En resumen
- En Venezuela, no ofrecer los descuentos y exoneraciones que la ley da a las personas protegidas se multa con 100 UT (art. 112 de la Ley de Servicios Sociales).
- Con una UT de 43 Bs., la multa es de Bs. 4.300,00 por sanción; con tres sanciones, 300 UT: Bs. 12.900,00.
- La multa afecta a quien deba dar descuentos en pasajes, espectáculos públicos, alimentos y medicinas.
- En reincidencia, el Instituto Nacional de Servicios Sociales puede ordenar el cierre del establecimiento hasta tres días hábiles.
¿Cuánto es la multa por no dar descuentos al adulto mayor?
Es de 100 unidades tributarias (UT). Lo dice el art. 112 de la Ley de Servicios Sociales. Con una UT de 43 Bs., son Bs. 4.300,00. Esta página es solo para Venezuela.
La multa es para las personas y empresas que, por esta ley y otras normas, deben ofrecer descuentos y exoneración en pasajes, espectáculos públicos, alimentos y medicinas, y no lo hacen. La impone el Instituto Nacional de Servicios Sociales.
Cómo usar la calculadora
- Escribe cuántas sanciones se imponen. Una sola es lo habitual.
- Marca reincidencia si el establecimiento ya fue sancionado antes por lo mismo.
- En las opciones avanzadas puedes cambiar el valor de la UT si el SENIAT lo actualiza.
Verás la multa en bolívares, las UT aplicadas y una tabla con 1, 2 y 5 sanciones.
Fórmula
UT totales = 100 × número de sanciones Multa = UT totales × valor de la UT
Cada sanción son 100 UT. La multa vale cien veces lo que valga una UT; con la UT en 43 Bs., cada sanción es 100 × 43 = Bs. 4.300,00.
Ejemplo
Una farmacia no aplica el descuento que corresponde a una persona protegida por la ley y recibe una sanción. Con la UT en 43 Bs.:
| Caso | UT | Multa |
|---|---|---|
| Una sanción | 100 UT | Bs. 4.300,00 |
| Dos sanciones | 200 UT | Bs. 8.600,00 |
| Tres sanciones | 300 UT | Bs. 12.900,00 |
| Cinco sanciones | 500 UT | Bs. 21.500,00 |
Para la farmacia del ejemplo, con una sanción: 100 UT × 43 Bs. = Bs. 4.300,00.
Qué pasa si hay reincidencia
El art. 112 dice que, en caso de reincidencia, el Instituto Nacional de Servicios Sociales podrá ordenar el cierre o la suspensión temporal, de hasta tres días hábiles, del establecimiento o servicio, sea público o privado. El cierre no es una cifra en bolívares, por eso la calculadora solo lo avisa.
Para conocer otras ayudas de esta ley, mira la asignación económica de servicios sociales y el cobro de la pensión de vejez del IVSS. Para convertir otras UT, usa la calculadora de unidad tributaria. Otras multas: exceder la jornada y no pagar utilidades.
Cómo leer el resultado
La cifra principal es la multa en bolívares. Debajo ves cuántas UT se aplican, cuánto es la multa por cada sanción y si hay posible cierre. La unidad tributaria (UT) es una medida que fija el SENIAT y que sirve para expresar multas sin tener que cambiar la ley cada vez que sube el costo de la vida. Por eso la multa en bolívares cambia cuando cambia la UT, aunque la ley siga diciendo «cien unidades tributarias».
Si el valor de la UT que usa la página no coincide con el vigente el día de la sanción, escribe el correcto en las opciones avanzadas y el resultado se recalcula al momento.
Qué no calcula esta página
No decide si hubo incumplimiento ni si corresponde una sanción: eso lo resuelve el Instituto Nacional de Servicios Sociales. Tampoco calcula intereses ni otras multas de leyes distintas.
Ejemplo del cierre: si el mismo establecimiento vuelve a incumplir, el Instituto puede ordenar que cierre hasta tres días hábiles. Esa medida es aparte de la multa en bolívares y depende de la decisión del Instituto, no de una fórmula.
Preguntas frecuentes
¿Quién impone esta multa?
El Instituto Nacional de Servicios Sociales, según el art. 112 de la Ley de Servicios Sociales.
¿En qué servicios deben darse los descuentos?
La ley nombra pasajes, espectáculos públicos, alimentos y medicinas. El art. 58 fija además al menos un 50 % de descuento en pasajes extraurbanos, aéreos, fluviales, marítimos y ferroviarios nacionales.
¿Con qué UT se calcula?
Con 43 Bs., el valor vigente desde junio de 2025 según el SENIAT. Si cambia, escribe el valor nuevo en las opciones avanzadas.
¿La reincidencia duplica la multa?
No. El art. 112 no la duplica: permite al Instituto ordenar el cierre hasta tres días hábiles.
¿Es definitiva la multa por no dar descuentos al adulto mayor?
No. Es una estimación con los datos que escribes; la sanción final la decide el Instituto.
