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Calculadora de liquidación CAS en Perú: lo que cobras al terminar tu contrato

Solo para Perú. Escribe tu remuneración, el día que empezaste y tu último día de trabajo. Verás cuánto te corresponde por vacaciones truncas, vacaciones sin gozar y aguinaldo pendiente, con la cuenta a la vista.

Solo Perú · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras laborales
Tus datos Importes en soles (PEN)
S/

El monto de tu contrato, antes de descuentos.

Tu primer día, contando renovaciones seguidas.

Opciones avanzadas
años

No cuentes el año en curso.

días

Solo los del periodo en curso. Se restan de lo que te toca.

Fiestas Patrias y Navidad. Pide el dato a tu oficina de personal.

S/

Hasta S/ 300 según la Ley de Presupuesto vigente.

Total a cobrar S/ 1,891.67 sin descuentos de ONP, AFP ni renta
Vacaciones truncas S/ 1,891.67 7 meses y 17 días del periodo en curso

Tu liquidación CAS sale en unos S/ 1,891.67: S/ 1,891.67 de vacaciones truncas. No hay CTS ni gratificación en el CAS.

Vacaciones sin gozar
S/ 0.00
Aguinaldo pendiente
S/ 0.00
Cuánto aporta cada concepto
  • Importe

Ver el cálculo paso a paso

Concepto Periodo Cuenta Importe
Vacaciones truncas 7 meses y 17 días S/ 3,000.00 × (7 / 12 + 17 / 360) S/ 1,891.67
Vacaciones sin gozar 0 años S/ 3,000.00 × 0 S/ 0.00
Aguinaldo pendiente 0 aguinaldos 0 × S/ 300.00 S/ 0.00
Total a cobrar S/ 1,891.67

Solo para Perú, trabajadores CAS (Decreto Legislativo 1057).

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación: tu oficina de personal hará la cuenta oficial.
  • El CAS no tiene CTS, gratificación ni bonificación extraordinaria. Por eso la cuenta es más corta que la del régimen privado.
  • Las vacaciones truncas pueden llevar descuento de ONP o AFP y renta de quinta categoría; aquí se muestra el importe sin descuentos.
  • No se calcula ninguna indemnización: depende de cómo terminó tu contrato y de la decisión de tu entidad.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Congreso del Perú y Gobierno del Perú · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de liquidación CAS en Perú: lo que cobras al terminar tu contrato · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Perú, la liquidación de un trabajador CAS se reduce a vacaciones truncas, vacaciones sin gozar y aguinaldos pendientes: no hay CTS ni gratificación.
  • Con una remuneración de S/ 3,000.00, ingreso un 15 de marzo y último día el 31 de octubre del mismo año, las vacaciones truncas son S/ 1,891.67.
  • Las vacaciones del CAS son de 30 días por año: cada mes completo suma un dozavo de tu remuneración y cada día suelto, un treintavo de un dozavo.
  • Si te falta cobrar un aguinaldo, se suma hasta S/ 300.00 por cada uno, según la Ley de Presupuesto.

Qué te pagan al terminar un contrato CAS

Al terminar tu contrato CAS te corresponde el pago de las vacaciones truncas (las que ya ganaste y no gozaste), las vacaciones de años anteriores que sigas debiendo y los aguinaldos que no te hayan pagado. El CAS es el régimen especial del Decreto Legislativo 1057 y no incluye CTS ni gratificaciones; por eso su liquidación es más corta que la del régimen privado.

Esta página es solo para Perú y para trabajadores CAS del Estado. Si trabajas en una empresa privada, usa la liquidación de beneficios sociales. Es una estimación: la cifra oficial la hace la oficina de personal de tu entidad.

Desde la Ley 31131, el contrato CAS es de tiempo indeterminado y solo se extingue por las causas que fija la norma. Aquí no se calcula ninguna indemnización: solo lo que ya ganaste.

Cómo usar la calculadora

  1. Escribe tu remuneración mensual del contrato, antes de descuentos.
  2. Elige la fecha en que empezaste a trabajar. Si renovaste el contrato sin corte, pon el primer día.
  3. Elige tu último día de trabajo.
  4. Mira el total y el cuadro «paso a paso».

En Opciones avanzadas puedes indicar los años de vacaciones que no gozaste, los días que ya gozaste este año y los aguinaldos que aún no te pagaron, con su monto.

Cómo se calculan las vacaciones truncas

El CAS tiene 30 días de vacaciones por año, es decir, un mes de remuneración. Si el contrato termina antes de cumplir el año, se paga la parte ganada: un dozavo por cada mes completo y un treintavo de ese dozavo por cada día suelto. Hace falta al menos un mes completo de servicio, criterio que la SUNAFIL explica para la liquidación de beneficios.

