En resumen
- Los intereses de mora de la DIAN se cuentan por cada día de atraso, desde el día siguiente al vencimiento, con una tasa igual a la de usura de consumo menos 2 puntos.
- La cuenta de cada mes es: impuesto × tasa de mora anual ÷ 365 × días de mora (÷ 366 en año bisiesto); es interés simple, sin intereses sobre intereses.
- Con $ 5.000.000 de impuesto pagados 198 días tarde (del 14 de octubre al 30 de abril), los intereses son $ 629.992 y pagas $ 5.629.992: de cada 100 pesos, unos 12,60 de más.
- La tasa de mora cambia cada mes: si la usura es de 28,34 % efectiva anual, la tasa de mora es de 26,34 %.
¿Cómo se calculan los intereses de mora de la DIAN?
Los intereses de mora de la DIAN se calculan multiplicando el impuesto que debes por la tasa de mora anual, dividiendo entre 365 días y multiplicando por los días de atraso. Cuentan desde el día siguiente a la fecha límite de pago hasta el día en que pagas, incluido.
Esta calculadora solo sirve para Colombia y es una estimación para ponerte al día con un impuesto, anticipo o retención que pagas después de la fecha límite.
La cuenta de cada mes es esta:
Interés del mes = impuesto × tasa de mora anual ÷ 365 × días de mora de ese mes
En un año bisiesto, como 2024, se divide entre 366. Es interés simple: los intereses no se suman al impuesto para generar más intereses. La fórmula está en el parágrafo del artículo 590 del Estatuto Tributario y el artículo 635 manda usarla para la mora (Decreto Ley 2106 de 2019).
La tasa de mora: usura menos 2 puntos
La tasa de mora es la tasa de usura de los créditos de consumo menos 2 puntos. Lo dice el artículo 635 del Estatuto Tributario. La Superintendencia Financiera certifica cada mes el interés bancario corriente, y la usura es 1,5 veces ese interés. Puedes ver la del mes en la tasa de usura en Colombia.
Un ejemplo con los datos de noviembre de 2026:
- Interés bancario corriente de consumo: 18,89 % efectivo anual.
- Tasa de usura: 18,89 × 1,5 = 28,34 %.
- Tasa de mora: 28,34 − 2 = 26,34 % efectivo anual.
Como la usura cambia cada mes, la tasa de mora también. El artículo 635 pide liquidar los intereses "diariamente" con la tasa vigente, así que la calculadora parte tu atraso por meses y aplica a los días de cada mes la tasa de ese mes. Trae las tasas de julio de 2023 a noviembre de 2026, de la modalidad «consumo y ordinario» de la Superintendencia Financiera. La DIAN publica en su sitio web la tasa de mora de cada mes y puede redondear de otra forma: es una estimación, y si el valor de tu recibo es distinto, manda el de la DIAN.
Cómo usar la calculadora
Solo necesitas tres datos. El resultado sale al momento con los valores de ejemplo.
- Impuesto que debes. El valor del impuesto, anticipo o retención que no pagaste a tiempo. Sin intereses ni sanciones.
- Fecha límite de pago. El último día que tenías para pagar sin mora. Está en tu declaración o en el calendario tributario.
- Fecha en que pagas. El día en que pagas o piensas pagar.
Verás el total a pagar, los intereses, los días de mora y una tabla mes a mes.
En Opciones avanzadas puedes poner una tasa anual fija de un alivio (más abajo) y cambiar las tasas de los días anteriores a julio de 2023 o posteriores a noviembre de 2026, que quedan fuera de la tabla y son estimaciones.
