En resumen
- En México, el finiquito es lo que te toca siempre al dejar un trabajo (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales); la liquidación suma la indemnización por despido.
- Con $12,000 al mes y 3 años y 4 meses, al renunciar te tocan unos $8,030.14; si te despidieran sin causa serían $62,755.19, con 3 meses de salario y prima de antigüedad.
- La prima de antigüedad son 12 días de salario por año, con un salario de como mucho el doble del mínimo ($630.08 al día con un salario mínimo de $315.04).
- La prima de antigüedad y la indemnización no pagan ISR hasta 90 UMA por año de servicio: $10,557.90 por año con una UMA de $117.31.
Qué es el finiquito y qué es la liquidación
El finiquito es lo que te tienen que pagar siempre que termina tu trabajo, renuncies o no: los días trabajados sin cobrar, el aguinaldo, las vacaciones y la prima vacacional que te tocan en proporción al tiempo trabajado. La liquidación es el finiquito más la indemnización que te toca cuando te despiden sin causa: 3 meses de salario y la prima de antigüedad.
Por eso, con el mismo sueldo y los mismos años, la liquidación suele ser varias veces el finiquito. La gente usa las dos palabras para lo mismo, y la calculadora las junta: eliges el motivo y suma lo que corresponde.
La Ley Federal del Trabajo es federal: el finiquito se calcula igual en la Ciudad de México, Jalisco, Puebla, Guanajuato o cualquier otro estado. En otros países hay pagos parecidos con reglas propias, como la indemnización por despido en España o la liquidación laboral en Colombia.
Cómo usar la calculadora
- Sueldo mensual, el de tu recibo antes de descuentos. Si conoces tu salario diario, elige «Al día». La calculadora divide el sueldo mensual entre 30.
- Fecha en que entraste y fecha de tu último día. Con ellas saca tu antigüedad, los días de aguinaldo de este año y las vacaciones proporcionales.
- Motivo: «Renuncié», «Me despidieron sin causa (me corrieron)» o «Terminó mi contrato o hubo causa justificada».
En Opciones avanzadas puedes poner las vacaciones que ya tomaste o las que te quedaron de años anteriores, el aguinaldo que ya te pagaron, los días sin cobrar, más días de aguinaldo o más prima vacacional si tu empresa da más que la ley, tu salario diario integrado, tu zona del salario mínimo y los 20 días por año.
Qué incluye el finiquito por renuncia
Al renunciar te toca el finiquito: lo que ya ganaste y aún no cobraste. Son cuatro conceptos:
- Días trabajados sin pagar: los de tu última quincena o semana.
- Aguinaldo proporcional: 15 días de salario como mínimo por año (artículo 87), en proporción a los días trabajados desde el 1 de enero. Para calcularlo aparte, usa la calculadora de aguinaldo.
- Vacaciones proporcionales: la parte de los días del año de servicio en curso (artículo 79), más las de años anteriores que no tomaste. Con 3 años cumplidos estás en el cuarto año de servicio, que da 18 días.
- Prima vacacional: el 25 % del pago de esas vacaciones como mínimo (artículo 80). Los días que te tocan por cada año los tienes en la calculadora de vacaciones.
Al renunciar no hay indemnización. La prima de antigüedad solo entra si llevas 15 años o más.
Cómo se calcula la liquidación por despido injustificado
Con un despido sin causa, a tu finiquito se suman la indemnización y la prima de antigüedad:
Indemnización = 90 días × salario diario integrado Prima de antigüedad = 12 días × años de servicio × salario (entre el mínimo y el doble del mínimo) 20 días por año = 20 días × años de servicio × salario diario integrado (solo en algunos casos)
- 3 meses de salario (artículos 48 y 50, fracción III). Se calculan con el salario diario integrado: tu salario diario más la parte de aguinaldo y prima vacacional que te toca cada día. Con $400 al día, 15 días de aguinaldo y 16 días de vacaciones al 25 %, es $420.82. Puedes calcularlo en detalle con la calculadora de salario diario integrado.
- Prima de antigüedad: 12 días por año, también por la parte del año en curso.
- 20 días por año (artículo 50, fracción II). No entran siempre: sobre todo cuando el patrón no te reinstala en tu puesto (artículo 49). Muchas calculadoras los suman siempre y dan cifras más altas de lo normal. Aquí están apagados al abrir, en Opciones avanzadas.
Con «Terminó mi contrato o hubo causa justificada» no hay indemnización, pero sí prima de antigüedad. El artículo 162 la da a quien es separado de su empleo, con despido justificado o no. Cuando un contrato por tiempo determinado solo vence, hay criterios distintos sobre ella con menos de 15 años; la calculadora la incluye en esa opción.
