En resumen
- La exención 7p deja sin IRPF el sueldo de los días que trabajas fuera de España para una empresa de fuera, con un tope de 60.100 € al año.
- Con 40.000 € de sueldo y 45 días fuera te quedan exentos 4.931,51 €: pagas unos 1.493,46 € menos de IRPF en Andalucía.
- El sueldo de cada día se saca dividiendo el bruto anual entre los 365 días del año, no entre los días laborables.
- No vale para autónomos ni para teletrabajar desde España, y no se puede juntar con el régimen de excesos.
Qué es la exención 7p
La exención 7p hace que no pague IRPF la parte de tu sueldo que corresponde a los días que trabajaste fuera de España para una empresa o entidad de fuera. Tiene un tope de 60.100 € al año. Se llama así porque está en la letra p) del artículo 7 de la ley del IRPF, y el cálculo lo detalla el artículo 6 del reglamento, los dos en su texto vigente.
Es solo de España y solo para quien es residente fiscal aquí y cobra un sueldo. Si no tienes claro dónde eres residente, empieza por la calculadora de residencia fiscal.
Requisitos de la exención 7p
Para tenerla hacen falta tres cosas:
- Trabajo hecho de verdad fuera de España. Tienes que estar desplazado en el otro país. Teletrabajar desde tu casa en España para una empresa de fuera no vale.
- Para una empresa o entidad de fuera. Tu trabajo tiene que beneficiar a una empresa no residente en España o a una sucursal de tu empresa en el otro país. Si es de tu mismo grupo, vale cuando le das un servicio que le aporta algo (una ventaja o utilidad), no si solo vas a vender por cuenta de la empresa española.
- Un país con un impuesto parecido al IRPF y que no sea paraíso fiscal. Se da por cumplido si España tiene con ese país un convenio para evitar la doble imposición con intercambio de información.
No la tienen los autónomos, porque solo vale para rendimientos del trabajo. Tampoco se puede juntar con el régimen de excesos, el de los trabajadores destinados fuera que cobran más por vivir allí: hay que elegir uno de los dos.
Cómo usar la calculadora
- Sueldo bruto al año. Todo lo que te paga tu empresa antes de descuentos.
- Días que trabajaste fuera. Los días que estuviste en el otro país por trabajo, contando el de ida y el de vuelta.
- ¿Para una empresa o un cliente de fuera? «Sí», «Es de mi mismo grupo» o «No».
En Opciones avanzadas están el requisito del país, los pluses que te pagaron solo por el trabajo fuera, el régimen de excesos, si eres autónomo y tu comunidad autónoma.
Cómo se calcula la exención 7p
Sueldo al día = (sueldo bruto − pluses por trabajar fuera) / 365 Exención = sueldo al día × días fuera + pluses por trabajar fuera Exención final = la menor entre la exención y 60.100 €
El reglamento dice que el sueldo se reparte entre todos los días del año, no entre los laborables. Los pluses que solo cobras por el trabajo fuera cuentan enteros. Lo que te ahorras es la diferencia entre el IRPF con y sin la exención: depende de tu comunidad y de tu tramo.
Ejemplo: 40.000 € de sueldo y 45 días fuera
Con los valores de ejemplo de la calculadora, que no son los tuyos: 40.000 € brutos, 45 días trabajando en otro país para una empresa de allí, en Andalucía.
| Paso | Importe |
|---|---|
| Sueldo al día (40.000 / 365) | 109,59 € |
| Sueldo de los 45 días fuera | 4.931,51 € |
| Parte exenta | 4.931,51 € |
| IRPF sin la exención | 7.681,45 € |
| IRPF con la exención | 6.187,99 € |
| Lo que te ahorras | 1.493,46 € |
Con 300.000 € de sueldo y 200 días fuera, la cuenta daría 164.383,56 €, pero solo quedan exentos 60.100,00 €, el tope.
Cómo se aplica en la nómina y en la renta
Tu empresa puede aplicar la exención en la nómina y retenerte menos. Si no lo hace, la pides tú en la declaración de la renta, en el apartado de rendimientos del trabajo, como rendimientos exentos por trabajos en el extranjero. Guarda billetes, tarjetas de embarque, cartas de la empresa de fuera y facturas de hotel: son tu prueba de los días.
Los días de ida y de vuelta cuentan como días fuera: así lo dijo el Tribunal Supremo en su sentencia 274/2021, de 25 de febrero de 2021, y lo sigue la Dirección General de Tributos.
Para ver cómo cambia tu nómina, usa la calculadora de IRPF de la nómina o la de sueldo bruto a neto.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la exención 7p?
Se divide tu sueldo bruto anual entre 365, se multiplica por los días que trabajaste fuera y se suman los pluses que cobras solo por ese trabajo. Lo que salga, hasta 60.100 € al año, no paga IRPF.
¿Vale la exención 7p si teletrabajo desde España para una empresa de fuera?
No. El trabajo tiene que hacerse físicamente fuera de España. Trabajar desde tu casa en España para una empresa alemana o estadounidense no da derecho a la exención.
¿Tienen la exención 7p los autónomos?
No. Solo vale para lo que cobras como trabajador de una empresa (rendimientos del trabajo). Los autónomos que trabajan fuera tributan por todo en su actividad.
¿Vale si trabajo para otra empresa de mi grupo en el extranjero?
Puede valer, si tu trabajo le da a esa empresa un servicio que le aporta algo, como montar un sistema, formar a su equipo o dirigir un proyecto suyo. Si solo coordinas desde fuera lo que necesita la empresa española, no.
¿Se puede aplicar la exención 7p a militares o funcionarios destinados fuera?
Sí, si cumplen los requisitos y no aplican el régimen de excesos. Quien está destinado fuera elige uno de los dos: la exención 7p o el de excesos, el que le salga mejor.
¿Qué tope tiene la exención 7p?
60.100 € al año. Si tu cuenta sale por encima, solo quedan exentos 60.100 € y el resto paga IRPF como siempre.
