En resumen
- Tras tu baja en el IMSS conservas tus derechos a pensión un cuarto del tiempo cotizado, mínimo 12 meses: con 520 semanas son 910 días, unos 2 años y 6 meses.
- Con 520 semanas, si te diste de baja el 30 de junio, conservas tus derechos hasta el 26 de diciembre de dos años después.
- Si vuelves a cotizar dentro de ese plazo, se te reconocen de inmediato todas tus semanas; con una interrupción de hasta 3 años, todas al reinscribirte.
- Con más de 3 años y hasta 6 sin cotizar, recuperas tus semanas al juntar 26 nuevas; con más de 6 años, al juntar 52.
¿Cuánto tiempo conservas tus derechos en el IMSS?
Conservas tus derechos durante una cuarta parte del tiempo que cotizaste, y nunca menos de 12 meses, contados desde la fecha de tu baja. Si cotizaste 520 semanas (10 años), conservas tus derechos 910 días: unos 2 años y 6 meses.
| Semanas cotizadas | Una cuarta parte | Cuánto conservas |
|---|---|---|
| 100 | 25 semanas | 12 meses (el mínimo) |
| 520 | 130 semanas | 910 días, unos 2 años y 6 meses |
| 1,040 | 260 semanas | 1,820 días, unos 5 años |
Solo para México y para el IMSS. La fuente es la Ley del Seguro Social, artículos 150 y 151, y los artículos 182 y 183 de la Ley del Seguro Social de 1973.
Cómo usar la calculadora
- ¿Con qué ley cotizas? Ley 73 si empezaste antes del 1 de julio de 1997; Ley 97 si empezaste después.
- Semanas cotizadas. Todas las que tienes hasta tu baja. Las ves en tu constancia de semanas cotizadas del IMSS o las calculas con la calculadora de semanas cotizadas.
- Fecha de tu baja. El último día que estuviste dado de alta.
En Opciones avanzadas puedes poner la fecha en la que piensas volver a cotizar y ver cuántas semanas nuevas te piden.
Cómo se calcula
El plazo es una cuarta parte de tus semanas, en días, contada desde tu baja. Si sale menos de un año, se usa un año.
Plazo = semanas cotizadas × 7 ÷ 4 (en días, desde la baja) Último día = el más tardío entre baja + plazo y baja + 12 meses
Los 12 meses y los 3 y 6 años se cuentan de fecha a fecha. Si la baja fue un 29 de febrero, la calculadora toma el 28 de febrero en los años que no son bisiestos.
Ejemplo: 520 semanas y baja el 30 de junio de 2026
Con 520 semanas, una cuarta parte son 130 semanas: 520 × 7 ÷ 4 = 910 días. Contados desde el 30 de junio de 2026, el último día es el 26 de diciembre de 2028. Es más que el mínimo de 12 meses, así que se usa el plazo de 910 días.
Con 208 semanas o menos, la cuarta parte no llega a un año y se aplica el mínimo: 12 meses. Con 210 semanas, el plazo ya pasa del mínimo (367 días).
Qué pasa si vuelves a cotizar
Tus semanas no se borran cuando termina el plazo, pero para que te las reconozcan tienes que volver a cotizar un tiempo. Depende de cuánto pasó desde tu baja (artículo 151):
- Vuelves dentro del plazo de conservación. Se te reconocen de inmediato todas tus semanas.
- Hasta 3 años de interrupción. Todas tus semanas se reconocen al reinscribirte.
- Más de 3 años y hasta 6. Se reconocen cuando juntas 26 semanas nuevas de cotización.
- Más de 6 años. Se reconocen cuando juntas 52 semanas nuevas.
En el ejemplo, si vuelves a darte de alta el 1 de julio de 2029 (más de 3 años después de tu baja), necesitas 26 semanas: las juntas hacia el 30 de diciembre de 2029 si cotizas sin parar. Si vuelves el 1 de julio de 2032 (más de 6 años), necesitas 52 semanas: hacia el 30 de junio de 2033.
Mientras no trabajes con IMSS, puedes seguir cotizando por tu cuenta con la modalidad 40 o la modalidad 10, si cumples sus requisitos.
Ley 73 y Ley 97
La regla de la cuarta parte es la misma, pero cubre pensiones distintas:
- Ley 73 (artículo 182). Conservas las pensiones de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte. Mira la pensión de la Ley 73.
- Ley 97 (artículo 150). Es la conservación del seguro de invalidez y vida. Mira la pensión de invalidez del IMSS y la pensión de la Ley 97.
Las reglas de reingreso de la Ley 73 son parecidas a las del artículo 151 de la Ley 97. Si tu caso es de la Ley 73, confirma los plazos con el IMSS.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo conservo mis derechos en el IMSS?
Una cuarta parte del tiempo que cotizaste, con un mínimo de 12 meses desde la baja. Con 520 semanas, 910 días.
¿Qué pasa si dejo de cotizar más tiempo?
Tus semanas siguen en tu historial. Para que te las reconozcan al volver, juntas 26 semanas nuevas si pasaron más de 3 años y hasta 6, o 52 si pasaron más de 6.
¿Cuántas semanas necesito si regreso antes de que termine el plazo?
Ninguna: se te reconocen de inmediato todas las semanas que ya tenías.
¿Pierdo mis semanas si me despiden?
No, el motivo de la baja no cambia la regla. Cuenta desde la fecha de la baja y el tiempo que cotizaste.
¿Cuántas semanas me piden para pensionarme?
Depende de tu ley y del año. Míralo en la calculadora de semanas cotizadas.
¿Esta calculadora es la respuesta oficial del IMSS?
No. Es una estimación con la ley; el IMSS cuenta tu plazo con sus registros.
