En resumen
- En Paraguay el IDU es del 8 % sobre los dividendos si el socio es residente y del 15 % si no lo es.
- De una utilidad de Gs. 100.000.000, con Gs. 10.000.000 a reservas, la base es de Gs. 90.000.000 y el IDU, de Gs. 7.200.000.
- El socio residente cobra Gs. 82.800.000; uno no residente pagaría Gs. 13.500.000, es decir, Gs. 6.300.000 más.
Qué es el IDU en Paraguay
El IDU es el Impuesto a los Dividendos y a las Utilidades. Se paga cuando una sociedad reparte utilidades a sus socios o accionistas: el 8 % si quien cobra es residente en Paraguay y el 15 % si no lo es. Lo regulan los artículos 40 a 44 de la Ley 6380/2019.
Afecta a las sociedades anónimas, las de responsabilidad limitada, las empresas unipersonales y otras entidades constituidas en el país, y a los establecimientos permanentes de entidades del exterior. Quedan fuera las cooperativas, las mutuales y las maquiladoras.
Cuánto se paga
El IDU se calcula sobre las utilidades netas puestas a disposición del socio. La cuenta es sencilla:
- Resta de la utilidad lo que va a reservas o capitalización.
- Multiplica el resultado por 0,08 (residente) o por 0,15 (no residente).
- Lo que queda después del impuesto es lo que cobra el socio.
De cada 100 guaraníes de base, un socio residente paga 8 y uno no residente, 15.
Qué no paga IDU
Las utilidades que se destinan a reserva legal, a reservas facultativas o a aumentar el capital no pagan IDU mientras se queden en la sociedad. Si más tarde se rescata ese capital, sí tributan. Tampoco cuenta como distribución entregar acciones por capitalización de utilidades.
Ejemplo
Una sociedad reparte Gs. 100.000.000 de utilidad y aparta Gs. 10.000.000 a reservas. La base del IDU es de Gs. 90.000.000.
- Socio residente: el IDU al 8 % es de Gs. 7.200.000 y cobra Gs. 82.800.000. El impuesto pesa un 7,2 % de la utilidad total.
- Socio no residente: el IDU al 15 % es de Gs. 13.500.000, es decir, Gs. 6.300.000 más que con la tasa de residentes.
Quién retiene y cuándo
Quien paga la utilidad actúa como agente de retención y responde por el impuesto. En una sociedad anónima, la obligación nace cuando la asamblea decide el reparto, aunque el pago sea después. En una sociedad de responsabilidad limitada, nace en el plazo que fijen los estatutos; si no hay plazo, en el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio.
Para una persona física residente o un no residente, el IDU es un pago único y definitivo. Si el socio es una sociedad, el impuesto es un crédito que usa cuando ella reparta utilidades a sus propios socios.
Para no perderse
Si es la primera vez que haces esta cuenta, piensa en tres pasos: cuánto se reparte, cuánto se queda dentro de la sociedad y quién cobra. La parte que se queda en reservas no entra en la base. Con el resto se aplica el 8 % o el 15 %. El resultado es lo que se retiene, y la resta es lo que llega al socio.
Esta página no sustituye a la DNIT: la forma de declarar y los plazos de ingreso los fija la Administración Tributaria. La ley está enlazada arriba por si quieres leer los artículos completos.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el IDU en Paraguay?
Es del 8 % para quien cobra y reside en el país, y del 15 % para quien no reside. La tasa depende de quién cobra, no de cuánto se reparte.
¿Los préstamos a un socio pagan IDU?
La ley presume que son una distribución de utilidades, igual que los retiros sin contraprestación o los gastos personales pagados por la sociedad. La excepción es un préstamo de una entidad financiera dentro de los límites que fija el artículo 40.
¿Pagan IDU las reservas?
No mientras sigan en la sociedad. Si se devuelve ese capital al socio, la ley presume que se retira primero lo que vino de reservas y utilidades no distribuidas, y entonces sí hay IDU.
¿El socio debe declarar el IDU aparte?
Si es persona física residente o no residente, el pago es definitivo y la retención lo cubre. Confirma tu caso con la DNIT antes de declarar.
¿Un socio extranjero paga lo mismo que uno paraguayo?
No: el extranjero que no reside en Paraguay paga el 15 % y el residente, el 8 %. Cuenta la residencia, no la nacionalidad. Es una estimación con la Ley 6380/2019.
