La doble imposición ocurre cuando el mismo ingreso paga impuestos en dos países: en el que lo genera y en el que vives. Les pasa, por ejemplo, a quien cobra dividendos de una empresa extranjera o trabaja para una empresa de otro país. Para evitarla, los países firman convenios y, además, cada uno suele darte una deducción por lo que ya pagaste fuera.
Cómo se evita
La mayoría de países combinan dos mecanismos:
- Convenios entre países. Siguen modelos como el de la OCDE y reparten el derecho a cobrar. Para los dividendos o los intereses suelen limitar lo que puede retener el país de origen a un porcentaje máximo.
- Un método en tu país de residencia. O bien exime esa renta, o bien te deja restar de tu impuesto lo que pagaste fuera (la deducción), con un límite: nunca más de lo que habrías pagado aquí por esa misma renta.
Si no hay convenio, el método de tu país de residencia sigue funcionando, pero el país de origen puede retener más.
Ejemplo en España
Lo que sigue es solo para residentes fiscales en España; en otros países cambian los tipos y las normas.
En España, el artículo 80 de la Ley del IRPF deja deducir la menor de dos cantidades: lo pagado fuera por un impuesto análogo y lo que correspondería pagar en España por esa renta. Con Estados Unidos, el convenio limita al 15 % la retención sobre los dividendos de una persona (artículo 10). La Agencia Tributaria publica la lista de convenios firmados.
Cobras 1.000 € de dividendos de una empresa de EE. UU. y tu base del ahorro no pasa de 6.000 €, así que el tipo español es del 19 %:
| Concepto | Resultado |
|---|---|
| Retención en EE. UU. (15 % de 1.000 €) | 150,00 € |
| Impuesto en España por esos 1.000 € (19 %) | 190,00 € |
| Deducción por doble imposición (la menor de las dos) | 150,00 € |
| Lo que pagas en España | 40,00 € |
| Total de impuestos (150 + 40) | 190,00 € |
Pagas en total lo mismo que por un dividendo español. Si te retuvieran más del 15 %, el exceso no se deduce en España: se reclama a la hacienda del país de origen. Prueba tus cifras en la calculadora de impuestos de inversiones, en «Opciones avanzadas».
Preguntas frecuentes
¿Pago dos veces lo mismo si cobro dividendos de fuera?
Normalmente no: lo que te retienen fuera se descuenta de lo que debes en tu país, hasta el límite de lo que pagarías allí. Sí puedes acabar pagando más si el país de origen retiene más de lo que fija el convenio.
¿Un convenio elimina el impuesto del país de origen?
No siempre: muchas veces solo lo limita. El convenio fija un porcentaje máximo para cada tipo de renta (dividendos, intereses, regalías) y el resto se resuelve en tu país de residencia.