Vacaciones truncas = remuneración × (meses / 12 + días / 360) − remuneración / 30 × días ya gozados
  • meses y días se cuentan desde tu último aniversario en la entidad hasta tu último día de trabajo.
  • Los días ya gozados del año en curso se restan. Si te sales pasado, el resultado se queda en cero: nunca sale negativo.
  • Las vacaciones de años anteriores sin gozar se pagan completas: una remuneración por cada año.

Ejemplo: remuneración de S/ 3,000.00 y último día el 31 de octubre

Empezaste el 15 de marzo de 2025, cobras S/ 3,000.00 al mes y dejas el trabajo el 31 de octubre de 2026. Tu último aniversario fue el 15 de marzo de 2026. Desde entonces hay 7 meses y 17 días.

ConceptoPeriodoImporte
Vacaciones truncas7 meses y 17 díasS/ 1,891.67
Vacaciones sin gozarningunoS/ 0.00
Aguinaldo pendienteningunoS/ 0.00
TotalS/ 1,891.67

La cuenta: 3,000.00 × (7 / 12 + 17 / 360) = 1,750.00 + 141.67 = 1,891.67. De cada 100 soles de tu remuneración mensual, cobras unos 63 por esos 7 meses y 17 días.

Si ya hubieras gozado 10 días de vacaciones este año, se restarían S/ 1,000.00 (3,000.00 / 30 × 10) y quedarían S/ 891.67.

Qué no incluye esta cuenta

  • CTS y gratificación. El CAS no las tiene. Si pasaste de un régimen privado al CAS, esos beneficios se pagaron al cerrar el régimen anterior.
  • Aguinaldos. Se pagan en las planillas de julio y diciembre, hasta S/ 300.00 cada uno, a quien está en planilla en la fecha de corte. Si terminas el contrato antes del corte, normalmente no hay aguinaldo nuevo. La calculadora de aguinaldo del sector público explica el requisito.
  • Descuentos. Las vacaciones truncas pueden llevar aporte a la ONP o a la AFP y renta de quinta categoría. Aquí se muestra el importe antes de descuentos.
  • Remuneración del último mes. Los días trabajados del último mes se pagan aparte, según tu remuneración.

Errores comunes

  • Contar el aniversario desde el último contrato en vez de desde el primer día continuo. Si renovaste sin pausa, cuenta todo el tiempo.
  • Olvidar las vacaciones de años anteriores que nunca gozaste.
  • Esperar CTS o gratificación: en el CAS no existen.
  • Sumar el aguinaldo cuando ya lo cobraste en la planilla.

Para ver cuánto es tu día de remuneración o el descuento por faltas, puedes usar la calculadora de descuento por faltas. El sueldo mínimo en Perú es de S/ 1,230.00 desde octubre de 2026, según el D. S. 015-2026-TR; puedes verlo en la calculadora de remuneración mínima.

Preguntas frecuentes

¿Los trabajadores CAS tienen CTS o gratificación?

No. El régimen CAS reconoce vacaciones de 30 días, aguinaldos, aportes a salud y pensiones, entre otros derechos, pero no CTS ni gratificaciones. Por eso la liquidación solo tiene vacaciones y, si falta, el aguinaldo.

¿Cuántos días de vacaciones tiene un CAS?

Treinta días calendario por cada año de servicios. En el cálculo, ese mes entero equivale a una remuneración mensual, repartida en 12 dozavos por año.

¿Qué pasa si trabajé menos de un mes?

Si no llegas a un mes completo de servicio no hay vacaciones truncas. Solo corresponde la remuneración de los días trabajados.

¿Se descuenta algo de mi liquidación?

Es posible. Las vacaciones son remuneración, y pueden llevar el aporte de pensión (ONP o AFP) y la renta de quinta categoría. La calculadora muestra el importe antes de esos descuentos.

¿Cuál es el monto del aguinaldo CAS?

Hasta S/ 300.00 cada uno, en julio y en diciembre, según la Ley de Presupuesto del año. Cobran quienes están en planilla en la fecha de corte que fija el decreto de cada aguinaldo. Puedes cambiar el monto en Opciones avanzadas.

¿Esta calculadora sirve si cambié de entidad?

Sí, mientras tu servicio fuera continuo en el régimen CAS. Escribe el primer día y la calculadora cuenta desde ahí. Si hubo un corte largo, usa la fecha del último contrato.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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