gripe, una operación, un accidente fuera del trabajo) o «Accidente o enfermedad laboral».
  2. Tu sueldo mensual. El sueldo sobre el que cotizas a salud y pensión, el del mes anterior a la incapacidad. Si cambia cada mes, usa el que se reportó en tu planilla de seguridad social ese mes.
  3. Días de incapacidad. Los que dice el certificado médico. Cuentan todos los días del calendario, también sábados, domingos y festivos.

En Opciones avanzadas puedes poner los días que ya llevabas incapacitado (si es una prórroga) y cambiar el salario mínimo.

¿Quién paga cada día de incapacidad?

Depende del día. En una enfermedad general el pago pasa de mano en mano:

DíasQuién pagaCuánto del sueldo
1 y 2Tu empleador66,67 %
3 a 90Tu EPS66,67 %
91 a 180Tu EPS50 %
181 a 540Fondo de pensiones, o la EPS si no hubo concepto de rehabilitación50 %

Los 2 primeros días son del empleador y desde el tercero paga la EPS, según el artículo 3.2.1.10 del Decreto 780 de 2016. Del día 181 al 540 paga el fondo de pensiones si la EPS emitió un concepto favorable de rehabilitación, como establece el Decreto-Ley 019 de 2012.

Fórmula de la incapacidad

Valor del día = sueldo mensual ÷ 30 × porcentaje del tramo
Pago del tramo = días del tramo × valor del día (nunca menos que el salario mínimo ÷ 30)
Total = suma de los tramos
  • Sueldo mensual: tu ingreso base de cotización del mes anterior al inicio de la incapacidad. En las prórrogas se usa el mismo del primer día. No se cuenta lo que pase de 25 salarios mínimos.
  • Porcentaje del tramo: 66,67 % hasta el día 90 y 50 % del 91 al 540.
  • Mínimo: el salario mínimo de 2026 es de $ 1.750.905 al mes, o $ 58.363,50 al día.

Ejemplo: sueldo de $ 3.000.000 y 30 días

Con los valores de ejemplo de la calculadora, tu día de incapacidad vale $ 66.670. Recibes $ 2.000.100 en total: $ 133.340 por los 2 primeros días, que paga tu empleador, y $ 1.866.760 por los otros 28, que paga tu EPS.

TramoQuién pagaValor por díaTotal
Días 1 a 2 (2 días)Tu empleador$ 66.670$ 133.340
Días 3 a 30 (28 días)Tu EPS$ 66.670$ 1.866.760
Total$ 2.000.100

Ese mes cobras unos $ 999.900 menos que con tu sueldo normal: de cada 3 pesos, te llegan 2. Con 200 días, recibirías $ 12.420.285, y $ 1.167.270 serían del fondo de pensiones.

El mínimo: nunca menos de un salario mínimo al día

La Corte Constitucional dijo en la Sentencia C-543 de 2007 que la incapacidad por enfermedad general no puede ser inferior al salario mínimo. Por eso, si el 66,67 % o el 50 % de tu sueldo queda por debajo, se paga el mínimo: $ 58.363,50 por día.

Con un sueldo de $ 2.000.000 y 30 días, el 66,67 % sería $ 44.446,67 al día y no llega al mínimo. Recibes $ 1.750.905, un salario mínimo completo: $ 116.727 de tu empleador y $ 1.634.178 de tu EPS.

Accidente de trabajo o enfermedad laboral: el 100 %

Si es laboral, la ARL paga el 100 % de tu salario base de cotización desde el día siguiente al accidente, según el artículo 3 de la Ley 776 de 2002. El día del accidente lo paga tu empleador como un día trabajado.

El pago dura hasta 180 días, que se pueden prorrogar otros 180. Después sigue pagando hasta que se defina tu grado de incapacidad. Con $ 3.000.000 de sueldo y 15 días de incapacidad laboral, la ARL te paga $ 1.500.000.

Qué necesitas para que te la paguen

  • Estar afiliado a la EPS como cotizante y haber cotizado a salud al menos 4 semanas seguidas antes de que empiece la incapacidad.
  • Tener el certificado de incapacidad expedido o validado por tu EPS, por hasta 30 días y prorrogable.

Es una estimación en pesos brutos: se descuentan los aportes a salud y pensión que te tocan, y tu EPS o tu ARL hace la liquidación final. Algunas empresas pagan más que la ley.

Para ver tu sueldo de un mes normal, usa la calculadora de salario neto; para lo que cuesta un trabajador a su empresa, la de costo de un trabajador. Otros países lo tratan distinto: mira la incapacidad del IMSS en México o la baja laboral en España.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto pagan de incapacidad por enfermedad general en Colombia?

El 66,67 % de tu sueldo diario los primeros 90 días y el 50 % del día 91 al 540, sin bajar de un salario mínimo al día. Con un sueldo de $ 3.000.000, el día vale $ 66.670 al principio.

¿Quién paga los primeros días de incapacidad?

Tu empleador paga los 2 primeros días. Desde el tercer día paga tu EPS. Si la incapacidad pasa de 180 días, el pago sigue por el fondo de pensiones o por la EPS, según haya o no concepto de rehabilitación.

¿Cuánto pagan de incapacidad si gano el salario mínimo?

El 100 % de tu sueldo, porque ninguna incapacidad baja de un salario mínimo. Cada día vale $ 58.363,50, y 30 días suman $ 1.750.905.

¿Se pagan los sábados, domingos y festivos?

Sí. La incapacidad se cuenta en días corridos: todos los días del certificado suman.

¿Cuánto pagan en una incapacidad por accidente de trabajo?

El 100 % de tu sueldo de cotización, y lo paga la ARL desde el día siguiente al accidente. Con $ 3.000.000 de sueldo, 15 días de incapacidad son $ 1.500.000.

¿Cuántos días de incapacidad puede dar un médico?

Cada certificado es de hasta 30 días, y el médico puede prorrogarlo. La EPS paga hasta el día 180; del 181 al 540 puede pagar el fondo de pensiones, y desde el día 541 la EPS solo paga en ciertos casos, como un concepto favorable de rehabilitación.

Casos más buscados

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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