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Calculadora de readmisión preferente tras un cese colectivo en Perú

Solo para Perú. Indica tu remuneración, tu tiempo de servicio y qué pasó con la nueva contratación. Verás si tienes preferencia y la indemnización estimada. Es una estimación.

Solo Perú · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en soles (PEN)
S/

La remuneración ordinaria de tu boleta, antes de descuentos.

años
meses
días
Opciones avanzadas

La preferencia solo existe en las dos primeras causas.

meses

El aviso va al domicilio que dejaste en la empresa.

S/

Por ejemplo, asignación familiar u otros pagos regulares.

Derecho de preferencia Sí plazo de un año desde el cese
Indemnización estimada S/ 16,875.00 bruta, según el artículo 38

Tienes derecho de preferencia y la indemnización estimada es de S/ 16,875.00 (6.75 sueldos).

Indemnización si no hubo aviso
S/ 16,875.00
Equivale a sueldos
6.75
Tope de 12 sueldos
S/ 30,000.00
Aviso mínimo
15 días naturales
Ver el cálculo paso a paso
Paso Resultado
Remuneración mensual S/ 2,500.00
Tiempo de servicio 4 años, 6 meses y 0 días
1.5 sueldos por año completo S/ 15,000.00
Meses (dozavos) S/ 1,875.00
Días (treintavos) S/ 0.00
Tope de 12 remuneraciones S/ 30,000.00
Indemnización que procede S/ 16,875.00

Solo para Perú.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Texto único ordenado del Decreto Legislativo 728, artículos 38 y 52.
  • Es una estimación. Los pagos pendientes del cese (CTS, vacaciones, gratificaciones) se calculan aparte.
  • Con menos de 3 meses de servicio (periodo de prueba) no hay indemnización.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Congreso del Perú · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de readmisión preferente tras un cese colectivo en Perú · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • Si te despidieron en un cese colectivo por motivos económicos, tecnológicos, caso fortuito o fuerza mayor, tienes preferencia para volver si hay contratación similar en un año.
  • La empresa debe avisarte por escrito con 15 días naturales; si no lo hace, corresponde la indemnización del artículo 38.
  • La indemnización es de 1.5 remuneraciones por año completo, máximo 12: con S/ 2,500.00, 4 años y 6 meses dan S/ 16,875.00 (6.75 sueldos).
  • Con ese sueldo el tope es de S/ 30,000.00; con disolución o quiebra no hay preferencia.

Qué es la readmisión preferente en un cese colectivo

Si perdiste tu empleo en un cese colectivo, la ley peruana te da preferencia para volver cuando la empresa vuelve a contratar. Lo dice el artículo 52 del texto único ordenado del Decreto Legislativo 728.

Esta calculadora solo sirve para Perú. Te dice si la preferencia existe en tu caso y, si la empresa no cumplió el aviso, cuánto sería la indemnización.

Cuándo tienes derecho de preferencia

Se cumplen estas condiciones a la vez:

  • El cese fue por caso fortuito o fuerza mayor, o por motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos (artículo 46, incisos a y b).
  • La empresa contrató personal nuevo, directamente o por terceros, para cargos iguales o similares.
  • Esa contratación ocurrió dentro de un año del cese colectivo.

Si el cese fue por disolución y liquidación de la empresa o por quiebra, la ley no da esta preferencia.

El aviso de 15 días

Antes de contratar, la empresa debe avisarte por escrito con 15 días naturales de anticipación, en el domicilio que dejaste. Los días naturales cuentan todos: también sábados, domingos y feriados.

Si te avisó a tiempo y tú no volviste, la empresa cumplió. Si no te avisó, tienes derecho a la indemnización del artículo 38.

Cómo se calcula la indemnización

Sin tope = 1.5 × remuneración × años + 1.5 × remuneración × meses / 12 + 1.5 × remuneración / 12 × días / 30
Tope = 12 × remuneración
Indemnización = el menor de los dos
  • Remuneración: la ordinaria mensual que cobrabas al cese.
  • Fracciones: los meses se pagan por dozavos y los días por treintavos.
  • Periodo de prueba: con menos de 3 meses de servicio no hay indemnización (artículo 10).

Para el cálculo general de un despido sin causa, mira la calculadora de indemnización por despido arbitrario.

Ejemplo: remuneración de S/ 2,500

Con S/ 2,500.00 al mes, 4 años y 6 meses de servicio, y sin aviso previo:

  • 1.5 × S/ 2,500.00 × 4 años = S/ 15,000.00
  • 1.5 × S/ 2,500.00 × 6 / 12 = S/ 1,875.00
  • Total: S/ 16,875.00, es decir, 6.75 sueldos.
ServicioIndemnización
1 año y 15 díasS/ 3,906.25
3 años y 8 mesesS/ 13,750.00
4 años y 6 mesesS/ 16,875.00
8 años o másS/ 30,000.00 (tope)

Un ejemplo con otros datos

Si tu remuneración fuera de S/ 4,000.00 y tuvieras 2 años de servicio, el cálculo sería 1.5 × S/ 4,000.00 × 2 = S/ 12,000.00. Como el tope es de S/ 48,000.00, no se aplica. Si añades otros pagos fijos mensuales, como la asignación familiar, la remuneración sube y la indemnización también.

Cuándo no hay indemnización

  • La causa fue la disolución de la empresa o la quiebra.
  • La empresa no contrató a nadie para cargos iguales o similares.
  • Pasó más de un año antes de la nueva contratación.
  • La empresa te avisó por escrito con 15 días naturales.
  • Tenías menos de 3 meses de servicio.

Otros pagos del cese

La indemnización no incluye lo que ya te debían al irte. Revisa tu liquidación de beneficios sociales, tu CTS y tus vacaciones truncas.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si la empresa contrata a otra persona para mi puesto?

Si fue dentro del año del cese y el cese no fue por disolución o quiebra, tienes preferencia para volver. Debía avisarte con 15 días naturales.

¿Cuánto tiempo tengo de preferencia?

Un año desde el cese colectivo. La contratación nueva debe ocurrir dentro de ese año.

¿Cuánto es el tope de la indemnización?

12 remuneraciones mensuales. Con S/ 2,500.00 son S/ 30,000.00, que se alcanza con 8 años de servicio.

¿El aviso puede ser verbal?

No. El artículo 52 pide aviso por escrito, en el domicilio que el trabajador dejó en la empresa.

¿Cuenta el tiempo de servicio en meses y días?

Sí. Las fracciones de año se pagan por dozavos y treintavos, como en el despido arbitrario.

¿Es definitivo el monto de la indemnización por no readmitir en Perú?

No, es una estimación con el texto de la ley. Tu caso puede tener otros datos, como conceptos fijos que suben tu remuneración.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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