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Calculadora del impuesto por opciones y futuros en México

Calculadora para personas físicas en México. Elige el tipo de opciones o futuros, escribe tus ganancias y pérdidas y verás cuánto ISR pagas.

Solo México · Gratis y sin registro · Tema: Trading, Impuestos de trading y fondeo
Tus datos Importes en pesos mexicanos (MXN)
¿Qué tipo de opciones o futuros operas?

Si son sobre acciones o índices accionarios en un mercado reconocido, el ISR es del 10 % definitivo. En los demás hay retención del 25 %.

$

En el primer tipo, el total del año. En el segundo, el total del mes.

$

El mismo periodo que las ganancias.

$

En el primer tipo, de años anteriores ya actualizadas. En el segundo, de meses anteriores del mismo año. Si no tienes, déjalo en 0.

Opciones avanzadas
%

Es el 10 % (art. 129 de la Ley del ISR).

%

Es el 25 % sobre la ganancia del mes (art. 146 de la Ley del ISR).

%

Solo para estimar la declaración anual en los demás derivados. Depende de tus ingresos: cámbiala por la tuya.

ISR definitivo $4,000
Base del impuesto $40,000
Pérdida que aplicas $5,000

Pagas $4,000 de ISR definitivo sobre una base de $40,000.

Resultado neto
$45,000
Estimación del ISR anual
$4,000
Diferencia en la declaración anual
$0
Pérdida pendiente para después
$0

Ver el cálculo paso a paso

Paso Valor
Ganancias $60,000
- Pérdidas -$15,000
Resultado neto $45,000
- Pérdidas pendientes que se aplican -$5,000
Base del impuesto $40,000
× 10 % (pago definitivo) $4,000

Solo para México y personas físicas (arts. 129 y 146 de la Ley del ISR).

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • La ganancia o pérdida cuenta cuando la operación vence o se cancela con una contraria.
  • En este tipo no hay retención: tú calculas y pagas el 10 % al cierre del año. La pérdida se resta de ganancias del mismo tipo, del año y de los 10 siguientes.
  • Es una estimación: tu intermediario te entrega la constancia con las cifras oficiales.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Gobierno de México · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora del impuesto por opciones y futuros en México · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En México, si ganas $60,000 y pierdes $15,000 con opciones o futuros sobre acciones en mercado reconocido, el resultado neto es de $45,000.
  • Con $5,000 de pérdidas pendientes, la base es de $40,000 y el ISR definitivo del 10 % es de $4,000.
  • En los demás derivados, la casa de bolsa retiene el 25 % de la ganancia del mes: sobre la misma base serían $10,000.
  • La pérdida de un mes que sobra se resta en los meses siguientes del mismo año.

¿Cuánto impuesto pagas por opciones y futuros en México?

Depende del tipo de derivado. Si son opciones o futuros sobre acciones o índices accionarios en un mercado reconocido, pagas el 10 % de ISR definitivo sobre la ganancia del año. En los demás, la casa de bolsa te retiene el 25 % de la ganancia del mes. Esta página es solo para México y para personas físicas.

Con los datos de ejemplo: ganas $60,000 y pierdes $15,000. Quedan $45,000 de resultado neto. Tienes $5,000 de pérdidas pendientes, así que la base es de $40,000 y pagas $4,000. Con la misma base en un derivado de los demás tipos, la retención sería de $10,000.

Cómo usar la calculadora

  • Tipo: elige si operas sobre acciones o índices en mercado reconocido, o sobre otra cosa (divisas, tasas, materias primas).
  • Ganancias y pérdidas: solo cuentan las operaciones vencidas o canceladas. En el primer tipo escribe el total del año; en el segundo, el de un mes.
  • Pérdidas pendientes: las de años anteriores (primer tipo) o de meses anteriores del año (segundo tipo). Si no tienes, deja 0.
  • Opciones avanzadas: las tasas de 10 % y 25 %, y tu tasa anual estimada para ver la declaración.

Escribe todo en pesos mexicanos. La tasa anual de 30 % es solo un ejemplo: depende de tus ingresos.

