En resumen
- En Perú, si vendes criptomonedas por S/ 45,000 que te costaron S/ 30,000, con S/ 300 de comisiones, tu ganancia es de S/ 14,700.00 y pagas unos S/ 918.75 de impuesto.
- El impuesto es el 6.25 % de la ganancia: de cada S/ 100 que ganas, pagas S/ 6.25. En el ejemplo equivale al 2.04 % de lo vendido.
- Si vendes con pérdida no pagas impuesto, pero esa pérdida no se compensa en este cálculo.
- Si vendes de forma habitual, como negocio, la renta es de tercera categoría y no se calcula aquí.
¿Cuánto impuesto se paga por vender criptomonedas en Perú?
Quien vende criptomonedas en Perú de forma ocasional paga el 6.25 % de su ganancia como impuesto a la renta de segunda categoría. Si vendes por S/ 45,000 algo que te costó S/ 30,000 y pagaste S/ 300 de comisiones, ganas S/ 14,700.00 y pagas S/ 918.75.
Esto es una estimación. La Ley del Impuesto a la Renta no nombra las criptomonedas. Se tratan como un bien de capital: su venta es una ganancia de capital. Confirma tu caso en la SUNAT.
Cómo se calcula
El cálculo sigue la Ley del Impuesto a la Renta:
- Ganancia: lo que recibes menos lo que costó lo vendido, con comprobantes (art. 20). Restamos también las comisiones.
- Impuesto: 6.25 % de esa renta neta de capital (art. 52-A).
- Te queda: la ganancia menos el impuesto.
Ganancia = venta − costo − comisiones Impuesto = ganancia × 6.25 % Te queda = ganancia − impuesto
No se aplica la deducción del 20 %, que es la de la venta de inmuebles. Las ganancias de capital son rentas de segunda categoría (art. 24 j).
Cómo usar la calculadora
- Total que recibiste al vender: en soles, la suma de lo vendido.
- Lo que costó comprar lo que vendiste: solo de lo que vendiste, no de todo lo que tienes.
- Comisiones: en Opciones avanzadas, lo que cobró la plataforma.
- Vendo de forma habitual: márcalo si vives de comprar y vender; entonces no se calcula.
- Tasa: 6.25 %. La puedes cambiar si la ley cambia.
Ejemplo: vendes por S/ 45,000
| Paso | Cuenta | Importe |
|---|---|---|
| Ganancia | S/ 45,000.00 − S/ 30,000.00 − S/ 300.00 | S/ 14,700.00 |
| Impuesto | S/ 14,700.00 × 6.25 % | S/ 918.75 |
| Te queda de la ganancia | S/ 14,700.00 − S/ 918.75 | S/ 13,781.25 |
El impuesto es el 2.04 % de lo vendido. Por cada S/ 100 de ganancia pagas S/ 6.25.
Qué pasa si pierdes o vendes de forma habitual
Si vendes por menos de lo que te costó, no hay ganancia y no pagas. Por ejemplo, vender por S/ 20,000 lo que costó S/ 30,000 más S/ 300 de comisiones deja una pérdida de S/ 10,300.00. Esta calculadora no la compensa con otras rentas.
Si compras y vendes de forma habitual, la ley lo trata como actividad de negocio, de tercera categoría. Ahí cambian la base y la tasa. Consulta a la SUNAT. Si lo tuyo es minar y no vender, mira minería de criptomonedas. Un ejemplo sencillo: si vendes por S/ 45,000 con costo y comisiones de S/ 30,300, la ganancia es S/ 14,700.00; si el mismo año haces otra venta con pérdida, esa pérdida no baja este impuesto en el cálculo.
Consejos para no equivocarte
- Guarda el historial de compras y ventas de tu plataforma: sirve de comprobante del costo.
- Suma solo el costo de las monedas que vendiste.
- Anota la fecha de cada compra y venta: ayuda a reconstruir el costo de lo vendido.
- Convierte los dólares a soles con el tipo de cambio que indique la SUNAT.
Preguntas frecuentes
Si vendo bitcoin y gano, ¿cuánto de esa ganancia se va en impuesto en Perú?
Sí, si hay ganancia. Se calcula un 6.25 % sobre la ganancia, no sobre el total vendido. Si vendes con pérdida, no pagas.
¿Pago algo a la SUNAT solo por comprar o guardar mis monedas?
La ganancia se mide al vender. Esta calculadora solo cubre la venta ocasional. Otros casos, como cambiar una moneda por otra, consúltalos con la SUNAT.
¿Qué impuesto sale si mi ganancia con cripto fue de S/ 10,000?
Con una ganancia de S/ 10,000, el impuesto estimado es S/ 625.00: de cada S/ 100 ganados, S/ 6.25.
¿Qué gastos de la plataforma puedo restar de mi venta de cripto?
El de lo que vendiste, con comprobante, y las comisiones. No restes lo que sigues teniendo.
¿Cambia algo si hago ventas de cripto todos los meses?
Si es habitual, la renta es de tercera categoría y no se calcula aquí. Si vendes de forma continua para vivir de ello, la SUNAT puede considerarlo un negocio.
¿El importe que da esta calculadora de cripto es el que debo pagar?
No: es una estimación con la ley que leímos en la SUNAT. La ley no nombra las criptomonedas.