Ejemplo: $ 5.000.000 pagados 198 días tarde
Tienes un impuesto de $ 5.000.000 con fecha límite el 14 de octubre de 2025 y lo pagas el 30 de abril de 2026. Son 198 días de mora, repartidos en siete meses, cada uno con su tasa:
| Periodo | Días | Tasa de mora | Interés |
|---|---|---|---|
| Octubre de 2025 | 17 | 22,36 % | $ 52.071 |
| Noviembre de 2025 | 30 | 22,99 % | $ 94.479 |
| Diciembre de 2025 | 31 | 23,02 % | $ 97.756 |
| Enero de 2026 | 31 | 22,36 % | $ 94.953 |
| Febrero de 2026 | 28 | 23,23 % | $ 89.101 |
| Marzo de 2026 | 31 | 23,52 % | $ 99.879 |
| Abril de 2026 | 30 | 24,76 % | $ 101.753 |
Los intereses suman $ 629.992 y en total pagas $ 5.629.992. Por cada 100 pesos de impuesto, pagas unos 12,60 de más. Cada mes se redondea al peso.
¿Desde cuándo y hasta cuándo se cuentan los intereses?
Los intereses corren desde el día siguiente a la fecha límite y hasta el día del pago. Si pagas justo el día del vencimiento, no hay mora. Estos casos cambian la cuenta:
- Corriges tu declaración y debes más impuesto, o la DIAN determina un mayor valor. Los intereses sobre ese valor corren desde el día siguiente al vencimiento original, no desde la corrección (artículo 634 del Estatuto Tributario).
- Pagas por partes. La calculadora supone un solo pago. Un abono se reparte entre impuesto, intereses y sanciones en las mismas proporciones que tienen en la deuda (artículo 804), así que confirma el valor exacto con la DIAN.
- Hay sanciones. Las sanciones no causan intereses de mora. Si llevan más de un año vencidas, se actualizan cada 1 de enero con la inflación (artículo 867-1). Esta calculadora no incluye ni sanciones ni su actualización.
Alivios temporales y tasas especiales
A veces el Gobierno baja la tasa de mora por un tiempo limitado. Dos ejemplos:
- El Decreto Legislativo 1419 de 2026 (artículo 9) permitió, hasta el 19 de noviembre de 2026, pagar con una tasa de mora de 4,5 % anual y el 15 % de las sanciones a quien estaba en mora a 10 de agosto de 2026. Puedes leerlo en el normograma de la DIAN.
- La Ley 2277 de 2022 (artículo 91) cobró la mitad de la tasa a quien pagó todo hasta el 30 de junio de 2023.
Para ver el efecto de un alivio, escribe su tasa en Tasa anual fija de un alivio. Con $ 5.000.000 cuya fecha límite fue el 9 de agosto de 2026 (ya en mora el 10 de agosto) y pagados el 19 de noviembre de 2026 (102 días) con una tasa fija de 4,5 %, los intereses serían $ 62.877. Antes de contar con ello, lee en la norma quién puede acogerse y hasta cuándo.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la tasa de interés de mora de la DIAN?
Es la tasa de usura de los créditos de consumo menos 2 puntos, en efectiva anual. Cambia cada mes. Con una usura de 28,34 %, la tasa de mora es de 26,34 %.
¿Los intereses de mora son simples o compuestos?
Son simples: no se cobran intereses sobre los intereses. La tasa diaria es la anual dividida entre 365, o entre 366 en un año bisiesto.
¿Cuántos días de mora cuenta la DIAN?
Cuenta días calendario, no hábiles. El primer día de mora es el siguiente a la fecha límite, y el día del pago cuenta. Con fecha límite el 14 de octubre y pago el 15, hay 1 día de mora.
¿Qué pasa si corrijo mi declaración y debo más impuesto?
Sobre el mayor valor se pagan intereses de mora desde el día siguiente al vencimiento original. Usa esa fecha límite en la calculadora, con el mayor valor como impuesto y el día en que lo pagas.
¿Los intereses de mora se cobran sobre las sanciones?
No. Las sanciones no causan intereses de mora. Lo que pasa es que, si llevan más de un año sin pagarse, se actualizan cada 1 de enero con la inflación del año anterior. Esta calculadora no hace esa actualización.
¿Sirve para el predial o el impuesto de vehículos?
El parágrafo del artículo 635 extiende la regla de la tasa de mora a los impuestos departamentales, municipales y distritales. Aun así, cada alcaldía o gobernación liquida su propio recibo: úsala como referencia y confirma el valor final con tu Secretaría de Hacienda.
