En resumen
- En Argentina, el PER te computa hasta 60 meses de aportes por el trabajo en negro que tu empleador regularice, o los meses que regularice si son menos.
- Con 27 años de aportes (324 meses) y 48 meses regularizados, sumas 372 meses y superas los 360 meses (30 años) que pide la jubilación.
- Cada mes regularizado se computa sobre el salario mínimo vigente, o sobre lo declarado si es mayor.
- Esos meses sirven para llegar a los años exigidos, no para subir el haber de la jubilación.
¿Cuántos meses suma regularizar el empleo con el PER?
Si tu empleador te regulariza con el PER, la ley te computa hasta 60 meses de servicios con aportes (5 años). Si te regulariza menos meses, se cuentan solo esos. Es lo que dice el artículo 170 de la Ley 27.802. Esta calculadora es solo para Argentina y te dice cuántos meses suman, el total y cuántos te faltan.
El PER es el programa de Promoción del Empleo Registrado. Permite a los empleadores del sector privado regularizar relaciones laborales no registradas o mal registradas. Esta página mira solo el lado del trabajador: los meses de aportes.
Cómo usar la calculadora
- Para qué lo quieres: elige jubilación (30 años de servicios) o seguro de desempleo.
- Tus aportes: escribe los años y meses que ya tienes. Para desempleo, los meses con aportes de los últimos 3 años.
- Meses que regulariza tu empleador: los meses en negro que entran en el PER. Si pones más de 60, solo cuentan 60.
- En «Opciones avanzadas» puedes cambiar el salario mínimo o poner tu remuneración declarada.
Verás los meses que suma el PER, el total y cuántos te faltan. También cuántos meses te hacían falta de verdad.
Para qué sirven estos meses
Según el artículo 170, los meses regularizados valen solo para completar los años de servicios que pide la Ley 24.241 en tres casos:
- La Prestación Básica Universal (PBU), que exige 30 años de servicios con aportes.
- La pensión por invalidez.
- La pensión por fallecimiento.
Y también para la prestación por desempleo del artículo 113 de la Ley 24.013, que pide 6 meses de aportes en los 3 años anteriores al cese. Puedes ver cómo se calcula en la calculadora de seguro de desempleo.
Para qué no sirven
La ley deja claro que esos meses no cuentan para la prestación compensatoria ni para la prestación adicional por permanencia. Es decir, te ayudan a llegar a los años exigidos, pero no suben el monto de la jubilación. Para ver la parte fija, usa la calculadora de PBU.
Tampoco cambian la edad: para jubilarte siguen haciendo falta 65 años los hombres y 60 las mujeres.
Sobre qué monto se computan
Cada mes se calcula sobre un monto equivalente al salario mínimo (SMVM). Si tu empleador declaró una remuneración mayor, se usa esa, aunque fuera deficiente. En noviembre de 2026 el salario mínimo es de $ 398.800 al mes, según la calculadora de salario mínimo. Ese monto no cambia cuántos meses se suman: solo la base sobre la que se computan.
Ejemplo con números
Tienes 27 años de aportes, que son 324 meses. Tu empleador regulariza 48 meses de trabajo en negro.
Meses que suma el PER = menor entre 48 y 60 = 48 Total = 324 + 48 = 372 meses Exigido = 30 años × 12 = 360 meses
Llegas a los 360 meses y te sobran 12. Sin el PER te faltaban 36, así que de los 48 meses te hacían falta 36.
Con 20 años (240 meses) y 100 meses regularizados, solo cuentan 60. Tendrías 300 meses y te faltarían 60.
| Años de aportes | Meses regularizados | Meses que cuentan | Total | Te faltan |
|---|---|---|---|---|
| 27 | 48 | 48 | 372 | 0 |
| 27 | 35 | 35 | 359 | 1 |
| 20 | 100 | 60 | 300 | 60 |
| 10 | 0 | 0 | 120 | 240 |
Qué tener en cuenta
- Estos meses solo cuentan si la regularización se completa en el PER. Si tu empleador no la hace, no se suman.
- La ley fija un plazo de 180 días corridos para regularizar desde que entre en vigencia la reglamentación del Título.
- La ANSES comprueba tu historia laboral: el resultado es una estimación.
- Si te faltan años, mira también las aportes que faltan para jubilarte y la pensión con aportante regular o irregular.
- Lo que debe pagar el empleador está en la calculadora del plan de pagos del PER.
Fuente oficial: Ley 27.802, Título XXII (artículos 168 a 176) y Ley 24.241, artículo 19.
Preguntas frecuentes
¿El PER me suma 60 meses aunque me hayan regularizado menos?
No. La ley dice hasta 60 meses o la menor cantidad por la que te regularicen. Si regularizan 24 meses, te suman 24.
¿Los meses del PER suben el monto de mi jubilación?
No. Sirven para completar los años de servicios exigidos, pero no cuentan para la prestación compensatoria ni la adicional por permanencia. La parte fija (PBU) es la misma para todos.
¿Puedo jubilarme antes de los 65 o 60 años con el PER?
No. El PER no cambia la edad. Solo te ayuda con los años de servicios con aportes.
¿Sirve para el seguro de desempleo?
Sí, según el artículo 170, para el beneficio del artículo 113 de la Ley 24.013. Se usa para llegar a los meses de aportes de los últimos 3 años, por eso la calculadora limita el total a 36 meses.
¿Y si mi empleador declaró un sueldo mayor al mínimo?
Se computa sobre el monto mayor. Los meses que se suman son los mismos; cambia solo la base. Puedes escribirlo en las opciones avanzadas.
¿Estos datos son exactos?
Son una estimación con la ley vigente. La ARCA y la ANSES son quienes confirman la regularización y tus años de servicios.
