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Calculadora de jornada nocturna en Paraguay: tu turno y sus límites

Calculadora solo para Paraguay. Escribe a qué hora entras, a qué hora sales y cuánto dura tu descanso. Verás si tu turno cuenta como diurno, mixto o nocturno, el límite de horas que le toca y el recargo del 30 % por la noche.

Solo Paraguay · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en guaraníes (PYG)

A qué hora empiezas tu turno.

A qué hora terminas. Si es menor que la entrada, el turno termina al día siguiente.

minutos

Ese tiempo no cuenta como jornada. La ley pide al menos 30 minutos.

Opciones avanzadas
Gs.

Antes del descuento del IPS. El sueldo mínimo es de Gs. 3.044.000.

Solo se usa para el recargo del mes.

Se descuenta primero de ese período.

30 es la práctica habitual; el Código no fija el divisor.

%
Tu jornada es 2 7 h de trabajo al día
Recargo nocturno del mes Gs. 669.680 22 días al mes
Horas pasadas del límite al día 0 límite de 7 h

Tu turno es nocturno: 7 horas de trabajo al día (7 horas de noche y 0 horas de día). El límite de ese tipo de jornada es de 7 horas al día y 42 horas a la semana. Estás dentro de los dos límites.

Horas de noche al día
7
Horas de día al día
0
Horas a la semana
35
Límite semanal
42
Valor de tu hora normal
Gs. 14.495
Recargo nocturno de un día
Gs. 30.440

Límites de cada jornada

Jornada Horas al día Horas a la semana
Diurna (6:00 a 20:00) 8,0 48
Mixta 7,5 45
Nocturna (20:00 a 6:00) 7,0 42
Cómo se ha calculado, con tus números
  1. Turno de 22 a 6 h = 8 horas en total; de ellas 8 horas caen entre las 20:00 y las 6:00.
  2. Quitando el descanso de 60 minutos: 7 horas de noche + 0 horas de día = 7 horas.
  3. Jornada nocturno: límite de 7 horas al día y 42 horas a la semana. A la semana trabajas 7 x 5 días = 35 horas.
  4. Hora normal = Gs. 3.044.000 / 30 / 7 = Gs. 14.495
  5. Recargo del día = 7 x Gs. 14.495 x 0,3 = Gs. 30.440

Solo para Paraguay, trabajadores en relación de dependencia (Código del Trabajo, arts. 194 a 196 y 234).

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Según el art. 196, un turno con aunque sea media hora de noche y otra de día es mixto. Es el criterio de la ley, no una tarifa pactada.
  • El descanso no cuenta como jornada (art. 200). La ley no dice en qué período cae; puedes cambiarlo en las opciones avanzadas.
  • Las horas que pasan del límite son horas extra: calcúlalas en la calculadora de horas extra. Es una estimación; tu contrato o convenio puede mejorar estas cifras.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: bacn.gov.py · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de jornada nocturna en Paraguay: tu turno y sus límites · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Paraguay, el trabajo de noche es el que se hace entre las 20:00 y las 6:00 y la jornada nocturna dura como máximo 7 horas al día y 42 a la semana (Código del Trabajo, arts. 194 y 195).
  • Un turno de 22:00 a 6:00 con 1 hora de descanso son 7 horas de trabajo de noche: justo el límite de la jornada nocturna.
  • Con Gs. 3.044.000 al mes, la hora normal de esa jornada es de Gs. 14.495 y el recargo del 30 % suma Gs. 30.440 por día y Gs. 669.680 en 22 días.
  • Un turno de 14:00 a 22:00 es mixto: tiene 2 horas de noche y su límite es de 7 horas y media, así que se pasa media hora.

¿Qué es la jornada nocturna en Paraguay?

Es la que se hace entre las 20:00 y las 6:00. Dura como máximo 7 horas al día y 42 a la semana, y la noche se paga con 30 % más que el día. Así lo dice el Código del Trabajo (Ley 213/93) en sus artículos 194, 195 y 234.

Esta calculadora sirve solo para Paraguay. Te dice si tu turno cuenta como diurno, mixto o nocturno, cuántas horas de trabajo tiene de verdad una vez quitado el descanso y si te pasas del límite. Es una estimación para entender tu horario, no un documento oficial.

Cómo usar la calculadora

  1. Entrada y salida. Elige la hora a la que empiezas y a la que terminas. Si sales a una hora menor que la de entrada, el turno acaba al día siguiente.
  2. Descanso. Escribe los minutos de descanso intermedio. No cuentan como jornada.
  3. Días a la semana. Sirven para comparar con el límite semanal.
  4. Sueldo mensual. Con él se calcula el valor de tu hora y el recargo de la noche.

