En resumen
- Una infracción de tráfico leve prescribe a los 3 meses y una grave o muy grave a los 6 meses desde el día de los hechos (artículo 112 de la Ley de Tráfico).
- Si te notifican la multa dentro de ese plazo, la prescripción se interrumpe y el procedimiento caduca si pasa 1 año sin resolución.
- Una multa ya firme en vía administrativa prescribe a los 4 años, contados desde el día siguiente a la firmeza.
- Ejemplo: una infracción grave del 10 de marzo sin notificación prescribe el 10 de septiembre; con aviso el 20 de mayo, caduca el 20 de mayo del año siguiente.
¿Cuánto tarda en prescribir una multa de tráfico?
Depende de la fase. Una infracción leve prescribe a los 3 meses y una grave o muy grave a los 6 meses, si en ese tiempo no te han notificado nada. Una multa ya firme prescribe a los 4 años. Esta calculadora es solo para España.
Los plazos están en el artículo 112 de la Ley de Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015). Escribe tus fechas y la página te da el día exacto y los días que faltan o que han pasado.
Los cuatro plazos del artículo 112
| Fase | Plazo | Desde cuándo |
|---|---|---|
| Infracción leve | 3 meses | El día de los hechos |
| Infracción grave o muy grave | 6 meses | El día de los hechos |
| Procedimiento sin resolución | 1 año (caducidad) | Que se inicia el procedimiento |
| Multa firme | 4 años | El día siguiente a la firmeza |
Dos ideas para no confundirte:
- Prescripción: la Administración pierde el derecho a sancionar la infracción, o a cobrar la multa, por dejar pasar el tiempo.
- Caducidad: el procedimiento ya empezó, pero se archiva si no termina con una resolución en 1 año.
Qué interrumpe la prescripción
La prescripción de la infracción se interrumpe cuando te notifican la multa en la dirección electrónica vial, en tu buzón o en papel (artículos 89, 90 y 91). También se interrumpe con actuaciones para averiguar quién eres o dónde vives.
Desde la notificación pasa a contar la caducidad: si ha pasado 1 año desde que se inició el procedimiento y no hay resolución, se archiva. La calculadora toma la fecha de notificación como inicio, que es una estimación.
Si el procedimiento se paraliza más de 1 mes por una causa que no es tuya, el plazo se reanuda. Y si los hechos pasan a la jurisdicción penal, la caducidad se suspende hasta que la resolución judicial sea firme.
Cómo se calcula
Fin = fecha de los hechos + 3 meses (leve) o 6 meses (grave) Si te notificaron antes de ese fin: Fin = fecha de notificación + 12 meses Multa firme: Fin = fecha de firmeza + 4 años Prescrita si la fecha de consulta es posterior a Fin
Si el mes final no tiene ese día, se usa el último día del mes: 30 de noviembre más 3 meses da el 28 de febrero. El último día del plazo todavía no ha prescrito; prescribe desde el día siguiente.
Ejemplo
Una infracción grave ocurrió el 10 de marzo de 2026. Te notificaron la multa el 20 de mayo de 2026. Hoy es el 7 de noviembre de 2026.
| Paso | Fecha | Fin del plazo |
|---|---|---|
| Hechos | 10 de marzo de 2026 | 10 de septiembre de 2026 |
| Notificación (interrumpe) | 20 de mayo de 2026 | 20 de mayo de 2027 |
La notificación llegó antes de los 6 meses, así que la infracción no ha prescrito. El procedimiento caducaría el 20 de mayo de 2027, dentro de 194 días, si no hay resolución antes. Sin ninguna notificación, la infracción habría prescrito el 10 de septiembre de 2026, hace 58 días.
Qué no cubre la calculadora
- Multas en apremio. Cuando la multa firme se cobra por vía de apremio, el plazo y su interrupción siguen la normativa tributaria. Para ese caso mira la prescripción de deudas con Hacienda, que tiene sus propias reglas.
- Paralizaciones del procedimiento. Si estuvo parado más de 1 mes por causa ajena a ti, hay que añadir ese tiempo a mano.
- Causas penales. Si los hechos pasaron a un juzgado, la caducidad se suspende.
- Ordenanzas locales. Las multas de circulación municipales se rigen por la misma ley; otras faltas locales pueden tener otros plazos.
Es una estimación. Quien decide cómo se cuenta cada plazo es la Administración que tramita la multa.
Preguntas frecuentes
¿Prescribe sola una multa de tráfico o hay que pedirlo?
Si el plazo ya ha pasado, la Administración debería archivar el asunto. En la práctica conviene comprobar la fecha y avisar a la Administración si te siguen cobrando. La calculadora solo te da la fecha.
¿Cuenta el día de los hechos?
La ley dice que el plazo comienza a contar desde el mismo día en que ocurren los hechos. Aquí se toma como último día el mismo día del mes final, que es la opción más prudente.
¿Una multa de 3 años sigue vigente?
Depende de la fase. Si te la notificaron y el procedimiento terminó con una multa firme, tiene 4 años para prescribir. Si nunca te llegó nada, la infracción prescribió a los 3 o 6 meses.
¿Qué diferencia hay entre prescripción y caducidad?
La prescripción mide el tiempo sin que la Administración actúe. La caducidad mide el tiempo que lleva abierto un procedimiento sin resolver: 1 año. Las dos terminan con el archivo.
¿Se interrumpe si no recojo la notificación?
Si la Administración la intentó notificar según los artículos 89, 90 y 91, el intento puede valer aunque no la hayas recogido. Eso depende de cómo se practicó, así que usa la fecha que figure en el aviso.
¿Sirve para multas de otros países?
No. Los plazos son los de la Ley de Tráfico de España. Cada país tiene los suyos.
