En resumen
- En Paraguay, el IRP por vender acciones o cuotas de capital es el 8 % de la renta neta, que es la menor entre el 30 % del precio y la ganancia real.
- Al vender por Gs. 300.000.000 acciones que costaron Gs. 250.000.000, con Gs. 5.000.000 de gastos, la ganancia real es Gs. 45.000.000 y el IRP es Gs. 3.600.000.
- Con el 30 % del precio el IRP sería Gs. 7.200.000: usar la ganancia real ahorra Gs. 3.600.000.
- Sin comprobantes se aplica siempre el 30 % del precio, así que el IRP es el 2,4 % de lo que cobras.
¿Cuánto IRP se paga por vender acciones o cuotas de capital en Paraguay?
El IRP por vender acciones o cuotas de capital es el 8 % de la renta neta. Esa renta es la menor entre el 30 % del precio de venta y tu ganancia real. Por eso el impuesto nunca pasa del 2,4 % del precio. Esta calculadora es solo para Paraguay y da una estimación.
Cómo usar la calculadora
- Precio de venta. Lo que te pagan por tus acciones o por tu participación en la sociedad.
- Lo que pagaste o aportaste. Tu costo: la compra o el capital que pusiste de verdad.
- Opciones avanzadas. Gastos con comprobante, la casilla de comprobantes y las cifras de la ley, por si cambian.
Cómo se calcula
El artículo 59 de la Ley 6380/2019 trata igual la venta de acciones, de cuotas de capital, la cesión de derechos y similares. La ley presume que la renta neta es la menor de dos cifras. Una es el 30 % del valor de venta. La otra es lo que cobras menos lo que pagaste, más los gastos de venta (o menos el aporte de capital realizado). Esta segunda exige comprobantes. Sobre esa renta, el artículo 60 aplica el 8 %.
renta presunta = precio × 30 % ganancia real = precio − costo o aporte − gastos de venta renta neta = la menor de las dos (sin comprobantes, la presunta) IRP = renta neta × 8 %
Ejemplo
Un socio vende sus cuotas de capital de una sociedad por Gs. 300.000.000. Aportó Gs. 250.000.000 y tiene Gs. 5.000.000 de gastos de venta con comprobante.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Renta presunta (30 % del precio) | Gs. 90.000.000 |
| Ganancia real | Gs. 45.000.000 |
| Renta neta (la menor) | Gs. 45.000.000 |
| IRP del 8 % | Gs. 3.600.000 |
| Con el 30 % del precio | Gs. 7.200.000 |
| Ahorro por usar la ganancia real | Gs. 3.600.000 |
El IRP es el 1,2 % del precio: poco más de 1 guaraní de cada 100. Después del impuesto el socio cobra Gs. 296.400.000.
Qué no incluye este cálculo
- Dividendos. Lo que cobras como socio o accionista se calcula aparte, con la calculadora de IDU.
- Rescate de acciones o cuotas. Cuando la sociedad te devuelve el aporte, la regla es otra: mira la calculadora de rescate.
- Intereses y regalías. Se pagan sobre el total cobrado y no entran en esta venta.
- Inmuebles. La misma regla del 30 % o la ganancia real se explica en la venta de un inmueble.
Para el IRP en general, usa la calculadora de IRP.
Cuándo sale mejor cada base
Si compraste por casi lo mismo que vendes, o vendes con pérdida, la ganancia real manda y el IRP casi desaparece. Si tu ganancia real supera el 30 % del precio, el tope del 30 % te protege y el IRP no pasa del 2,4 % de lo cobrado. Sin comprobantes de tu aporte, ese tope es la única base. Prueba a marcar y desmarcar la casilla de comprobantes.
Fuentes oficiales
- Ley 6380/2019, de Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional (DNIT): arts. 59 y 60.
- Misma ley en la BACN.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el IRP al vender acciones en Paraguay?
El vendedor, porque la ganancia es suya. Cómo y cuándo se presenta lo fija la Administración Tributaria: consulta a la DNIT o a tu contador.
¿Qué pasa si no tengo comprobantes de lo que pagué?
Sin comprobantes no puedes usar la ganancia real. Se aplica el 30 % del precio y el IRP es el 2,4 % del precio de venta.
¿Los gastos de la venta de acciones restan del IRP?
Sí, si están respaldados con comprobantes: se suman a lo que pagaste o aportaste y achican la ganancia real. Solo importan si esa ganancia queda por debajo del 30 % del precio.
¿Hay IRP si vendo con pérdida?
Con comprobantes, la ganancia real es cero, así que la renta neta es cero y el IRP también. Sin ellos se usa el 30 % del precio.
¿Vale igual para acciones que para cuotas de capital?
Sí. El artículo 59 nombra las dos en la misma regla, y también la cesión de derechos y similares.
¿Puedo declarar un precio menor para pagar menos?
Esta calculadora no lo contempla ni lo sugiere. El precio debe ser el real de la operación.