Cómo se calcula

Resultado neto = Ganancias − Pérdidas
Pérdida que aplicas = la menor entre el resultado neto y tus pérdidas pendientes
Base = Resultado neto − Pérdida que aplicas
Bolsa reconocida: ISR = Base × 10 %
Otros derivados: Retención = Base × 25 %

Las reglas están en los artículos 129 y 146 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (copia de la Cámara de Diputados, última reforma que consta: 1 de abril de 2024). En el segundo tipo, las ganancias se suman después en tu declaración anual y la retención se acredita contra el impuesto.

Ejemplos

CasoBasePago
Bolsa reconocida: ganas $60,000, pierdes $15,000, tienes $5,000 pendientes$40,000$4,000
Otros derivados, mismas cifras en un mes$40,000$10,000 de retención
Ganas $5,000 y pierdes $15,000$0$0

En el segundo caso, con una tasa anual estimada del 30 %, el impuesto del año sería de $12,000: pagarías $2,000 más en la declaración anual. En el tercero, la pérdida neta de $10,000 se suma a los $5,000 que ya tenías y quedan $15,000 pendientes.

Diferencias entre los dos tipos, paso a paso

En el primer tipo (acciones o índices en mercado reconocido) el periodo es el año completo. Sumas todas las ganancias, restas todas las pérdidas y, si queda ganancia, restas las pérdidas pendientes de años anteriores. Sobre lo que quede pagas el 10 %, y ese pago es definitivo.

En el segundo tipo (divisas, tasas, materias primas y otros subyacentes) el periodo es el mes. La casa de bolsa calcula la ganancia del mes, resta las pérdidas del mismo mes y te retiene el 25 %. Si un mes cierras con pérdida, esa pérdida no se pierde: se resta de las ganancias de los meses siguientes del mismo año. Al terminar el año, sumas esas ganancias a tus demás ingresos en la declaración anual y acreditas lo que ya te retuvieron.

Errores habituales al calcular

  • Mezclar tipos: las pérdidas de un tipo no se restan de las ganancias del otro. Calcula cada uno por separado.
  • Contar posiciones abiertas: solo entran las operaciones vencidas o canceladas con una operación contraria.
  • Olvidar las pérdidas pendientes: si tienes pérdidas de años anteriores en el primer tipo, escríbelas ya actualizadas en el campo correspondiente.
  • Confundir retención con impuesto final: en el segundo tipo, el 25 % es un adelanto. Lo que pagas al final depende de tu tasa anual.
  • Usar cifras en otra moneda: escribe siempre pesos mexicanos.

Cuándo se considera ganancia

La ley dice que la ganancia se realiza cuando la operación vence, aunque no ejerzas el derecho, o cuando haces una operación contraria que la cancela. Lo mismo vale para la pérdida. Una posición abierta con ganancia sin cerrar todavía no cuenta.

Preguntas frecuentes

¿Pago impuesto si compro una opción y la dejo vencer sin valor?

Esa operación vence con pérdida. No genera impuesto y puede restarse de otras ganancias, según el tipo de derivado.

¿Quién retiene el 25 %?

La casa de bolsa o la institución de crédito que interviene en la operación. Te debe dar un comprobante con el monto y el impuesto retenido.

¿Por qué en bolsa reconocida no hay retención?

Porque la ley manda aplicar el artículo 129: pagas tú el 10 % definitivo. Tu intermediario te entrega el cálculo de la ganancia o pérdida del año.

¿Cuánto tiempo puedo restar una pérdida?

En derivados de capital sobre acciones o índices, en el año y los 10 siguientes. En los demás, en los meses siguientes del mismo año.

¿Qué pasa si mi operación termina en pérdida neta del año?

No pagas ISR por ese periodo. La pérdida queda pendiente y puedes escribirla en «Pérdidas pendientes de antes» cuando vuelvas a calcular.

¿Esta calculadora sustituye a mi constancia?

No. Es una estimación. Para declarar usa la constancia de tu intermediario y las fuentes oficiales.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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