En resumen
- En Bolivia, el fallecimiento de tus padres, cónyuge, hermanos o hijos te da 3 jornadas laborales de licencia, pagadas al 100 % (Decreto Supremo 4708).
- Con un sueldo de Bs 4.500, un día vale Bs 150 y los 3 días de licencia, Bs 450; no se descuentan de tu sueldo ni de tus vacaciones.
- Debes entregar el certificado de defunción dentro de los 5 días del fallecimiento.
- Si el fallecimiento es un martes y trabajas de lunes a viernes, tu licencia va de martes a jueves.
¿Cuántos días de licencia por luto hay en Bolivia?
En Bolivia tienes 3 jornadas laborales de licencia por luto o duelo cuando fallece tu padre, tu madre, tu cónyuge, un hermano, una hermana o un hijo. Esta calculadora sirve solo para Bolivia. La fija el Decreto Supremo 4708 del 1 de mayo de 2022, artículo 2, para los trabajadores amparados por la Ley General del Trabajo.
La licencia es con goce del 100 % de tu remuneración, sin cargo a vacaciones y sin importar cuánto tiempo llevas en la empresa. Las fuentes oficiales están en la Guía de derechos laborales del Ministerio de Trabajo, capítulo XVII.
¿Quién entra y quién no?
Entran padres, cónyuge, hermanos e hijos. Abuelos, suegros, tíos y otros familiares no figuran en la norma que hemos leído. Si falleció uno de ellos, mira tu reglamento interno o tu contrato: algunas empresas dan permisos más amplios. La calculadora, en ese caso, no da ningún día.
¿Cuánto se paga la licencia por luto?
Se paga el 100 % de tu total ganado. La licencia no se descuenta de tu sueldo. Para saber su importe, la calculadora divide tu sueldo del mes entre 30 y multiplica por los días.
Un día = Total ganado ÷ 30 Valor de la licencia = Un día × días de licencia
Ese valor es también lo que te descontarían si la empresa no concediera la licencia y contara los días como falta. Es una estimación: tu planilla puede redondear distinto.
Cómo usar la calculadora
- Total ganado al mes: tu sueldo con bonos fijos, antes de descuentos.
- Quién falleció: padre o madre, cónyuge, hermano o hermana, hijo o hija, u otro familiar.
- Fecha del fallecimiento: el día del deceso.
- En las opciones avanzadas puedes elegir si trabajas de lunes a viernes o de lunes a sábado, cambiar los días si tu contrato da más y escribir el día en que entregas el certificado.
Los días se cuentan solo en jornadas laborales. Por prudencia, si el fallecimiento cae en día laborable, ese mismo día cuenta como el primero. La guía oficial no precisa desde qué día corren las jornadas.
Plazo para entregar el certificado
Para usar la licencia debes presentar el certificado de defunción dentro de los 5 días de ocurrido el deceso, ante tu empleador. La guía no dice si son días hábiles o naturales; la calculadora usa 5 días naturales, que es lo más prudente. Si el fallecimiento fue el 10 de marzo, el plazo llega hasta el domingo 15 de marzo.
Ejemplo con un sueldo de Bs 4.500
Fallece tu madre el martes 10 de marzo y trabajas de lunes a viernes.
| Concepto | Cálculo | Resultado |
|---|---|---|
| Un día de sueldo | 4.500 ÷ 30 | Bs 150,00 |
| Valor de la licencia | 150 × 3 días | Bs 450,00 |
| Descuento | la licencia no se descuenta | Bs 0,00 |
| Último día de licencia | martes, miércoles y jueves | jueves 12 de marzo |
| Certificado hasta | 10 de marzo + 5 días | domingo 15 de marzo |
Si el fallecimiento hubiera sido un sábado, con la misma semana laboral la licencia sería lunes, martes y miércoles.
Para otros permisos mira la licencia de paternidad y, si tu sueldo ya quedó por debajo del mínimo, el salario mínimo en Bolivia (Bs 3.300 en 2026). Para ayuda con los gastos del sepelio, revisa los gastos funerarios de la Gestora.
Preguntas frecuentes
¿La licencia por luto se descuenta de las vacaciones?
No. El decreto dice que es sin cargo a vacaciones. Es un permiso aparte, con el 100 % de tu remuneración.
¿Cuenta el fin de semana en la licencia por luto?
No, porque son jornadas laborales. Si el fallecimiento es un viernes y trabajas de lunes a viernes, el sábado y el domingo no cuentan: la licencia sigue el lunes y el martes.
¿Me dan licencia si fallece mi abuelo o mi suegra?
El Decreto Supremo 4708 nombra a padres, cónyuge, hermanos e hijos. Para otros familiares depende de tu contrato o del reglamento interno de tu empresa.
¿Qué pasa si entrego el certificado después de 5 días?
La norma pide presentarlo dentro de los 5 días del deceso. Si te pasas, habla con tu empresa cuanto antes: el criterio con el que se aceptan entregas tardías no figura en la guía.
¿Puede mi empresa darme menos de 3 días?
No. Es el mínimo que fija el decreto para quienes están bajo la Ley General del Trabajo. Tu contrato o convenio puede dar más.