Prima de antigüedad: quién la cobra al renunciar
Al renunciar, la prima de antigüedad solo se paga si llevas 15 años de servicio o más (artículo 162, fracción III). Con un despido, justificado o no, se paga sin importar los años.
Son 12 días de salario por cada año trabajado, con un tope: si tu salario pasa del doble del salario mínimo de tu zona, se toma el doble del mínimo (artículos 485 y 486). Con el salario mínimo general de 2026, de $315.04 al día según la CONASAMI, el tope es de $630.08 al día. En la Zona Libre de la Frontera Norte, con un mínimo de $440.87, es de $881.74.
Por ejemplo, si renuncias tras 16 años y 4 meses ganando $20,000 al mes, tu salario integrado pasa del tope y la prima se calcula con $630.08: 12 × 16.34 años × $630.08 = $123,523.30. Tu total sale en $139,153.45.
ISR del finiquito y la liquidación
Cada concepto tiene su propia parte libre de ISR (artículo 93 de la Ley del ISR):
| Concepto | Libre de ISR hasta (UMA de 2026) |
|---|---|
| Aguinaldo | 30 UMA: $3,519.30 |
| Prima vacacional | 15 UMA: $1,759.65 |
| Prima de antigüedad e indemnización | 90 UMA por año de servicio: $10,557.90 por año |
| Días sin pagar y vacaciones | Nada: pagan ISR como tu sueldo |
La UMA (Unidad de Medida y Actualización) la publica el INEGI: $117.31 al día desde febrero de 2026. Para los 90 UMA, toda parte de un año de más de seis meses cuenta como un año completo (fracción XIII).
Lo gravado de la liquidación se retiene con la tasa de tu último sueldo mensual: el ISR de ese sueldo dividido entre el sueldo (artículo 96). Con $12,000 al mes, esa tasa es del 7.89 %. Lo demás se suma a tu sueldo del mes con la tarifa mensual del SAT (artículo 96). Para tu ISR de cada mes, está la calculadora de ISR.
Ejemplo: $12,000 al mes y 3 años y 4 meses
Entraste el 1 de julio de 2023 y tu último día es el 31 de octubre de 2026. Ganas $12,000 al mes ($400 al día):
| Concepto | Renuncia | Despido sin causa |
|---|---|---|
| Aguinaldo (12.49 días) | $4,997.26 | $4,997.26 |
| Vacaciones (6.07 días) | $2,426.30 | $2,426.30 |
| Prima vacacional | $606.58 | $606.58 |
| Prima de antigüedad | $0.00 | $16,851.25 |
| Indemnización de 3 meses | $0.00 | $37,873.80 |
| Total | $8,030.14 | $62,755.19 |
| ISR estimado | $618.24 | $2,436.64 |
| Te llegarían | $7,411.90 | $60,318.55 |
Si además entran los 20 días por año, el despido sube a $90,840.60.
Preguntas frecuentes
¿Cómo calculo mi finiquito si renuncio?
Suma tus días sin cobrar, el aguinaldo proporcional, las vacaciones proporcionales y su prima vacacional. Con $12,000 al mes, 3 años y 4 meses y salida el 31 de octubre, son unos $8,030.14. Si llevas 15 años o más, añade la prima de antigüedad.
¿Cuánto me toca de liquidación por 3 años de trabajo?
Con $12,000 al mes y 3 años justos (del 1 de noviembre de 2023 al 31 de octubre de 2026), un despido sin causa da unos $58,020.58: $37,873.80 de los 3 meses, $15,149.52 de prima de antigüedad y $4,997.26 de aguinaldo. Después de ISR te llegarían unos $56,130.57.
¿Cuántos días de vacaciones entran en el finiquito?
La parte proporcional del año de servicio en curso, más las de años anteriores que no tomaste. Con 3 años y 4 meses estás en el cuarto año, que da 18 días: llevas 123 de los 365 días de ese año, así que te tocan 18 × 123 / 365 = 6.07 días, con su prima vacacional.
¿El finiquito paga ISR?
Sí, por la parte que pasa de lo exento. El aguinaldo no paga hasta $3,519.30 y la prima vacacional hasta $1,759.65; las vacaciones y los días sin cobrar pagan como tu sueldo. En el ejemplo de la renuncia, el ISR estimado es de $618.24.
¿Los 20 días por año se pagan siempre en un despido?
No. Los 20 días por año del artículo 50, fracción II, entran en algunos casos, sobre todo cuando el patrón no te reinstala. En un despido sin causa normal se pagan los 3 meses y la prima de antigüedad.
¿El finiquito se calcula igual en todos los estados?
Sí. La Ley Federal del Trabajo es la misma en todo México. Lo único que cambia es el salario mínimo de la Zona Libre de la Frontera Norte, que sube el tope de la prima de antigüedad.
