En resumen
- En Colombia, en una licencia no remunerada de 30 días con salario de $ 4.000.000, la empresa aporta $ 480.000 de pensión (12 %) y nada de salud si está exonerada.
- Sin exoneración, la empresa suma $ 340.000 de salud (8,5 %): $ 820.000 en total, y el trabajador no paga salud.
- Si se paga la pensión completa (16 %), el trabajador pone $ 160.000 y el total es $ 640.000.
- En esos días no se paga ARL, caja, SENA ni ICBF, porque no hay salario ni trabajo.
¿Cuánto se aporta a seguridad social en una licencia no remunerada?
En una licencia no remunerada se sigue aportando a salud y pensión, pero solo la parte de la empresa: el 8,5 % de salud (cero si está exonerada) y el 12 % de pensión sobre el último salario. Con un salario de $ 4.000.000 y 30 días de licencia, la empresa aporta $ 480.000 y el trabajador no paga nada. Esta página es solo para Colombia.
La planilla PILA llama a esta situación novedad SLN: suspensión temporal del contrato de trabajo, licencia no remunerada o comisión de servicios. La regla está en la Resolución 2388 de 2016 del Ministerio de Salud (Anexo Técnico 2, campo 24). Es una estimación: tu caso puede variar si tu contrato o la empresa dicen otra cosa.
Para el cálculo de un mes normal, usa la calculadora de aportes a seguridad social.
Cómo usar la calculadora
- Salario mensual: el que cotizabas antes de la licencia, sin auxilio de transporte. Si es menor que el mínimo, se usa el mínimo.
- Días de licencia en el mes: de 1 a 30. La planilla cuenta meses de 30 días.
- Quién paga la pensión: solo la empresa (12 %) o empresa y trabajador (16 %). La empresa privada puede elegir cualquiera de las dos al reportar la novedad.
- Empresa exonerada de salud: en Opciones avanzadas. Solo tiene efecto si el salario es menor que 10 salarios mínimos.
- Salario mínimo: viene el de 2026 ($ 1.750.905) y lo puedes cambiar.
Qué se paga y qué no en esos días
| Aporte | En licencia no remunerada |
|---|---|
| Salud | Solo la empresa (8,5 %); cero si está exonerada. El trabajador no paga. |
| Pensión | La empresa paga el 12 %; puede sumarse el 4 % del trabajador (16 %). |
| Solidaridad pensional | Solo si se paga el 16 % y el salario llega a 4 salarios mínimos. |
| ARL | No se paga en esos días (Decreto 1072 de 2015). |
| Caja, SENA e ICBF | Cero: se calculan sobre salarios y no hay salario. |
El ingreso base de cotización (IBC) de la licencia es el último IBC, en proporción a los días: IBC mensual por días y entre 30. Tiene un mínimo de 1 salario mínimo al mes y un tope de 25.
Fórmula
IBC de la licencia = IBC mensual x días / 30 Salud (empresa) = 8,5 % del IBC de la licencia (0 si está exonerada) Pensión (empresa) = 12 % del IBC de la licencia Pensión (trabajador, opcional) = 4 % del IBC de la licencia
Cada aporte se redondea a la centena superior, como en la planilla.
Ejemplo
Salario de $ 4.000.000, 30 días de licencia, empresa exonerada y pensión pagada solo por la empresa:
| Aporte | Empresa | Trabajador |
|---|---|---|
| Salud | $ 0 | $ 0 |
| Pensión | $ 480.000 | $ 0 |
| Total | $ 480.000 | $ 0 |
Si la empresa no está exonerada, suma $ 340.000 de salud y el total es $ 820.000. Con 15 días de licencia, la pensión baja a $ 240.000. Si se paga el 16 %, el trabajador pone $ 160.000 y el total es $ 640.000. Con un salario de $ 8.000.000 al 16 %, el total es $ 1.360.000, con $ 80.000 de solidaridad pensional.
Errores comunes
- Pensar que el trabajador debe pagar todo: en salud paga la empresa, y en pensión el 12 % también es de la empresa.
- Contar la ARL: en la licencia no remunerada no se cotiza a riesgos laborales.
- Olvidar los días trabajados del mes: esos aportan aparte, con las tarifas normales.
- Usar un salario menor que el mínimo: la base nunca baja de 1 salario mínimo al mes.
Más detalle de la base de cálculo en la calculadora del IBC. Para ver cuántas semanas llevas, usa la calculadora de semanas cotizadas.
Fuentes oficiales
- Resolución 2388 de 2016, Ministerio de Salud
- Decreto 1072 de 2015, art. 2.2.4.2.1.6
- Decreto 780 de 2016, art. 3.2.5.2
- Estatuto Tributario, art. 114-1
Preguntas frecuentes
¿Quién paga la salud durante una licencia no remunerada?
La empresa paga su parte, el 8,5 % del IBC. Si está exonerada y el salario es menor que 10 salarios mínimos, esa parte es cero. El trabajador no paga el 4 % de salud en esos días.
¿Se cuentan las semanas de pensión en la licencia?
Sí cuentan los días reportados como cotizados a pensión. Con solo el 12 % de la empresa, se reportan igual; la diferencia es quién pone el dinero.
¿Puede el trabajador pagar su parte de pensión?
Sí. La empresa privada puede reportar el 16 % completo y el trabajador pone el 4 %, más la solidaridad si su base llega a 4 salarios mínimos. Se acuerda con la empresa.
¿Se paga ARL durante la licencia?
No. El Decreto 1072 de 2015 dice que en las licencias y suspensiones no remuneradas no se causa cotización a riesgos laborales.
¿Y la caja de compensación, el SENA y el ICBF?
Se calculan sobre la nómina de salarios. Como en la licencia no hay salario, aquí se muestran en cero.
¿Qué pasa si la licencia dura varios meses?
Cada mes de 30 días se calcula igual. Multiplica el resultado por el número de meses completos.
