En resumen
- En Colombia, si retiras cesantías parciales, los intereses del 12 % anual se liquidan por tramos de días entre cada liquidación, según el Decreto Único Reglamentario del Trabajo.
- Con $ 3.000.000 de cesantías, un retiro de $ 1.000.000 el 31 de marzo y otro de $ 500.000 el 31 de agosto, los intereses son $ 115.000.
- Sin ningún retiro, esas mismas cesantías darían $ 360.000 en un año completo.
- Cada retiro paga intereses solo por los días desde la liquidación anterior.
Cómo se calculan los intereses si ya retiraste cesantías
Si retiraste una parte de tus cesantías, los intereses del 12 % anual no se calculan de golpe: se calculan por tramos de días entre una liquidación y la siguiente. Esta calculadora sirve solo para Colombia.
La regla está en el artículo 2.2.1.3.5 del Decreto 1072 de 2015. Dice tres cosas:
- Con un pago parcial, los intereses se liquidan por el tiempo entre el 31 de diciembre anterior y la fecha de esa liquidación.
- Con dos o más pagos parciales en el año, cada uno cuenta el tiempo desde la liquidación anterior.
- Lo mismo vale si terminas el contrato en un año en que ya recibiste pagos parciales.
El 12 % anual viene de la Ley 52 de 1975. Si quieres el cálculo de un año completo sin retiros, usa la calculadora de intereses de las cesantías.
La fórmula por tramos
Intereses de un tramo = valor liquidado × 12 % × días del tramo / 360
- Retiro: su valor se multiplica por los días desde la liquidación anterior (o desde el 31 de diciembre) hasta la fecha del retiro.
- Saldo: lo que no retiraste se liquida en la fecha de corte, por los días desde el último retiro.
- Meses de 30 días: el año tiene 360 días y febrero también cuenta 30.
- Total: la suma de todos los tramos.
Dicho fácil: por cada $ 100 liquidados durante un año entero, son $ 12 de intereses. Si el tramo dura la mitad del año, son $ 6.
Ejemplo con dos retiros
Tienes $ 3.000.000 de cesantías. El 31 de marzo retiras $ 1.000.000 y el 31 de agosto, otros $ 500.000. El corte es el 31 de diciembre.
- Primer retiro: 90 días. $ 1.000.000 × 12 % × 90 / 360 = $ 30.000.
- Segundo retiro: 150 días, del 31 de marzo al 31 de agosto. $ 500.000 × 12 % × 150 / 360 = $ 25.000.
- Saldo: quedan $ 1.500.000 durante 120 días, del 31 de agosto al 31 de diciembre. $ 1.500.000 × 12 % × 120 / 360 = $ 60.000.
- Total: $ 30.000 + $ 25.000 + $ 60.000 = $ 115.000.
Qué pasa si no hay retiros
El saldo corre los 360 días y los intereses son el 12 % completo. Con las mismas cesantías de $ 3.000.000, serían $ 360.000. Por eso, cuando retiras, el total baja: cada parte solo paga por los días de su tramo.
Si terminas el contrato en el año
Pon como fecha de corte el día de tu salida. El último tramo llega hasta esa fecha y los intereses se pagan con tu liquidación final. Con $ 3.000.000, un retiro de $ 1.000.000 el 31 de marzo y salida el 30 de junio, los intereses son $ 30.000 por el retiro y $ 60.000 por el saldo de $ 2.000.000 durante 90 días.
Si entraste este año, escribe tu fecha de ingreso en Opciones avanzadas: el primer tramo parte desde ese día.
Cuándo se pagan
Los intereses los paga la empresa a ti, no al fondo. Se pagan a más tardar el 31 de enero del año siguiente, o con la liquidación si el contrato termina antes. Sobre los intereses no se calculan nuevos intereses.
Los retiros siguen sus propias reglas: mira los requisitos en la calculadora de retiro parcial de cesantías y el cálculo básico en la de cesantías.
Qué conviene saber
Es una estimación. Cada empresa y cada fondo registran fechas y saldos a su manera, y el valor que te paguen puede variar unos pesos. Si tus cesantías son de un régimen distinto, como el retroactivo, el cálculo cambia.
Preguntas frecuentes
¿Los retiros bajan los intereses?
Sí. Lo que retiras deja de estar en el saldo, y cada parte solo paga por los días de su tramo. Con $ 3.000.000 y dos retiros, el ejemplo da $ 115.000 en vez de $ 360.000.
¿Cuántos retiros puedo poner?
Hasta tres. Los dos primeros están a la vista y el tercero, en Opciones avanzadas. Si no hubo retiro, deja su monto en 0.
¿Qué fecha de corte pongo?
El 31 de diciembre si sigues en la empresa. Si terminó tu contrato, la fecha de salida.
¿Febrero cuenta 28 días?
No. Para este cálculo cada mes tiene 30 días, también febrero. Un retiro el 28 de febrero son 60 días desde el 31 de diciembre.
¿Qué pasa si retiro todas mis cesantías el 31 de diciembre?
El retiro paga el año completo: 360 días. Con $ 1.000.000 son $ 120.000 y el saldo queda en cero.
¿Se pagan intereses sobre los intereses?
No. El 12 % se aplica solo a las cesantías.