En Opciones avanzadas puedes indicar los días del mes que trabajas, en qué período cae el descanso, el divisor del sueldo y el porcentaje de recargo.

Diurna, mixta y nocturna: los límites

El Código separa tres tipos de jornada según la hora a la que se trabaja:

JornadaCuándo esHoras al díaHoras a la semana
Diurnatodo el trabajo entre las 6:00 y las 20:00848
Mixtaparte entre las 6:00 y las 20:00 y parte de noche7 y media45
Nocturnatodo el trabajo entre las 20:00 y las 6:00742

La clave está en el artículo 196: la jornada mixta es la que abarca períodos de las dos. Por eso un turno de 14:00 a 22:00, que tiene dos horas de noche, ya se considera mixto y su tope baja de 8 a 7 horas y media. La calculadora recorre tu turno de media en media hora y suma cuántas caen de día y cuántas de noche.

Cómo cuenta el descanso

El artículo 200 pide un descanso intermedio de al menos media hora y dice que ese tiempo no se computa en la jornada. Es decir, si estás en la empresa 8 horas con 1 hora de descanso, trabajas 7.

La ley no dice en qué período cae ese descanso. Por defecto la calculadora lo descuenta de las horas de noche; si tu descanso es de día, cámbialo en las opciones avanzadas. Si el período elegido no tiene suficientes horas, el resto se quita del otro.

Ejemplo: turno de 22:00 a 6:00

Con el sueldo mínimo de Gs. 3.044.000 desde julio de 2026, entrando a las 22:00, saliendo a las 6:00, con 60 minutos de descanso y 5 días a la semana:

DatoResultado
Tiempo en la empresa8 horas
Horas de trabajo (sin descanso)7 horas, todas de noche
Tipo de jornadaNocturna: límite de 7 horas al día y 42 a la semana
Horas a la semana35
Valor de la hora normalGs. 14.495
Recargo nocturno de un díaGs. 30.440
Recargo nocturno de 22 díasGs. 669.680

La hora normal sale de dividir el sueldo entre 30 días y entre las 7 horas de la jornada nocturna: Gs. 3.044.000 / 30 / 7. El recargo de un día es 7 horas x Gs. 14.495 x 0,30.

Compara con un turno de 14:00 a 22:00 sin descanso. Tiene 6 horas de día y 2 de noche, así que es mixto. Trabaja 8 horas, el límite es de 7 y media: se pasa 0,5 horas al día. Su hora normal es de Gs. 13.529 y el recargo por las 2 horas de noche, Gs. 8.117 al día.

Cuando el turno se pasa del límite

Hay dos topes: el diario y el semanal. La calculadora mide los dos. Si trabajas 7 días a la semana en turno nocturno de 7 horas, son 49 horas, 7 más que las 42 de la ley. Las horas que superan el límite son horas extra y se pagan con recargo aparte.

Hay excepciones previstas en el Código, por ejemplo para algunos trabajadores excluidos de la limitación de jornada. Si eres uno de ellos, el límite de esta calculadora puede no aplicarte. Tampoco calcula las horas extra: para ellas usa la calculadora de horas extra. Para el pago de feriados mira trabajo nocturno y feriado, y si tu turno mezcla día y noche, la de jornada mixta.

Preguntas frecuentes

¿De qué hora a qué hora es el trabajo nocturno en Paraguay?

De las 20:00 a las 6:00. Cualquier hora trabajada en ese tramo es de noche; el resto del día, de 6:00 a 20:00, es diurno.

¿Cuántas horas dura la jornada nocturna en Paraguay según el Código del Trabajo?

Como máximo 7 horas al día y 42 a la semana. La diurna llega a 8 y 48, y la mixta a 7 horas y media y 45.

¿Qué pasa si empiezo a las 18:00 y termino a las 2:00?

Tu turno es mixto: tiene horas de día (18:00 a 20:00) y de noche (20:00 a 2:00). Su límite es de 7 horas y media. Con 8 horas de turno y media hora de descanso, trabajas 7 y media y estás justo en el tope.

¿El recargo nocturno se paga si solo trabajo unas horas de noche?

Sí. El recargo del 30 % se aplica a las horas que caen entre las 20:00 y las 6:00, aunque el resto del turno sea de día. La calculadora lo calcula solo sobre esas horas.

¿El descanso cuenta dentro de mis 7 horas?

No. El artículo 200 dice que el descanso intermedio no se computa en la jornada. Se resta del tiempo que pasas en la empresa.

¿Por qué mi recibo sale distinto?

Tu empresa puede dividir el sueldo entre otro número de días, aplicar un convenio colectivo que mejore la ley o incluir otros pagos. El Código no fija el divisor del sueldo; aquí se usa 30 y lo puedes cambiar.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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